Un artista español, destacado dirigente gremial, durante una reunión con sus pares chilenos preguntó si sabíamos quienes eran los grandes mecenas del arte en el mundo.Los que allí estábamos tratamos de imaginar de qué millonarios generosos hablaba. “Los artistas” aclaró.
Con esta simple idea trataba de graficar una realidad transversal a todas las disciplinas artísticas: los creadores ponen gran cantidad de tiempo y dinero para que se produzca y se difunda el arte.
Inmediatamente aparecen imágenes cotidianas en nuestro sector: el pintor que financia la enmarcación de sus obras para una exposición en un museo público; el cantante que participa gratuitamente en un acto benéfico aunque se le pague a quienes montan el escenario donde cantará; el escritor al que se le pide un artículo sin remuneración mediante, entre muchas otras situaciones.
Ni mala voluntad de los solicitantes, ni excesiva generosidad de los artistas, detrás de esta situación hay ideas asentadas desde hace mucho en nuestra sociedad.
Por ejemplo, que aquello que realiza un artista no es propiamente un trabajo, sino una actividad recreativa (un “hobby”) o que lo hace por amor al arte (equivalente a decir que lo hace gratis).
También tiene relación con la idea que el arte es un bien suntuario, por lo tanto el valor de la función del artista para el desarrollo de una sociedad es relativo. Idea que, por lo demás, no es exclusiva de las autoridades o de los consumidores, sino también de los propios artistas.
Pero, por otro lado, en la medida en que el aporte de los bienes culturales a la economía es más medible y por lo tanto más evidente, la obra pasa a ser mercancía.
En esta medida quien fija su valor en el mercado siempre será la parte más fuerte, en este caso, las grandes industrias culturales, como son la TV, la industria cinematográfica, los sellos y editoriales transnacionales, entre otras. Frente ellas el artista es la parte más débil.
Esto deviene en que las reglas más básicas de una relación laboral, es decir, la regulación de un trabajo a través de un contrato escrito y el recibir una remuneración por éste, parecen estar fuera del oficio creativo.
Así como también la cobertura en salud, previsión y seguridad laboral a la que cualquier trabajador chileno aspira. Por otra parte, los derechos de autor aparecen como un concepto ajeno para la gran mayoría de la población.
Lo llamativo es que en términos legales, los derechos de los artistas parecen ampliamente protegidos en nuestra legislación. La libertad de creación está consagrada en la Constitución, hay una ley especial para regular nuestro trabajo (19.889), y la propiedad intelectual esta extensamente desarrollada en las leyes 17.336 y 20.243.
Sin embargo, en la práctica, el nivel de incumplimiento es enorme, en buena parte por desinformación, pero también por las ventajas económicas que se saca de ello. Mal que mal siempre será más barato para el empresario no respetar los derechos de sus trabajadores.
Todavía hay aspectos fundamentales que no han sido resueltos por la legislación (por ejemplo, cómo abordar la propiedad intelectual en la era digital) pero la gran falencia parece estar en los escasos instrumentos para velar por el cumplimiento de las leyes y la promoción de estas normas.
Desde la necesaria información para que cada persona entienda el sentido y la importancia de estos derechos, hasta la educación de los propios artistas, quienes no pocas veces desconocen el marco normativo en que se desarrolla su trabajo.
Pero hace falta también voluntad política y creatividad para establecer mecanismos efectivos para la observancia de estas leyes. No es posible que la única opción que tengamos sea ir a juicio cada vez que un canal decide no aplicar las leyes (como ocurrió recientemente con los actores) o cuando una obra se ocupa sin autorización o se obliga a los trabajadores a firmar contratos leoninos, en los que ceden sus derechos a perpetuidad.
En ese orden, los artistas organizados en la UNA hemos planteado que en la ley que permitirá el ingreso de la TV digital, que actualmente se discute en el Senado, se establezca como condición para entregar las concesiones, el respeto de la legislación indicada. Esto es un buen ejemplo de una medida de sencilla aplicación que puede tener un amplio impacto en el mejoramiento de las condiciones en las que cada artista desarrolla su trabajo.
Por otra parte, las políticas públicas para la cultura deberían integrar ampliamente programas de promoción de estos derechos, así como también se deben incorporar estos conceptos en la educación, pero no sólo para el cumplimiento de la norma, sino que para estrechar los lazos entre los niños y el arte.
Con todo, son sin duda los propios artistas quienes deben ser los principales agentes activos en la promoción de sus derechos, informándose respecto de ellos, haciéndolos valer y participando de las asociaciones que trabajan para que el artista tenga, como aspira cualquier trabajador de nuestro país, un trato justo.