Tenemos un problema con el Intendente de Santiago. Ha señalado que no autorizará nuevas marchas por la Alameda central de la capital y quiere erradicarlas al Parque O’Higgins u otros lugares apartados.
Argumenta que locatarios, empresas, transeúntes y diversas entidades (que no señala) le piden no autorizarlas por los riesgos que se viven a propósito de situaciones de vandalismos de unos pocos.
Dicho así, el reclamo de algunos puede parecer justo, especialmente cuando se afecta a trabajadores en sus kioskos o empresas en donde se desempeñan.
Las empresas (grandes y medianas) cuentan con seguros.
Las pérdidas por vandalismo, para ellos son relativas.
Y si algún ciudadano arroja piedras u otros elementos en contra de bancos y casas comerciales, debe entenderse que ese piedrazo es la expresión de una profunda indignación. Entonces, lo que debe comprenderse es aquello que está sucediendo en la dinámica social, en general, del país.
El Intendente busca tapar el sol con un dedo al desconocer tres hechos fundamentales:
1.- Las marchas sociales han sido extraordinariamente masivas,miles de chilenos y la inmensa mayoría de ellos/as lo han hecho de modo pacífico. Y por lo tanto, no se pude condenar o calificar o descalificar a esos miles de compatriotas que haciendo uso de su derecho de expresión pacífica, se han movilizado de manera no-violenta.
2.- La presencia masiva de chilenos en las calles y avenidas principales del país obedece a un sentimiento generalizado de frustración social y de carencia de respuestas. Las marchas por una educación más justa suma a millones, en realidad, los estudiantes y sus familias, muchas de las cuales viven verdaderas agonías para cubrir los costos educacionales del mercado. Esa frustración no es contenible.
Más aún cuando el Gobierno, a juzgar por el reciente discurso presidencial, sigue manteniendo las bases del modelo educacional y sólo formula ideas gruesas para reforzar los parches del sistema. Esto no es aceptable.
3.- Los vandalismos y actos de fuerza corresponden a grupos minoritarios y no representan a los miles de pacíficos ciudadanos que se manifiestan en la Alameda santiaguina.
¿Se ha preguntado el Intendente si acaso tales grupos pertenecen a realmente a la cultura de quienes se expresan pacíficamente?
¿Quiénes son estos provocadores?….
Finalmente, hay un hecho jurídico relacionado con normas de Derechos Humanos fundamentales.
La autoridad no puede afectar un principio constitucional amparado hoy en un Decreto que fue promulgado en el marco de las protestas nacionales de 1983, cuando los chilenos comenzamos a salir masivamente a las calles y plazas de Chile.
Es un Decreto claramente represivo y espureo. Tanto como la Ley Antiterrorista.
Ambos instrumentos “legales” fueron creados, básicamente para reprimir con dureza a los opositores al régimen militar de Pinochet. Y, desgraciadamente, quedaron vigentes.
En la doctrina jurídica las normas constitucionales prevalecen por sobre las leyes regulares. Y en este caso, la argucia del Decreto Supremo Nº 1.086 es que, en razón de la seguridad ciudadana, principio superior para la dictadura militar, se constituye en norma de mayor relevancia que la propia Constitución.
El Artículo 19 número 13 de nuestra Constitución señala explícitamente que los ciudadanos pueden reunirse pacíficamente, sin previo aviso y con una finalidad pacífica. Y punto.
Sin embargo, el Decreto de marras permite imponer una juridicidad que sobrepasa la Constitución.
En ese sentido, siendo ajustado a la norma del Decreto, lo anunciado por el Intendente es ilegal ante la norma internacional de Derechos Humanos y, particularmente, respecto de la propia Constitución.
Lo que corresponde es que quienes deseen manifestarse legítimamente simplemente den el aviso correspondiente a la autoridad, brinden las garantías de un llamamiento pacífico y lo hagan con organización y mediante procedimientos no-violentos, como corresponde a una comunidad de personas civilizadas.
El Intendente puede atribuirse el poder de autorizar o no una marcha por el centro de Santiago. Al no autorizarla contraviene la Constitución y le otorga a un simple Decreto un valor superior.
Y es evidente que al no autorizar una marcha y relegar a los ciudadanos a manifestarse en otros lugares, está afectando además, el derecho al libre desplazamiento dentro del propio país.
Las Alamedas, plazas y avenidas principales son patrimonio público. Pertenecen a todos los chilenos/as. Por cierto, es un patrimonio que debemos cuidar pero ante el cual no se debe renunciar.
Y respecto de los vandalismos, las marchas exitosas son también aquellas en donde los organizadores incorporan la variable de control de daños como parte de la organización de un evento. Por ejemplo, en las marchas ciudadanas no debe permitirse que nadie se “encapuche”.
Nuestras movilizaciones han de ser siempre a rostro descubierto. El pueblo en las calles no tiene nada que esconder. Por lo tanto, nunca se justificará que se mezclen en nuestras marchas individuos que cubran sus rostros, total o parcialmente. Esos sujetos deben ser inmediatamente arrinconados y despejados de las marchas.
No solo se debe marchar pacíficamente. La Acción No Violenta también debe dar cuenta de los provocadores. Así lo hicimos, muchas veces, durante las protestas de 1983.
En las movilizaciones convocadas por los organismos de DDHH siempre tuvimos el resguardo de constituir nuestros propios equipos de seguridad de la marcha, porque estábamos conscientes de que la dictadura podía infiltrar provocadores.
Esos equipos fueron normalmente muy eficaces y casi siempre desbarataron el accionar de unos pocos sujetos, al desenmascararlos en plena movilización y tenían que salir de la marcha o se les obligaba a hacerlo denunciándolos como “sapos de la CNI” y salían presurosos.
En las movilizaciones sociales hay que ser pacíficos o no-violentos (y la no violencia es una metodología eficaz de lucha social), pero no por ello menos firmes ante cualquier provocación.