23 dic 2013

El peor regalo de Navidad

Entre gallos y medianoche, entre Navidad y Año Nuevo, buscando pasar inadvertido. Así ha sido la jugada del Gobierno para perjudicar a los consumidores y compensar a los bancos y al retail.

Un pésimo regalo que el Gobierno le entrega a a millones de chilenos y chilenas que quedarán prácticamente amarrados con un reglamento, dictado por el ministerio de Economía, que los deja en clara indefensión.

Se trata del reglamento por consentimiento explícito, que deja a los consumidores de brazos cruzados frente al aumento de comisiones por parte de los bancos y el retail.Así las cosas, nuevamente la pistola al pecho de los consumidores, secuestrados por un sistema asimétrico que hoy el Gobierno avala y promueve.

Por eso, 31 diputados hemos presentado un requerimiento al Tribunal Constitucional, pues estamos convencidos que se están vulnerando derechos esenciales de todo consumidor.

Seamos precisos. Efectivamente, el presidente tiene la facultad de dictar reglamentos para complementar una ley de la República. Sin embargo, son facultades muy restringidas ya que no puede excederse en los contenidos, ni mucho menos contradecir el espíritu y texto de la ley, es decir, no puede reemplazar la voluntad soberana del Poder Legislativo.

En este caso, con este polémico reglamento, creemos que ello está ocurriendo, pues estamos convencidos que un cambio de esta naturaleza debiera pasar por una ley, es decir por el Congreso, y no por un reglamento que, además, se dicta en un momento especial.

En materia de derechos del consumidor, el actuar del Ejecutivo pareciera haberlas olvidado. Dos son los ejemplos que lo demuestran claramente.

El primero de ellos dice relación con los mandatos irrevocables y los denominados “mandatos en blanco” a favor del proveedor. La ley del consumidor los prohíbe ya que no ofrecen un equilibrio entre las partes y conceden amplias facultades a las empresas para, incluso, reconocer deudas en nombre de los consumidores.

En este mismo sentido la Corte Suprema estableció en el reconocido “Fallo CENCOSUD” la nulidad de estas cláusulas por estimarlas del todo abusivas y contrarias al espíritu protector de las normas de consumo.

Pese al despliegue comunicacional que hizo en esa oportunidad el Gobierno, para alabar el triunfo que esta sentencia significaba para los consumidores, en materia reglamentaria, optó por contradecirla abiertamente. ¿Cómo? Simplemente restringiendo en el reglamento de ejecución hasta tal punto la facultad del consumidor para revocar un mandato, que convirtió el texto de la ley en algo completamente inútil. (Decreto N° 42 y 43).

El segundo caso, reciente y de mayor peligro, es el que hemos calificado como el peor regalo que el Gobierno pudo darle a los consumidores: el reglamento que buscamos frenar.

En las postrimerías de su mandato, el actual Ejecutivo busca reglamentar una materia sumamente sensible en el ámbito del consumo: las modificaciones unilaterales de los contratos.

El reglamento establece la forma en que los proveedores pueden modificar unilateralmente los contratos y consagra, paradójicamente, un derecho no a favor del consumidor sino a favor del proveedor, de poner término al contrato en caso de que los clientes no acepten las nuevas condiciones fijadas por él. El reglamento, en síntesis, consagra un total y absoluto control sobre las formas de contratación a favor del proveedor.

¿Será casual reglar materias de esta relevancia, y en abierto perjuicio de los consumidores, al término del mandato presidencial y cuando estaba el proceso electoral en marcha, que se sabe, distraería la atención de la opinión pública?

¿Será una forma de compensarlos ante la nueva ley que limita la tasa máxima convencional?

Sobre este tema ya han reaccionado las asociaciones de consumidores y académicos de derecho civil a través de la prensa, quienes han señalado que las normas sobre consentimiento son de rango legal y no reglamentario, debiendo el Parlamento pronunciarse sobre esto.

Por estas razones, es que a todas luces el Decreto 153, que autoriza el reglamento en cuestión, es un claro retroceso a la Ley 19.496. El Ejecutivo ha decidido dictar con un apuro que cuesta comprender, una reglamentación que causará perjuicio a miles de familias que han visto en el crédito una oportunidad para mejorar sus condiciones de vida ¿Cuántas de ellas podrán negarse a estas alzas bajo la amenaza de perder sus líneas de crédito?

Es una lástima que existiendo esfuerzos del Poder Legislativo y del Judicial, en orden a fortalecer el estatuto de los consumidores con reformas legales, y hacer cumplir la ley a favor de los más débiles pronunciando fallos emblemáticos, sea el Ejecutivo el que utilice sus atribuciones reglamentarias para borrar con el codo lo que se ha decidido democráticamente a través de un proceso legislativo.

En suma, un pésimo regalo para los consumidores: ¡exigimos ticket de cambio!

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  • CHECAVALENZUELA

    para que si borran lo que se escribe y noles gusta?

  • RuizMnica

    Esto quiere decir que fregaron a los consumidores … Protección a los Empresarios hambrientos de comer más dinero . Ineptos incapaces que van por lo que a ellos les resulta más fácil y más lucrativo , desnudar al cliente y extraerle incluso lo que todavía no ha ganado , sujetos a créditos recargados de impuestos y otros cobros . El no aumento de sueldos está concebido justamente para que la gente se endeude y compre hasta la comida a crédito . Eso sucede en Chile gobernado por gente inescrupulosa que se transforman en tumores malignos para derribar a las personas económicamente .