10 ago 2011

El país debe decidir. Pero ¿cómo?

Hoy, después de 20 años de letargo y esperanza transicional, las y los chilenos clamamos porque una auténtica democracia sea posible cuando se escuche a la ciudadanía.

Así, tras meses de movilización estudiantil distintos sectores políticos y sociales coinciden en que, para converger democráticamente en un nuevo sistema de educación, Chile necesita un plebiscito nacional.

En nuestro sistema, la libertad de enseñanza se contrapone al principio de “Estado Docente” que imperó en Chile durante el siglo XX, según el cual el Estado asumía el principal rol de proteger y garantizar el derecho a la educación.

En dictadura, el Estado privatizó la educación superior técnica y técnico-profesional, condenó a las universidades al autofinanciamiento, las escuelas públicas pasaron a ser administradas por los municipios, en condiciones de abierta inequidad asociada a condiciones geográficas y socioeconómicas.

Se concibió la educación como un negocio, a través de la desregulación radical de nuevos “mercados”, como los colegios particulares subvencionados y las universidades privadas.

El diagnóstico es compartido y las demandas encarnan el padecer de las y los estudiantes y sus familias.

Sin embargo, persisten diferentes posiciones sobre cómo debemos avanzar y ante la imagen reciente del acuerdo político-parlamentario que forjó la actual Ley General de Educación, el Plebiscito permitiría enfrentar esas visiones en un verdadero proceso deliberativo.

Un plebiscito es necesario porque la educación es un derecho humano fundamental, como lo reconocen la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y Chile no cuenta con mecanismos jurídicos que hagan exigible este derecho debido a la Constitución de 1980.

Porque este Gobierno y los anteriores han sido incapaces de resolver la mayoría de los temas de fondo que impiden que Chile tenga una educación igualitaria, digna, sustentada en valores democráticos y que promueva el progreso social y material del país (entre otras cosas, por “conflictos de interés”).

La Concertación no realizó cambios sustantivos a la institucionalidad educativa heredada de la dictadura: no alteró la municipalización, ni promovió la educación técnico-profesional.
Incluso acentuó políticas tendientes al autofinanciamiento de las universidades y al endeudamiento estudiantil, en forma de créditos que incorporaron a la banca privada con intereses usureros.

¿Cómo llegar al Plebiscito?

Exigiendo ahora al Gobierno la instauración inmediata de una Mesa Organizadora del Plebiscito Nacional por la Educación que represente a todos los actores involucrados, empezando por el CONFECH, representantes estudiantiles de Universidades Privadas, Secundarios, Profesores, Rectores de Universidades Estatales y Privadas, representantes elegidos de estudiantes de CFTs e IPs, Asociación de Municipalidades, centros de investigación como el CIAE, el CEPPE, el CEP, ONGs como Educación 2020, entre otras.

Que dicha Comisión tenga como mandato exclusivo organizar el Plebiscito Nacional por la Educación y que en un plazo de seis semanas elabore y defina los temas fundamentales que el Plebiscito deberá dirimir, aprobar o rechazar.

Ello en base a todos los documentos y propuestas existentes, emanados de Consejos, mesas, actores movilizados, y Gobiernos, anteriores y actuales (como el Consejo Asesor Presidencial 2006, el Gran Acuerdo Social por la Educación, la Propuesta Bulnes de julio 2011, las Bases para una nueva Institucionalidad en ESUP del Senado de la Universidad de Chile, por citar algunos ejemplos).

Definir las condiciones operativas y de desarrollo del Plebiscito de manera que sea un proceso nacional, con un voto por persona, secreto e informado, sabiendo que:

El país ya cuenta con la capacidad logística para un Plebiscito de este tipo (p.ej.: sistema PSU)

Que el Registro Civil y el Registro Electoral debieran apoyar técnicamente el proceso

Que, además de todos los mayores de 18 años, debieran tener derecho a voto en este Plebiscito todos los estudiantes matriculados en 2011 en los cursos de 1° a 4° de Enseñanza Media

Esto es jurídicamente posible, a pesar de que la Constitución chilena contempla el plebiscito de forma en extremo restringida.

Existen antecedentes de realización de elecciones no contempladas en la Constitución (como las primarias presidenciales), por lo que realizar este Plebiscito es un tema de voluntad política y no depende necesariamente de una reforma constitucional.

La ciudadanía se pronunciaría sobre un número limitado de preguntas que abordarían los principios orientadores y las características esenciales del sistema de educación pre-básica, básica, media y superior, y que constituirían las bases de la Reforma a la Educación Chilena, expresada a través de posibles reformas constitucionales y de nuevas leyes, decretos, reglamentos y políticas

Entre los principales temas a consultar en el plebiscito debieran considerarse:

Conceptos y criterios que deben definir y fundamentar la nueva institucionalidad en materia educativa.

