21 sep 2012

Plebiscitos comunales en Chile

Nuestra legislación establece la posibilidad de realizar plebiscitos comunales como un valioso mecanismo de participación directa de la ciudadanía en las decisiones que afectan la vida comunal. Permitiendo que el municipio pueda hacer efectivo aquello de trasladar la toma de decisiones a la ciudadanía sobre aspectos que resultan relevantes dotándolos de poder. Es un instrumento efectivo para hacer realidad aquello que escuchamos tanto de la participación ciudadana pero que vemos menos.

En Chile se han desarrollado cuatro plebiscitos comunales. Tres convocados por el Alcalde con aprobación del Concejo Municipal (Las Condes 1994, Zapallar 2003 y Peñalolén 2011) y uno convocado por iniciativa ciudadana (Vitacura 2009). Todos han sido vinculantes puesto que ha sufragado más de la mitad de los electores de las respectivas comunas. Los plebiscitos de Vitacura y Peñalolén resultan relevantes de estudiar porque en ambos perdió la posición que presentaba el municipio.

Como se puede apreciar a pesar de ser un mecanismo de participación directa de la ciudadanía en las decisiones comunales ha sido poco utilizado. El gobierno a través de un proyecto de ley que hoy se tramita en el parlamento (se encuentra en comisión mixta con el boletín 7308-06) justifica que el escaso uso se debe a las dificultades económicas para desarrollarlo tanto de los municipios como de los vecinos y vecinas para juntar las firmas notarializadas para la iniciativa ciudadana de éste.

Sin embargo, a mi juicio, junto con lo anterior creo que hay un tema de voluntad política para llevarlos a cabo. Los alcaldes y alcaldesas no están acostumbrados a compartir el poder y menos a trasladarlo a la ciudadanía.Creo que luego del último plebiscito realizado estas posiciones se han agudizado y transversalizado: puesto que si bien el plebiscito fue convocado por el alcalde de Peñalolén ya existía una iniciativa ciudadana en curso que exigía plebiscito, el alcalde omitió esa solicitud y convocó a un plebiscito perdiéndolo.

La visión anterior, se justifica también en un cambio introducido en la normativa sobre plebiscitos y que fue aprobado por el parlamento sin mucha discusión en la agenda pública y con bastante poca difusión.

Con fecha 31 de enero de 2012 se publicó la Ley 20.568 que regula la inscripción automática, modifica el servicio y moderniza el sistema de votaciones en la cual se introduce un nuevo cambio en Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades sobre el guarismo del 5%, establecido mediante la ley de Participación Ciudadana en febrero 2011, de las firmas de los inscritos en los registros electorales para que vecinas y vecinos soliciten un plebiscito por iniciativa ciudadana lo vuelve a establecer en 10% pero esta vez no del padrón sino que de los votantes en la última elección municipal.

De esta forma, se hace más difícil que los vecinos y vecinas puedan juntar los requisitos y llamar a un plebiscito comunal. Situación que supuestamente busca remediar el proyecto del ejecutivo que hoy esta en discusión parlamentaria.

Si bien, el proyecto expone las ventajas y necesidades del mecanismo plebiscitario tiene algunos aspectos contradictorios. Por una parte, facilita la recolección de firmas por iniciativa popular estableciendo ministros de fe gratuitos en relación al alto costo que significa notarializar firmas, pero mantiene el guarismo del 10% en la recolección de ellas.

Por un lado, busca facilitar el desarrollo de iniciativas pudiendo realizarse en conjunto con otros procesos electorales, pero por otro lado, limita las materias a plebiscitar por la ciudadanía sacando de ellas todas las que tiene relación con presupuesto municipal.

Este punto resulta bastante relevante y puede tener una importante restricción en su diseño ya que modificaciones a Planes Reguladores Comunales (hoy los más plebiscitado a nivel comunal) podrían considerarse como alteraciones al presupuesto municipal. Qué se construye, dónde y cómo, influye obviamente en los recursos que acuña un municipio. Si con este proyecto se pretende limitar de tal forma los llamados a plebiscito terminarán siendo un mecanismo inútil ya no por la dificultad de llevarlos a cabo sino que por lo tópicos que lleva a votación.

