23 jun 2011

La sobreregulación del derecho a protestar

En diversas entrevistas a dirigentes de movimientos sociales, principalmente estudiantiles y ecologistas, ha resultado evidente la sorpresa de éstos cuando les preguntan si van a ser capaces de garantizar que, en el contexto de las marchas, paros o tomas, no ocurrirán hechos violentos constitutivos de delitos o faltas.

Pese a que los dirigentes suelen estar entre los más interesados en que no haya ilícitos, mal que mal ellos “ponen la cara” por sus representados, la legitimidad de su posición suele verse amenazada por este sistemático requerimiento, el cual carece de base jurídica y política.

En efecto, cuando se emplaza a los dirigentes sociales para que “garanticen” que no habrá vandalismo en las movilizaciones, se incurre en un acto jurídicamente irrelevante -porque la responsabilidad criminal por delitos y faltas es individual- y políticamente inconducente, porque se elude o mediatizan los problemas sustantivos que originan las movilizaciones.

Pese a que el carácter pacífico de las convocatorias constituye un hecho público y notorio, la estrategia comunicacional de preguntar una y otra vez a los dirigentes si habrán desmanes o si la movilización será pacífica, ha logrado instalar el tema de la violencia a la par de las legítimas reivindicaciones. Como el refrán que reza “miente, miente, que algo queda”, la criminalización de la protesta siempre produce algún resultado.

Por supuesto, no se trata de una práctica original, pero la decisión con que la actual administración la ha llevado adelante y el entusiasmo con que los medios de comunicación masivos la han secundado, no dejan de llamar la atención. Nihil novi sub sole.

Los resabios autoritarios inherentes a esta forma de enfrentar los conflictos sociales permiten rememorar la actitud de la dictadura cívico-militar ante las protestas de la década de los ‘80. ¿Acaso, en aquella época, en el contexto de las protestas nacionales, no se señalaba que los líderes sociales incitaban a la violencia?

Sin embargo, no es menor que grupos siempre minoritarios, amparados en el carácter masivo de las movilizaciones pacíficas, aprovechen la oportunidad para delinquir, en forma indistinta y estúpida, contra la propiedad pública y privada. Como se sabe, estas conductas lo único que logran es facilitar las cosas a quienes pretenden deslegitimar a los movimientos sociales, calificándolos de violentistas, en lugar de enfrentar seriamente sus demandas.

Tales ilícitos deben ser castigados, para ello está la legislación penal y la institucionalidad de control del orden y la seguridad pública.

Por el contrario, la legitimad de la protesta pacífica no ofrece dudas, puesto que el derecho de reunión y de presentar peticiones a las autoridades se encuentran consagrados en la Constitución Política y en los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por Chile.

Adicionalmente, el marco jurídico de la seguridad interior y del orden público está dirigido a sancionar a quienes busquen la subversión, el alzamiento, la sublevación, la revuelta, el derrocamiento, provocar desórdenes, cometer atentados, etc.

Por lo tanto, quienes protestan en términos pacíficos no hacen más que ejercer su derecho y quienes convocan a una movilización pacífica, también. Más aún, se ha consagrado la costumbre de solicitar permiso a los gobiernos regionales y, hasta ahora, todo indica que éstos no se han transformado en un obstáculo insalvable.

Más bien, su intervención parece estar contribuyendo a la sobreregulación de este derecho.

La exigencia de garantías constituye, precisamente, una sobreregulación del derecho a manifestarse públicamente y de convocar a una manifestación pacífica, pues ello no implica delito ni falta. Y quienes han llamado a movilizarse contra HydroAysén y contra el sistema de educación han sido tajantes y explícitos en el carácter pacífico de sus convocatorias.

Además, en muchos casos han sido originales, como ocurrió con la maratón por la educación realizada alrededor del Palacio de La Moneda.

La sobreregulación no termina con el requerimiento de garantías, sino que se ha extendido a la solicitud de colaboración para aislar a los violentistas, a lo cual algunas organizaciones han accedido de buena fe, formando brigadas que intentan resguardar a quienes manifiestan pacíficamente.

Desde una perspectiva de seguridad ciudadana, resulta loable que las organizaciones sociales coadyuven con las fuerzas de orden y seguridad pública, pero la responsabilidad legal por la mantención de dicho orden y seguridad pública corresponde, por ley, al Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que la ejerce, básicamente, a través de la policía de Carabineros. Se trata, por cierto, de funciones indelegables, cuyo ejercicio requiere la investidura de funcionario público.

Entonces, conforme el marco jurídico vigente, exigir a los dirigentes sociales que “garanticen” el transcurso y desenlace pacífico de las manifestaciones, esto es, que no se produzcan delitos o faltas, no resulta jurídicamente aceptable.

La sistemática demanda de “garantías” sobre hechos futuros e inciertos, como es la eventual ocurrencia de delitos o faltas en las manifestaciones, constituye una forma de centrar el debate público en los problemas criminales que, en forma indeseada, muchas veces se producen en el contexto de la movilización social.

Salvo excepciones, el discurso oficial ha buscado equiparar protesta con actos vandálicos.

La permanente amenaza de judicialización respecto de conflictos que son claramente políticos, transformándolos en problemas penales, pretende eludir la abrumadora evidencia de que la gran mayoría de los descontentos desea protestar pacíficamente.

Es la vieja táctica de criminalizar la protesta, esta vez con el agregado de la sobre regulación. Podrá argumentarse que, dado que casi siempre hay un grupo de violentistas, la sobreregulación apuntaría a disminuir al máximo las consecuencias no deseadas de las protestas, particularmente los daños a la propiedad pública y privada.

De ser así, sería bueno aplicar, en lo que corresponda, el mismo principio a todas las actividades que afectan a los chilenos.

Al respecto, en artículos de prensa de los últimos días se ha señalado que el caso de La Polar, cuyos daños probablemente no han terminado de conocerse, no debería conducir a la sobreregulación del retail. Curiosa afirmación.

Nuestra historia reciente demuestra que, precisamente, la falta de regulación del mercado ha resultado más onerosa que cualquier protesta.

Piénsese no solo en La Polar, sino en la privatización de empresas públicas a precio vil, fantasma que por estos días nuevamente se yergue sobre los servicios de salud y otros.

Si esto es así, ¿por qué, en cambio, debe aceptarse la sobreregulación del derecho de reunión y de petición, en circunstancias que a los chilenos les salen más caros el retail y las privatizaciones?

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  • spps

    Me parece muy interesante el tema. Si los ciudadanos tienen el derecho a reunirse y manifestarse, supongo que también tienen el derecho de exigir hacerlo con seguridad y respeto. Y esa seguridad debe garantizarla el Estado más que los organizadores…