Administración estatal o municipal de las escuelas públicas.

Situación del lucro en universidades, centros de formación técnica, institutos profesionales, colegios particulares subvencionados, y jardines infantiles.

Financiamiento de los aranceles universitarios.

Rol del Estado frente a la educación técnica y técnico-profesional.

Carrera y desarrollo docente.

Democracia y participación de estudiantes, profesores y funcionarios en todos los establecimientos educacionales.

El Gobierno se debe comprometer a enviar un Proyecto de Ley al Congreso que contenga los resultados del Plebiscito en calidad de “ideas matrices o fundantes” (es decir, no modificables vía agregaciones u otros procedimientos).

El Plebiscito por la Educación sería un proceso educativo en sí mismo, y podría señalar el inicio de una nueva etapa en nuestra democracia: avanzando de la mera representatividad y la exclusión a la participación real, la inclusión y el ejercicio responsable de la ciudadanía.

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  • http://www.facebook.com/profile.php?id=1156934559 Carlos Garces Hernandez

    Artículo. ÚnicoConvocase a elecciones para establecer una asamblea constituyente, que será conformada por300 ciudadanos elegidos mediante el sistema proporcional corregido, 5 por cada distrito electoral. Podrán acceder a dichos cargos todos los ciudadanos que cumplan con los requisitos establecidos en la ley de votaciones populares y escrutinios y, además, aquellos que cuenten con el patrocinio de 2000 ciudadanos, que deberán validar su postulación mediante una acta simple que consigne las firmas correspondientes, la cual será válida en las oficinas del registro civil correspondiente, el cual actuará como ministro de fe.QUE LA SOBERANIA VUELVA EFECTIVAMENTE AL PUEBLO, AL SOBERANO¡¡¡¡A DIFUNDIR POR LAS REDES SOCIALES¡¡¡¡

    • Anónimo

      ¿Cuál es la diferencia entre que “el pueblo” sea representado por los actuales representantes ya elegidos y eso de que sea representado por 5 personas por distrito? ¿Y si luego esas personas deciden cosas diferentes a las que usted piensa que deberían decidir, habrá que cambiarlos con otro plebiscito? Eso significa un estado salvaje permanente, porque jamás una persona podrá “representar” a otra a gusto del representado y menos aun, a gusto de una parte del país que sólo quiere eliminar a la otra parte. Durante 30 años se ha mantenido a la sociedad chilena envuelta en una “educación” en odios de clases, en odios laborales, en odios políticos.  Lo que corresponde es respetar el plebiscito constitucional que hizo a la mitad del país elegir a un presidente. El cambio de autoridades es posible en cada elección, dentro de un orden y no al ritmo de los antojos. Bastará que los próximos candidatos declaren su propuesta en educación y de ese modo “el pueblo” podrá elegir. 

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    Artículo. ÚnicoConvocase a elecciones para establecer una asamblea constituyente, que será conformada por300 ciudadanos elegidos mediante el sistema proporcional corregido, 5 por cada distrito electoral. Podrán acceder a dichos cargos todos los ciudadanos que cumplan con los requisitos establecidos en la ley de votaciones populares y escrutinios y, además, aquellos que cuenten con el patrocinio de 2000 ciudadanos, que deberán validar su postulación mediante una acta simple que consigne las firmas correspondientes, la cual será válida en las oficinas del registro civil correspondiente, el cual actuará como ministro de fe.QUE LA SOBERANIA VUELVA EFECTIVAMENTE AL PUEBLO, AL SOBERANO¡¡¡¡A DIFUNDIR POR LAS REDES SOCIALES¡¡¡¡

    • UltimaLinea

      ¿Cuál es la diferencia entre que “el pueblo” sea representado por los actuales representantes ya elegidos y eso de que sea representado por 5 personas por distrito? ¿Y si luego esas personas deciden cosas diferentes a las que usted piensa que deberían decidir, habrá que cambiarlos con otro plebiscito? Eso significa un estado salvaje permanente, porque jamás una persona podrá “representar” a otra a gusto del representado y menos aun, a gusto de una parte del país que sólo quiere eliminar a la otra parte. Durante 30 años se ha mantenido a la sociedad chilena envuelta en una “educación” en odios de clases, en odios laborales, en odios políticos.  Lo que corresponde es respetar el plebiscito constitucional que hizo a la mitad del país elegir a un presidente. El cambio de autoridades es posible en cada elección, dentro de un orden y no al ritmo de los antojos. Bastará que los próximos candidatos declaren su propuesta en educación y de ese modo “el pueblo” podrá elegir.