Cuando se publicó la totalidad de las circulares con instrucciones, explicaciones y ejemplos prácticos para facilitar la correcta aplicación y asimilación de la Reforma Tributaria, dirigidas a los contribuyentes se transmitió una sensación de tranquilidad a los contribuyentes que no corresponde, ya que las circulares no son un método idóneo para perfeccionar la ley, debido a que son dictadas por el director del Servicio de Impuestos Internos en uso de las facultades administrativas que le otorga el Código Tributario.
Esto trae como consecuencia que no son obligatorias para los contribuyentes, ni tampoco para los jueces tributarios, porque están destinadas a instruir a los funcionarios del SII, sobre la forma en que deben aplicar y fiscalizar los impuestos, siendo obligatorias sólo para ellos como subalternos del director.
Por ejemplo, sometida una controversia entre un contribuyente y el SII al conocimiento de un tribunal tributario y aduanero, el juez de la causa puede dictar sentencia en contra de lo sostenido por el director de SII en una circular, dándole la razón al contribuyente.
Entonces, se hace evidente que las circulares no son un sistema o método para perfeccionar la ley, dada su naturaleza administrativa y su acotada fuerza obligatoria.
Ahora bien, sí existen puntos controvertidos u oscuros en la reforma que por medio de una circular el SII puede aclarar cómo será su fiscalización, pero creo que se ha desaprovechado la oportunidad, porque muchas veces las circulares dictadas repiten lo señalado en la ley sin aportar, y se echan de menos más aplicaciones prácticas. La circular sobre las rentas presuntas es un claro ejemplo de esto.
Cabe recordar que el director del SII tiene que redactar las circulares, interpretando administrativamente la norma tributaria, y—evidentemente—se le hizo complicado ese trabajo.
Es unánime la opinión entre quienes hemos estudiado la Reforma Tributaria, que ésta hizo muy complejo el sistema tributario chileno, el que lógicamente debe ser entendido de Arica a Punta Arenas, por todos, o por lo menos, la mayoría de los contribuyentes sometidos a el. Hoy esto está muy lejos de ocurrir, pronosticándose una implementación más que dificultosa.
Si el gobierno realmente quiere perfeccionar y simplificar la Reforma Tributaria, como se ha expresado, debe proponer una nueva ley, la que debe ser aprobada en el congreso, como cualquier otra, y no a través de simples circulares con fuerza obligatoria sólo en el ámbito administrativo.