Este debate debería tener un correlato ciudadano que no se encuentra, más aun cuando la tramitación del proyecto se hace en pleno año de elecciones municipales.

No se ha escuchado en el debate municipal actual –escaso a pesar de la contingencia electoral- voces de alcaldes o candidatos sobre este aspecto. Emerge el concepto de participación ciudadana dentro de los discursos, pero su contenido es escaso y no toman posición sobre aspectos tan significativos como el señalado.

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  • http://www.facebook.com/josemanuel.guerrerolopez Jose Manuel Guerrero Lopez

    estoy muy de acuerdo en la realizacion de consultas o plebiscitos sobre materias que afecten la vida de todos los habitantes de la comuna, como una carretera, una linea de transmision electrica, un vertedero, un matadero, etc, por una autonomia territorial efectiva, respaldada por la voluntad politica, estoy de acuerdo en la iniciativa que se discute en el parlamento, toda vez que aspectos como la participacion ciudanada estipulada en la Ley 20.500, es debil y solo consultiva, no tendra mayor efecto; la poblacion esta cada vez mas empoderada y ya no quiere ser solo enuestada, quiere participar de las decisiones que tendran efectos sobre su calidad de vida; ademas esta ley no se consulto a los pueblos originarios en el marco del Convenio 169 de la OIT, que entro en vigencia en el 2009, asi es que, bien por los presupuestos participativos, adelante con las consultas y plebiscitos comunales de temas comunitarios relevantes, y asumir las consecuencias de los COSOC, la ley obliga a los organos de administracion del Estado, lamentablemente.

    Jose Manuel Guerrero López
    Candidato a Concejal Independiente
    Por un Chile Justo

  • http://twitter.com/rubenromeroc rubén romero celedon

    Estoy muy de acuerdo con el texto, creo sinceramente que no hay voluntad del mundo político en entregar herramientas de empoderamiento y participación real a la comunidad; pero esto a la vez es un circulo vicioso porque la misma ciudadanía, exceptuando algunos casos públicamente conocidos, los vecinos tampoco hacen un esfuerzo en avanzar para tomar estos espacios ya sea por el motivo que fuere, que no son pocos. Históricamente cuando la clase política ha tenido algún interés social, económico o político para sus propios fines han entregado “espacios” de participación que en suma para la raya = mas de lo mismo. Falta un movimiento social mas de largo plazo, no contestatario que incorpore los temas cotidianos (salud, educación, trabajo, seguridad, etc) con temas de fondo, claves para democratizar nuestra sociedad, como terminar el binominal, presupuestos participativos, elecciones directas de intendentes, cores, etc. Un buen terremoto (tan de moda en estas fiestas patrias) político. Pero nada se ve en el horizonte. 

  • http://www.facebook.com/dalailamarimpoche Juan Carlos Cortez Rodriguez

    Si  bien es interesante saber que ,por alguna razón , estan modificando algunos aspectos de la ley,,,,claro, modificacion de planos reguladores  no es un tema menor, mucho dinero .Sólo me queda decir que tambien me queda la sensacion de estar ,  de nuevo ,haciendo gárgaras con la participacion ciudadana, La señora Bachelet , hablo mucho ,incluso  llegó  a hablar gobierno ciudadano, pero nada pasó,quizá los funcionarios concertacionistas no estaban preparados o  no le hacían  caso,  y cuando se manifestaba la ciudadanía , no tenían reparos en mandar a los pacos, hasta muertos hubieron, y no sólo mapuches.
    Creo que ahora ,que no estan en el gobierno , les puede interesar promover la participacion ciudadana, pero y si llegan ..se acordarán  de promoverla, respetarla y aprobarla