Cuando se leen las medidas anunciadas por el Presidente Piñera para enfrentar la situación en la Región de La Araucanía –que han llamado ataque frontal contra el terrorismo-uno se pregunta qué hay de nuevo en la 7ª medida en que pide al director de la Agencia Nacional de Inteligencia (ANI) que “dentro del mandato legal, pueda recabar información complementaria de las Fuerzas Armadas, para poder aumentar la eficacia de la lucha contra el terrorismo en esta región”.
En 2004, la Ley que establece el sistema de Inteligencia del Estado y crea la Agencia Nacional de Inteligencia (N° 19.974), dispuso que el sistema lo forman la ANI, la Dirección de inteligencia del Estado Mayor de la Defensa Nacional, de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, cuyos jefes integran el Comité de Inteligencia que es la instancia de coordinación técnica presidida por el Director Nacional de la ANI, y establece que a requerimiento de la ANI los organismos de inteligencia deben entregar información.
Esta ley trata separadamente las funciones militares de las policiales en materia de inteligencia y establece una diferenciación precisa entre lo que es la inteligencia militar de la que corresponde a las policías. Además, al referirse a las operaciones encubiertas para recabar informaciones, insiste en que los organismos podrán hacerlo “en el ámbito de las competencias propias de su servicio”.
Así, las Fuerzas Armadas, sólo pueden procesar información en su propio ámbito de acción y competencias, o sea la defensa, quedando fuera los asuntos de seguridad pública.
El Libro de la Defensa Nacional de 2010, reconoce que la función de defensa es distinta de la función de orden público y que la primera se orienta y ocurre en el ámbito de la seguridad exterior y la segunda en el de la seguridad interna.Tratándose de la seguridad interna su participación directa ocurre sólo en casos de estados de excepción (art 39 de la Constitución).
Entonces, lo nuevo estaría en la frase “recabar información complementaria de las fuerzas armadas”, complementariedad que estaría asociada a una ampliación del ámbito de actuación y recolección de informaciones, lo que excede el marco legal vigente, a menos que se decrete un estado de excepción.
Lamentablemente soplan aires de militarización desde algunos sectores de La Araucanía, expresando nostalgia por tiempos de dictadura. Más grave aún son las expresiones desde La Moneda que evalúa día a día la posibilidad de decretar estado de emergencia en la Región, además de haber ordenado a Carabineros establecer una zona especial de control y seguridad para vehículos y personas durante las 24 horas del día.
La prematura y temeraria contextualización de todo esto en una lucha contra el terrorismo es el escenario propicio para que algunos de esos nostálgicos llamen a armarse para defenderse del enemigo que serían los grupos violentistas, supuestamente compuestos por mapuches. Así se va configurando lo necesario para recurrir a la única posibilidad de aplicación de la 7ª medida.
Vale señalar que, aún antes del trágico y criminal acto incendiario que provocó la muerte de dos personas, en algunos círculos de derecha ya se escuchaban voces sugiriendo la posibilidad de sumar la colaboración de las fuerzas armadas al control del conflicto en La Araucanía.
Esperemos que se sumen más voces de alerta ante lo que está ocurriendo, se actúe en el marco del Estado de derecho y se pongan sobre la mesa nuestros compromisos internacionales.