21 jun 2011

Lucro y sinceridad

Tengo buena opinión de Joaquín Lavín. Es un hombre abierto al diálogo, siempre está dispuesto a conversar, ha madurado desde aquel “gallo de pelea” del año 1989 hasta ahora, pasando por la experiencia de victorias y derrotas.

Tal vez una de sus virtudes más notables es su capacidad de decir las cosas directamente, con pocas evasivas y muy categóricas. Como lo hizo en ese programa televisivo (de tan mal nombre) cuando, requerido frente al tema de su participación en la Universidad del Desarrollo, reconoció haber recuperado, al momento de retirarse, todo lo invertido y haber recibido durante su permanencia algunos beneficios pecuniarios. No recuerdo los términos, pero en resumen fue eso.

Eso es lucro. Y en general está bien: en las empresas se invierte para lucrar y cada vez que recibimos una compensación por nuestro trabajo es un beneficio que puede llamarse lucro.

Hay lucro debido y lucro indebido.

Es indebido el lucro que se percibe cuando se sustenta en una conducta prohibida, como por ejemplo, en conductas ilícitas, delictuales o cuando proviene de aquellos actos en los que el lucro ha sido expresamente prohibido. Como por ejemplo, cuando se destina dinero para fundar una universidad. De todas las instituciones educacionales, el decreto ley de 1981 dispuso que las únicas que de ninguna manera podrían tener fines de lucro serían las universidades.

Eso significa que las personas que destinan recursos a las universidades son donantes y no inversionistas, es decir, NO PUEDEN RECIBIR BENEFICIOS, NI DEVOLUCIONES y, mucho menos, BENEFICIOS.

Lo que se dona a una universidad no puede ser restituido y el hecho de hacerlo significa que la persona ha lucrado indebidamente. Y si percibe además otros beneficios, como sueldos, por ejemplo, el fundador comete una infracción a la prohibición, porque los fundadores o socios de las instituciones sin fines de lucro, no pueden recibir beneficio alguno de ellas y si trabajan deben hacerlo gratuitamente.

Es la ley. Puede ser una norma estúpida, pero es la norma vigente que, no sólo se presume conocida por todos, sino que lo más probable es que los fundadores de las universidades, incluida la del Desarrollo, la hayan conocido. Yo fundé dos universidades, entre otras instituciones de educación superior y la norma era perfectamente conocida por todos los intervinientes. Me consta.

Es la ley. Absurda, ridícula, incoherente si acaso lo que existe en el país es un sistema liberal capitalista en el cual el lucro es un motor indispensable de la economía. Debió permitirse el lucro y regularlo, controlarlo, hacerlo tributable, tal vez ponerle restricciones u obligaciones adicionales, todo lo cual hubiera garantizado seriedad y sinceridad.

Las personas podrían decir que invierten en universidades y si la universidad es buena el negocio será rentable. Como Harvard y tantas otras en Estados Unidos. Y no necesitarán dineros del Estado.

¿Por qué no aceptar el lucro y sí aceptar que se transen universidades en un oscuro mercado?

¿Por qué no aceptar el lucro de forma transparente si acaso se acepta, por ejemplo, la presencia de universidades propiedad de un Estado extranjero, pero financiadas por el Estado chileno sin siquiera ponerlo en duda?

¿No será hora de sincerar los temas, aclarar las cosas, decir la verdad y legislar en consecuencia?

Mientras, el Ministro Lavín nos debería una explicación: ¿cómo se pudo sacar dinero indebidamente? ¿Cómo lo hizo? ¿No ha pensado en devolverlo ahora que ya sabe que es ilegal?

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  • http://www.facebook.com/profile.php?id=1242193527 Paula Rivera

    En todo caso el escrito aclara lo que es el lucro: estu00e1 prohibido por Ley, por decreto ley que au00fan rige en Chile, la Constituciu00f3n del 80.

  • http://www.facebook.com/profile.php?id=1242193527 Paula Rivera

    En todo caso el escrito aclara lo que es el lucro: está prohibido por Ley, por decreto ley que aún rige en Chile, la Constitución del 80.