El programa de gobierno de la Presidenta Bachelet ha establecido dentro de las prioridades del sector Defensa, una reforma al sistema de justicia militar. Si bien el debate ha sido largo y extenso y en el camino se han realizado cambios, como es el caso de la Ley N° 20.477 que excluye parcialmente de la justicia militar a los civiles, no se ha logrado hasta ahora alcanzar el objetivo de generar una transformación integral del sistema judicial militar.
Hoy existe el compromiso y la voluntad del Ministerio que dirijo de dar cabal cumplimiento a las expectativas de obtener una justicia militar acorde con los estándares de un Estado democrático y de Derecho y que, a la vez, se adecúe a los compromisos que el Estado de Chile ha contraído en materia de Derechos Humanos.
Los principios que deberían informar una reforma global a la justicia militar vienen dados por el contexto internacional de los Derechos Humanos pero también por nuestros propios estándares en materia judicial.
En el primer ámbito, se inscribe la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos contra el Estado de Chile en el caso de Antonio Palamara o “Caso Palamara”, funcionario civil que trabajaba para las Fuerzas Armadas y que fuera condenado por la justicia militar.Entre otras cosas, el Estado de Chile fue condenado por violar diversas garantías judiciales y por no otorgar la debida protección al afectado al aplicar la justicia castrense, lo que puede reconducirse a la ausencia de imparcialidad e independencia de los tribunales militares.
En este sentido, esta sentencia significó un fuerte llamado de atención acerca de la necesidad de llevar a cabo cambios sustanciales que tendieran a dar protección y garantía de debido proceso a quienes se someten a la justicia militar.
Por otro lado, en el ámbito interno hemos sido testigos de casos que nos invitan a reflexionar en torno a las formas a través de las cuales podamos brindar a todos los ciudadanos, sean ellos civiles o militares, la plena protección de sus derechos.
La muerte de Manuel Gutiérrez, fallecido en 2011 por un disparo de un carabinero, o el caso de Jorge Aravena, quien murió de asfixia en una patrulla policial, son una dolorosa luz de alarma acerca de la necesidad y urgencia de los cambios y de la deuda del Estado de Chile para con todos sus ciudadanos.A lo anterior se suma el pronunciamiento del Tribunal Constitucional de Chile acerca de la vulneración de derechos y debido proceso en casos de su conocimiento.
El cambio de la justicia castrense, debe regirse por ciertas premisas que resultan ineludibles para un Estado democrático y de Derecho. Por ello, no sólo los compromisos internacionales deben guiar esta tarea, sino también la constatación de las profundas diferencias que se advierten entre un sistema de justicia y otro.
Por ello, la gran modificación que significó la reforma procesal penal debe servir como base para la reformulación de la justicia militar. Sus principios y garantías en su aplicación al ámbito militar, sin duda, servirán para otorgarle mayor credibilidad y transparencia.En ese mismo contexto, es claro que esta reforma deberá delimitar y restringir su competencia, incorporando además jueces letrados.
En razón de todo lo anterior, qué duda cabe acerca de la urgente necesidad de reformar el sistema de justicia militar. Para ello estamos trabajando desde el 11 de marzo de este año en el cumplimiento de este gran objetivo propuesto: una justicia que dé cabal cumplimiento a los estándares internacionales en materia de Derechos Humanos y que de garantías de debido proceso.