Los candidatos a la Presidencia de Chile dicen no a la Asamblea Constituyente, con lo que confiesan que están de acuerdo con el fascismo de la Constitución de Chile actual surgida desde la ideología de la Dictadura Militar.
Hubo más de 10.000 muertos en “enfrentamientos” y cerca de 3.000 detenidos desaparecidos, decenas de miles de torturados, vejados, violados y aún no se identifica y juzga a los civiles; muchos de ellos actualmente en altos cargos políticos, empresariales y administrativos, que participaron directa o indirectamente y “constitucionalmente”, en esas monstruosidades éticas y crímenes contra la humanidad.
Curiosamente hay sólo militares enjuiciados. Los civiles se lavaron las manos manchadas de sangre . Hubo civiles “importantes” que visitaron Colonia Dignidad cuando era campo de tortura y exterminio, y todo esto no sólo permitido, sino que propiciado por la Constitución y las leyes, en la práctica, aunque no en el papel.
La Constitución y las leyes chilenas privilegian la propiedad sobre las personas y comunidades incluida el Estado.
Hay miles de ejemplos cotidianos donde un asesino, violador o femicida tienen menos penas que un simple ladrón, pero el que hurta a alguien importante, porque La Polar le robó a casi un millón de chilenos (según informaciones publicadas) y sus propietarios y ella como institución no han sufrido nada y sólo pagaron el pato administradores o gerentes que han sido multados con una parte insignificante de lo que se estafó.
Un copiador de CD fue encarcelado y murió quemado en la cárcel, un barrista mató a otro y estando confeso quedó en libertad. En la Constitución la propiedad del Estado (con la concepción paupérrima de Estado del neoliberalismo) vale mucho menos que la de los privados.
Art. 19, inciso 12º “La ley en ningún caso podrá establecer monopolio estatal sobre los medios de comunicación social…”, pero nada dice sobre el monopolio privado, que cada vez es más evidente. Este espíritu de la Constitución de privilegiar al privado en detrimento del bien común y de las comunidades (Estado) se da en todos los rubros: en energía, educación salud, previsión, vivienda, etc.
La Constitución y las leyes tienen claramente la intención de demoler el Estado de Chile para beneficio de los privados incluidos los extranjeros, cosa que todos vemos con consecuencias gravísimas.
La Constitución es relativista moral. El artículo 19 asegura ,” el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona” (no se lo aseguró a los degollados que fueron asesinados por las fuerzas armadas y el gobierno , y a todas las víctimas de “enfrentamientos” ocurridos después del 80).
“La ley protege la vida del que está por nacer”, pero añade a reglón seguido… “La pena de muerte sólo podrá establecerse por delito contemplado en la ley aprobada con quórum calificado” .¿Cómo? La Constitución y las leyes dan el derecho a la vida y a su integridad hasta que la persona es declarada culpable y sentenciada a muerte por ley.
Es decir, por ley (sentencia que puede ser errónea y es un elemento mental) se le quita la calidad de persona a un ser humano y se lo mata. Esto es ética relativista; Ud. es persona hasta que se lo juzga digno de muerte.Amigos constitucionalistas la defienden diciendo que en defensa propia se acepta matar a otro, pésimo argumento, en defensa propia se enfrentan dos personas; aquí un juicio mental falible mata a una persona.
La Constitución y las leyes que privilegian la propiedad privada imponen a las culturas que no se basan en la propiedad privada una restricción inmoral inaceptable desde la libertad religiosa e ideológica.
Para los pueblos amerindios no existe la propiedad de la tierra o de los medios de producción, que por concepción religiosa son comunes ya que ellos se pertenecen a la tierra y toda propiedad tiene que ser social.
Los europeos conquistadores han tratado por todos los medios, incluidos matanzas, de imponerles el sentido de propiedad privada capitalista.Por esta sóla incompatibilidad la Constitución debe ser rehecha en una que permita la convivencia de múltiples sistemas socio-culturales-religioso-ideológicos, tanto individualistas como comunitarios (ver mi columna anterior).
La Constitución prohíbe la ética profesional y de los oficios al otorgar la máxima libertad laboral sin restricciones: “Ninguna clase de trabajo puede ser prohibida, salvo que se oponga a la moral, a la seguridad o a la salubridad pública, o que lo exija el interés nacional y una ley lo declare así…Ninguna ley… podrá exigir la afiliación a organización… como requisito para desarrollar una determinada actividad o trabajo, ni la desafiliación para mantenerse en estos”.
Parece cuerdo, sin embargo es la más perversa disposición del ejercicio de oficios y profesiones porque no se exige que los trabajos se adecuen a éticas internacionalmente aceptadas.
Con este artículo se suprimió todo control ético del ejercicio profesional y de los oficios en Chile. Los oficios inmorales (pero no hay un catálogo ético de ellos sino que están definidos por ley) están prohibidos, pero al interior de cada oficio todo vale.
La inmoralidad de La Polar (que es legal) habría sido rechazada por cualquier contador o ingeniero comercial con ética profesional, pero entonces sería expulsado de la empresa que posee otra moral (inmoral en cánones internacionales) y si quisiere conservar su trabajo tendría que haberse desafiliado de su Colegio Profesional respectivo.
La Constitución ha instalado directamente o por defecto la tuición anti-ética de las empresas para optimizar el lucro. Es común que los directores de establecimientos educacionales contraten profesores si y sólo si aprueban a un porcentaje alto de alumnos sepan o no sus materias, constituyendo una de las mayores perversiones que la humanidad puede imaginar.
Además, el progreso científico especialmente genómico, ético, filosófico, cultural en general en relación a la naturaleza humana obligan a cambiar la Constitución que en estos sentidos nació obsoleta y es más bien un producto de la guerra fría moderna y estamos en la era posmoderna.