Desde hace ya algunos años que opera en Chile el programa de Tribunales de Tratamiento de Drogas (TTD), a través del cual se busca abordar la solución de un conflicto penal de una manera diferente a la tradicional. Bajo la premisa de que no todos los delitos tienen las mismas causas ni pueden tener una única solución, todos los intervinientes del proceso penal cambian su rol tradicional, con el objetivo de entregar una respuesta diversa frente a la comisión de un delito, que sea mejor y más adecuada que la privación de libertad.
Enmarcado en el desarrollo de la llamada justicia terapéutica, este programa asume que como máxima respuesta, la justicia tradicional sólo puede inhabilitar al sujeto por un tiempo, usando la cárcel para ello.
Sin embargo, esta respuesta es insuficiente cuando la causa determinante de la comisión de ciertos delitos es el consumo problemático de drogas. Por esto, todos los intervinientes ajustan su rol dentro del proceso, para buscar soluciones jurídicas alternativas.
Lo anterior no es una tarea fácil. Defensores, fiscales y jueces deben velar por resguardar sus intereses, que confluyen y se contraponen dentro del proceso. El rol de la Defensoría Penal Pública y del defensor en este desarrollo ha sido materia de fuerte debate.Preguntas sobre cómo se entrega una correcta defensa penal y cuál es el límite de ésta han sido formuladas y discutidas en innumerables ocasiones.
Sin embargo, la Defensoría ha participado, con la certeza de que una asesoría legal de calidad debe entregarse siempre, y que uno de nuestros principales roles dentro del proceso es asegurar que nuestros defendidos comprendan cabalmente lo que implica la decisión que toman, debiendo ésta ser voluntaria y libre. Esta es una opción procesal que debe ser libre e informada y el defensor debe estar presente, para asegurar que así lo sea.
Durante este año el programa será expandido a otras regiones del país. Paralelamente, se trabajará en un proyecto de ley que entregue un marco normativo al mismo, que hasta hoy ha funcionado a través de la figura de la suspensión condicional del procedimiento.
Esta herramienta, adecuada para asentar el piloto, ha mostrado ser insuficiente para consolidar su expansión. Lo anterior, principalmente por la limitación que impone para incorporar al programa a personas con antecedentes penales, reincidentes y que hayan cometido delitos cuya pena probable sea mayor a tres años y un día. Lo anterior imposibilita la incorporación de personas con alto compromiso delictual o que han cometido delitos de mayor gravedad.
La experiencia en otros países muestra que aunque los tribunales de tratamiento de drogas no suelen incorporar a personas que han cometido delitos graves contra las personas, sí aceptan a imputados por delitos contra la propiedad, reincidentes y, sobre todo, delitos por ley de drogas.Es importante que se avance en este sentido, para que el programa logre un verdadero impulso en términos de cobertura e impacto.
De no avanzar en este sentido, los Tribunales de Tratamiento de Drogas en Chile se expandirán sin adecuarse al modelo comparado y tendrá los efectos siempre limitados de una inadecuada selección de los participantes.