El viernes 12 de junio pasado, en el salón Montt-Varas del Palacio de La Moneda, la presidenta Bachelet firmó el envío de proyectos de leyes a favor de la probidad y transparencia y en su alocución ante los selectos invitados, entre otras cosas, manifestó “para evitar la corrupción, el tráfico de influencias o cualquier otro asomo de engaño o abuso entre política y dinero, es urgente tener leyes más duras y efectivas.”
Sostenemos que las lacras mencionadas por la mandataria se han producido en gran medida porque muchos actores de los distintos mercados, a sabiendas que los complacientes funcionarios del Estado se han resistido a ejercer sus atribuciones de supervigilancia y fiscalización, se han aprovechado de estas carencias públicas para actuar con el “tejo pasado”.
En ciertas situaciones se han detectado fraudes económicos y entre el Servicio de Impuestos Internos (SII) y los fiscales del Ministerio Público, se están investigando a los involucrados quienes, como santas y blancas palomas, aducen con fingida seriedad que ellos cometieron solamente “errores subsanables”.
En todo caso esperamos que tengan utilidad las nuevas leyes que se aprobarán en el Congreso Nacional, pero de nada servirán si los funcionarios que tienen el deber de hacerlas cumplir continúan mirando para el lado o simplemente contraviniendo las resoluciones que imparte el órgano de control que tenemos en nuestro país.
De acuerdo a la información disponible, la Contraloría General de la República es la entidad fiscalizadora superior, de carácter autónomo y rango constitucional, encargada de ejercer el control de legalidad de los actos de la administración pública, fiscalizar el ingreso y la inversión de los fondos fiscales, municipales y de los demás organismos y servicios que determinen las leyes, examinar y juzgar las cuentas de las personas que tengan a su cargo bienes fiscales y municipales, llevar la contabilidad general de la nación y desempeñar las demás funciones encomendadas por la ley.
En el ejercicio de sus funciones, la Contraloría toma razón de los actos de la Administración, actuación mediante la cual señala que el decreto o resolución se encuentra conforme a la Constitución y a las leyes, o bien, en caso contrario, procede a representarlo cuando tiene algún vicio de inconstitucionalidad o de legalidad.
Sus dictámenes deben ser íntegramente obedecidos por todos los servicios de la Administración que ella fiscaliza y su falta de aplicación significa transgredir el artículo 9º de la Ley Nº 10.336, lo que parece no incomodar en absoluto a la autodenominada “ilustre” Municipalidad de Valparaíso, a la luz de lo que comentamos a continuación.
Ante la solicitud de vecinos y concejales, en orden a proteger urbanísticamente el barrio O’Higgins de Valparaíso, el alcalde Jorge Castro firmó el 26 de agosto de 2013 un Decreto para congelar el ingreso de solicitudes de permisos de edificación en altura, acogiéndose al artículo 117º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), suspensión que entró en vigencia el 3 de septiembre del mismo año, fecha de su publicación en el Diario Oficial.
La Inmobiliaria del Puerto SpA, según dicen, ligada a la Universidad Adolfo Ibáñez, en conocimiento previo del trámite administrativo de esta postergación de permisos en ese sector de la ciudad puerto, el 27 de agosto de 2013, un día después del Decreto Alcaldicio, ingresó en la Dirección de Obras Municipales un anteproyecto que consistía en 26 edificios con alturas variables de hasta 11 pisos, con lo cual pretendió saltarse el congelamiento decidido por la autoridad competente.
Naturalmente las organizaciones ciudadanas, con el apoyo de algunos concejales, denunciaron la avivada del inversionista en la Contraloría, la que con fecha 5 de agosto de 2014 emitió el categórico dictamen Nº 59.619 firmado por Ramiro Mendoza, documento que deja en evidencia un sinnúmero de malas prácticas de los funcionarios que han intervenido en este negocio.
En síntesis, la solicitud del anteproyecto mereció unas cuantas observaciones, las que le fueron representadas al privado el 13 de septiembre de 2013, con lo cual quedó de manifiesto que la apresurada solicitud del mismo de fecha 27/08/13 carecía de idoneidad. A mitad de camino, cuando el congelamiento ya estaba operando, la inmobiliaria modificó su anteproyecto aumentando las alturas de las torres a 14 pisos, ilegalidad aceptada por el Director de Obras.
Para no cansar a los lectores, simplificamos este comentario diciendo que la Contraloría, como era lógico, acogió el reclamo de los vecinos y en su dictámen dispuso la instrucción de un proceso disciplinario al interior del municipio ya que se alteró el anteproyecto primitivo, “aspecto no previsto en la normativa aplicable en la especie”, cita textual.
En este contexto, si la Municipalidad de Valparaíso fuera efectivamente ilustre y seria, el Director de Obras debió haber invalidado el anteproyecto trucho, lo que no hizo y por ello el senador Lagos Weber, en publicación de “El Mercurio de Valparaíso” del viernes 12 de junio de 2015, acusó al alcalde Castro de no cumplir el dictamen de la Contraloría.
En defensa del alcalde, apareció el director jurídico municipal, diciendo que la inmobiliaria había actuado de buena fe y que, por ello, tenía derechos adquiridos derivados de situaciones jurídicas consolidadas (?). Y para rematar, aludió a unas presuntas circulares de la División de Desarrollo Urbano del Minvu, las que, a esta altura ya nos reímos, le darían la razón al municipio para contravenir el dictamen de la Contraloría.
Pareciera que el abogado municipal no sabe que de un acto ilícito no se generan derechos y por ello es indispensable que el senador Lagos Weber, con los concejales porteños que se apegan a la ley y con las comunidades engañadas por el municipio, vayan al Consejo de Defensa del Estado (CDE) para que éste, en los tribunales de justicia, exija el cabal cumplimiento del sólido dictamen de la Contraloría.
Si no lo hacen, significará que la corrupción se mantendrá inalterada en el principal puerto de la nación.