En la Alameda Bernardo O´Higgins 3129 de la ciudad de Santiago se localiza el ex establecimiento educacional Instituto Zambrano, inmueble neorromántico construido en 1890, donado al Arzobispado de Santiago por herencia del “señor cura don Ignacio Zambrano”, su propietario original, para que allí se impartiera enseñanza a sus alumnos con los valores de la Iglesia Católica. Contiguo al colegio está la capilla del Sagrado Corazón de Jesús, edificación patrimonial protegida por el Consejo de Monumentos Nacionales.
Durante muchos años la educación era impartida por la Congregación Religiosa Legionarios de Cristo y por motivos muy insólitos el Instituto Zambrano, a pesar de sus interesantes características arquitectónicas, nunca contó con una protección patrimonial y por ello el Arzobispado de Santiago se lo vendió en agosto de 2012 a la sociedad Prounión en un suma del orden de los $ 1.900.000.000. Los socios de la empresa actualmente dueña de inmueble son unos empresarios chinos que intentan demolerlo para habilitar allí un centro comercial tipo mall.
El rol del Servicio de Impuestos Internos (SII) asignado al colegio es el número 477-3 y como su destino es educación-cultura, según se aprecia en el Certificado de Avalúo Fiscal, hasta estos días sus propietarios están exentos de pagar contribuciones de bienes raíces y como tiempo atrás se supo que existía la idea de demolerlo, un aguerrido y numeroso grupo de ex alumnos se organizaron para evitar la desaparición del colegio en donde recibieron su educación.
Ahora bien, el miércoles 20 de mayo reciente sesionó el Concejo de Municipal de Santiago, con la alcaldesa Carolina Tohá a la cabeza y, como es lógico, con la presencia de todos los concejales, acto público que congregó a vecinos de la comuna, a diversas organizaciones sociales, ex profesores del colegio y los más activos ex alumnos que claman con justa razón por la protección íntegra del Instituto Zambrano. En la sesión municipal se trató en votación a mano alzada la pertinencia de declarar, bajo la figura de “Conservación Histórica”, un listado de inmuebles, uno de los cuales era el colegio en comento.
La alcaldesa Tohá es la promotora de incorporar en el Plan Regulador Comunal (PRC) el resguardo patrimonial a la totalidad de los inmuebles seleccionados en un acucioso proceso de investigación y análisis por las arquitectas Sandra Gysling y Mireya Danilo, ambas funcionarias de Asesoría Urbana Municipal.
Algunos concejales, al fundamentar a viva voz su votos, manifestaron que la protección buscada era una indebida carga económica a los propietarios de los inmuebles, pero los concejales que entendieron que era indispensable preservar la memoria histórica de la ciudad capital de nuestro país fueron más y por ello, entre otros, el Instituto Zambrano se salvó de las picotas y de las máquinas exterminadoras.
Cuando se analizaba en la sesión, caso a caso, la declaratoria de “Conservación Histórica” en el respectivo PRC, mostrándose la fotografía de cada inmueble, su dirección y un plano de ubicación, para que los concejales emitieran sus votos con certeza, dado que el suscriptor de esta columna también estaba presente en esa reunión, observó con asombro que en muchos casos se mencionaba que la edificación a proteger formaba parte de “Zonas Típicas”, lo cual era un evidente contrasentido, pues la figura de “Zonas Típicas” es una de las seis categorías de los “Monumentos Nacionales” que custodia el Consejo de Monumentos Nacionales conforme el mandato de la Ley Nº 17.288.
Es más, las “Zonas Típicas” al estar regidas por una ley, tienen mayor y más efectiva custodia que las figuras municipales de “Conservación Histórica” y por ello, en medio de la votación, se consultó en voz baja a 2 profesionales allí presentes, cuál era el motivo de esa doble protección patrimonial. Se nos respondió que ello obedecía a un informe emitido por la Contraloría General de la República (CGR), la que en un arranque súbito de excentricidad funcionaria decía que solo las fachadas de las edificaciones que integran las “Zonas Típicas” se deben preservar.
Con ese inusitado criterio del ente fiscalizador todas las Zonas Típicas del país desaparecerían para siempre y no tendría ningún sentido el artículo 30º de la Ley Nº 17.288 que ordena lo siguiente : “Para hacer construcciones nuevas en una zona declarada típica o pintoresca, o para ejecutar obras de reconstrucción o de mera conservación, se requerirá la autorización previa del Consejo de Monumentos Nacionales, la que solo se concederá cuando la obra guarde relación con el estilo arquitectónico general de dicha zona, de acuerdo a los proyectos presentados”
Es evidente que la CGR se extralimitó en sus atribuciones y al respecto transcribimos el artículo 38º de la ley : “El que causare daño en un Monumentos Nacional, o afectare de cualquier modo su integridad, será sancionado con pena …”. Tal como lo indicamos anteriormente las “Zonas Típicas” son Monumentos Nacionales y por ello Ángel Cabeza, Director de la DIBAM y jefe del Consejo de Monumentos Nacionales, tendrá que explicarle a la CGR que la ley, por ser muy clara, no es interpretable y que la discrecionalidad administrativa no tiene cabida.
En resumen, los ex alumnos del Instituto Zambrano lograron el objetivo buscado y suponemos que los empresarios chinos tendrán que rescindir el contrato de compraventa del inmueble con el Arzobispado de Santiago, institución eclesiástica católica que tendrá que darle el uso educativo previsto por el donante y si carece de fondos el Ministerio de Educación tendrá la última palabra ya que el inmueble, con unos retoques, está en óptimas condiciones para acoger a más de mil alumnos.
Por último decimos que el proyectista del Instituto Zambrano fue el arquitecto francés Eugenio Joannon, el mismo que proyectó el edificio situado en la Av. Vicuña Mackenna 20, comuna de Providencia, construcción que ocupó por muchos años la Facultad de Química y Farmacia de la UCH, la que, sin respetarse su valor histórico, algunos desean demolerlo para aprovechar la céntrica ubicación del predio.