Ha escrito Tocqueville, que la democracia “hace penetrar la idea de los derechos hasta el último de los ciudadanos”.
La concepción moderna de ciudadanía está ligada intrínsecamente a la adquisición de dignidad del hombre moderno.
El término dignidad, con referencia al hombre, es usado desde Kant en adelante para connotar aquella característica esencia de cada individuo que consiste en ser una persona o un miembro del género humano como cualquier otro. Pero al mismo tiempo, y ahora más allá de Kant, es usada, en su acepción singular, para destacar que la persona es titular de “derechos humanos” y “derechos civiles”, además de ser titular de pretensiones humanas destinadas a concretar la dignidad del hombre en la esfera económica y social.
Podemos distinguir, en primer lugar, la dignidad ética del hombre. La esfera espiritual del hombre moderno comienza a delinearse, en el plano moral, con la postulación laica del individuo-persona.
La categoría “persona” es indudablemente de origen religiosa, sobre todo cristiana. La dignidad moderna de la persona es generada culturalmente en el ámbito de la sociedad cristiana, pero la dignidad moderna no se identifica con su antecedente cristiano-religioso ya que ella se configura como dignidad laico-racional de cada persona como miembro del género humano e independientemente de su problemática religiosa.
Con Kant culmina el proceso de construcción de la ética racional moderna en la cual ocupa un puesto central la categoría de la persona-fin.
Por primera vez, en el plano ético, podemos establecer criterios de igualdad formal de todos los hombres sin distinción alguna: todos los hombres son moralmente iguales, todos los hombres son fines para los hombres, todos los hombres son moralmente libres, el género humano es, entonces, una comunidad moral.
A la ética de la intención abstracta, se contrapone la ética de la responsabilidad, de la valoración individual de la ética en su sentido histórico-social.
La segunda dignidad del hombre, es la jurídica. La dimensión pública comienza en el derecho pero se expande a la economía y a la política. Es la misma dignidad moral la que exige una articulación social-pública, postulando una articulación de las grandes ideas-fuerza de la revolución política moderna.
La tercera dignidad, es la política. Ella se vincula funcionalmente a los dos grandes principios de la democracia moderna: a la soberanía popular y a la regla fundamental del consenso.
Conjuntamente con ello, la dignidad política se profundiza con las nuevas categorías de la política, relacionadas con la subjetividad, con la soberanía, con la representación y con el surgimiento de los partidos, movimientos y de las diversas expresiones de la sociedad civil.
Esta dignidad resulta fundamental para el rescate de la sociedad civil, para potenciar la dignidad ético-jurídico de la persona y obviamente para cualificar la autonomía del ciudadano y oponerse al control del Estado.
La cuarta, es la dignidad social, que define el perfil del sujeto moderno que nace de la crítica a la insuficiencia de la emancipación política, pero que no puede consistir en una visión de sustituciones de la libertad social a cambio de la opresión política. La dignidad social está intrínsecamente ligada a la idea de la “paridad real”.
Los derechos sociales de los trabajadores modernos, constituyen, conjuntamente con la instalación de una transformación general de la sociedad existente, un patrimonio nuevo del hombre moderno, ya que ellos están directamente ligados a la generación de oportunidades y a la distribución de los frutos del crecimiento económico y de los ingresos de la sociedad.
La quinta dignidad, es la cultural, que puede ser definida como la dignidad del hombre evolucionado en cuanto logra ser miembro consciente del género humano.En el pasado esta dignidad había sido tradicionalmente lograda sólo por los intelectuales, en cambio hoy, es un derecho humano fundamental y un elemento determinante de la dignidad del hombre que se abre, en tiempos globales, a la multiculturalidad.
La dignidad del hombre moderno, es una condición de los derechos de ciudadanía y está ligada a los valores intrínsecos que ligan a la persona con la democracia.
Así, la ciudadanía democrática, se constituye mucho más allá de las libertades liberales, pero también más allá de las libertades sociales e incluso más allá de la simple libertad de participación en los procesos de decisión política, porque suelda, entre ellas, todas estas libertades y las une en una visión unitaria, verdaderamente política, que permite al individuo, y a los mecanismos de funcionamiento, no como un hombre abstracto, sino como un individuo concreto que vive unitariamente la pluralidad de sus roles.
Es la justicia como principio regulativo que constituye el puente ideal entre la persona-fin y la sociedad en su conjunto. La justicia no es, como la utilidad, un principio parcial sino que ella nace ya como un principio universal que debe regular cualquier esfera de la actividad social, proponiéndose, en cada esfera con apropiados criterios éticos, políticos, técnicos.
Siempre el derecho de la ciudadanía, aparece como el tejido vinculante de la sociedad contemporánea, cuando se estructura en forma democrática, ya que asume la doble semblanza de resultado y de vehículo de la democracia.
La democracia aparece, en efecto, siempre más como un sistema de relaciones que constituye el lenguaje común de la sociedad, sobre todo cuando éstas se alargan más allá de sus confines tradicionales y se hacen multiétnicas, multirraciales y multiculturales.
Una versión moderna de la ciudadanía, coloca en el centro el tema social destinado a compensar las desigualdades determinadas en el libre juego del mercado y por las características privatistas de la iniciativa económica y financiera.
Regulación y corrección de los abusos del mercado son contenidos que caracterizan los derechos sociales que, en particular, se han realizado en las grandes experiencias de la socialdemocracia: derechos a la libre sindicalización y a la indemnización por la desocupación, derecho a la asistencia sanitaria y a la garantía de educación, derecho a la utilización de los servicios públicos esenciales, en definitiva el conjunto de aquellas expectativas planteadas a través del Estado social.
Sin ciudadanía social, el resto de las ciudadanías pierde espesor.
En una visión progresista de la ciudadanía, ella aparece ligada al principio de la inclusión, sea en el ámbito político que en el ámbito de la tutela de los derechos sociales.
Una “democracia exigente” consagra derechos ciudadanos extendidos hacia temas tan claves como el ambiente y el desarrollo sustentable, la solidaridad económica, la emancipación femenina, el pleno respeto a la diversidad de vidas y a la autonomía de las personas, el de vivir en paz, el conjunto de derechos de ciudadanía que consagra la libertad y sobre todo la participación política del ciudadano.