En el día 81 de la huelga de hambre de los cuatro comuneros mapuches, la Corte Suprema busca una salida al conflicto que es muy difícil de entender jurídicamente.
El máximo tribunal del país continuó validando el testimonio del testigo protegido, y estableció una rebaja de penas en el “caso Fiscal Elgueta”, considerando que no se trata de un homicidio frustrado sino de delito de lesiones a personal de la PDI y al Fiscal.
Pero la Corte Suprema parece obviar que la petición de anulación del juicio no es una petición de clemencia por parte de los mapuches, sino que se sostiene en la ilegitimidad de los recursos de la ley antiterrorista, como lo han señalado repetidas veces el Instituto Nacional de Derechos Humanos y distintos relatores de las Naciones Unidas. Sin embargo, el abogado del Ministerio del Interior pidió a la Corte Suprema que el juicio no sea anulado.
Recordemos que, usando el testimonio de un testigo protegido, el tribunal de Cañete había condenado en marzo a 25 años para Héctor Llaitul y 20 años para Jonathan Huillical, José Huenuche y Ramón Llanquileo. En la ocasión, el abogado del Ministerio del Interior avaló el uso de los testigos protegidos, propios de la ley antiterrorista. En las mismas causas, los mapuches habían sido absueltos por el Tribunal Militar de Valdivia y la Corte de Apelaciones de Concepción, pues sin el testimonio del testigo protegido se consideró que no hay mérito suficiente para establecer la culpabilidad de ninguno de los imputados.
Hoy la Corte Suprema busca “una salida intermedia”, dejando 14 años de cárcel para Llaitul y 8 años para los otros mapuches. Pero ¿puede acaso validar jurídicamente su proceder?
¿No pareciera más bien que quiere descomprimir un poco la situación?
Y es que en una democracia desarrollada no basta con el testimonio de un testigo protegido para condenar a ciudadanos. La justicia requiere algo más que eso para llevar a la cárcel a alguien. De lo contrario, cualquier persona, por los motivos que fuera, podría acusar a su vecino de cualquier delito. Eso pasa todo el tiempo, y por eso la fiscalía debe investigar bajo el principio de objetividad. Más aún, cualquiera que conozca la realidad del territorio mapuche sabe que no es difícil encontrar motivos para que personas estén dispuestas a recibir dinero por testificar en contra de otras.
Sólo la ley antiterrorista permite esta vulneración al debido proceso, en el entendido de que se trata de delitos que desestabilizan al Estado y aterrorizan a la población. ¿Por qué el Estado no dice derechamente que considera que los mapuches en lucha por la autonomía territorial son terroristas? El fallo oculta eso.
Lo más probable, entonces, es que la huelga de hambre siga en pie. Múltiples organizaciones mapuches han declarado en repetidas ocasiones que “si los condenan, nos condenan a todos”, y esto con base en que en las próximas semanas decenas de comuneros mapuches serán llevados a tribunales que siguen imputándolos por ley antiterrorista. Los abogados seguramente apelarán a la Corte Interamericana, la que en varios años más dirá que los mapuches tenían la razón. La pregunta es ¿estarán vivos los mapuches para entonces? ¿Y seremos capaces los chilenos de dar la cara?
Sería razonable entonces una salida en la que el gobierno dé la cara por haber avalado el uso de los testigos protegidos, y el parlamento por no haber querido reformar esta ley de acuerdo a las recomendaciones internacionales. La injusticia contra los mapuches es un tema de Estado.
Por el contrario, una nueva injuria contra el Pueblo Mapuche sería que el gobierno recurra a la alimentación forzada. Es decir, faltar el respeto a la autonomía y libertad de pensamiento y acción, valoresque sostienen las relaciones humanas en la cosmovisión mapuche.
Cada cual toma sus decisiones y respeta las del otro. ¿Cuándo va a entender esto el gobierno y la sociedad wingka? Alimentarlos por la fuerza sería caer en lo mismo de siempre: “los mapuches no tienen pensamiento y no saben lo que hacen, así es que el Estado va a tomar decisiones por ellos”.