Mientras se van celebrando las distintas sesiones del primero de los juicios a los que se enfrenta el Juez Garzón lo único que va quedando claro es el trasfondo de estos procesos que, sin duda, más parecen una persecución que actos de investigación y enjuiciamiento de conductas que pudiesen ser delictivas.
Como el propio Garzón afirma, cuando dice que está ante el pelotón de fusilamiento y que ha pedido que le quiten la venda, no cabe duda que será condenado en uno, dos o los tres procesos a los que se enfrenta y con su condena lo que se conseguirá es deteriorar, más si cabe, la maltrecha imagen de la Justicia española pero eso no parece ser lo realmente relevante sino la condena del Juez incómodo.
Comprender la actual situación de Garzón no es sencillo, estamos ante una telaraña judicial que, sin el mapa adecuado, parecería justamente lo que se ha pretendido presentarnos: que estaríamos ante un Juez corrupto, ante un prevaricador y, así, que todos estuviésemos conformes con su lapidación.
Garzón ni es perfecto, ni siempre ha acertado pero, qué duda puede caber, se le lleva al paredón por su trayectoria, para respaldar a los corruptos y, sobre todo, para seguir manteniendo bajo la alfombra que todo lo cubre, las inmundicias de la dictadura de Franco.
Todo comenzó con una querella de un pseudo-sindicato ultraderechista denominado “Manos Limpias”, el cual le acusó de prevaricación por arrogarse la competencia para investigar los crímenes del franquismo.
Para unos, esa competencia, en base a la cual actuó Garzón, es cuestionable jurídicamente hablando y, para otros – algunos jueces relevantes – no lo sería y el lapidado Juez habría actuado correctamente.
En todo caso, la sanción más ajustada a derecho que correspondería por haber actuado sin la adecuada competencia sería la nulidad de las actuaciones pero, jamás, estaríamos ante una prevaricación porque allí donde caben diversas interpretaciones es imposible que entre el dolo propio de un delito tan específico como el que se le imputa.
Luego, y aprovechándose del tirón que tuvo la primera de las causas contra Garzón, se presentó una segunda querella, esta vez por unos supuestos delitos de cohecho y prevaricación: según los querellantes, el Juez habría archivado un procedimiento en contra de Emilio Botín, dueño del Banco Santander, a cambio de un patrocinio de dicho banco a unos cursos que el propio Juez impartió en la Universidad de Nueva York.
La realidad dista mucho de tal ficción: Garzón acordó el sobreseimiento de Botín a requerimiento de la Fiscalía de la Audiencia Nacional y dicha resolución se produjo varios años antes de que la Universidad de Nueva York pidiese a Botín, y a otros muchos empresarios más, el patrocinio necesario para una serie de conferencias en las cuales el defenestrado Juez fue uno de los ponentes.
Finalmente, los abogados de un grupo de imputados, por el mayor caso corrupción que se investiga en España, interpusieron una querella en contra de Garzón, ya el tercero de los procesos abiertos y justamente el primero en enjuiciarse, por un presunto delito de prevaricación por haber ordenado escuchar y grabar las conversaciones, en prisión, entre los imputados y sus abogados.
Una vez más la realidad supera a la ficción jurídica creada para imputarle.
El Juez sí ordenó la intervención de las comunicaciones de unos determinados presos, medida que se practica en España con bastante más asiduidad de la deseada, y entre esas comunicaciones había algunas con determinados abogados que, según se ha podido saber, implicaban hechos que excedían el ámbito del derecho de defensa.
Para la intervención de estas comunicaciones el Juez contaba con un amparo legal, constitucionalmente cuestionable pero plasmado en la legislación vigente, que permite dos o tres distintas interpretaciones.
Lo que realmente importa en este caso es que esas escuchas afectaban a relevantes miembros del Partido Popular (la derecha española) e, incluso, podían aportar datos sobre una supuesta financiación irregular de dicho partido. Estas escuchas fueron avaladas no sólo por la propia fiscalía sino que, además, fueron luego prorrogadas por otro Juez en contra del cual ningún proceso se ha seguido.
Los últimos serán los primeros, parece ser que han dicho los Magistrados del Tribunal Supremo y han recorrido diversos vericuetos legales para conseguir que el último de los procesos en contra de Garzón sea el primero en llegar a Juicio Oral.
Motivos no les faltan pero parecería que el principal es tratar de minar la reputación de Garzón y así restarle apoyos sociales de cara al próximo juicio, el que se inicia este 24 de enero, por los crímenes del franquismo. Se ha dejado para el final aquel denominado “los cobros del Santander” y eso, siendo malpensados, podría ser porque carece de cualquier sustento probatorio y, si se le absuelve, ya daría lo mismo estaría previamente condenado y rematado con dos sentencias previas.
Para los dos juicios que se celebran en este mes de enero el Tribunal Supremo, en un alarde de lo que es el poder sin autoridad, le ha denegado de forma sistemática todas las pruebas que ha presentado Garzón y su defensa, dejándole desprovisto de cualquier medio que le permita acreditar su inocencia.
Alguno de mente calenturienta podría pensar que son las reminiscencias de la inquisición española o actos propios de un grupo de jueces que se formaron en el tardo-franquismo y que para acceder a la carrera judicial juraron respeto a las leyes del movimiento nacional.
De este laberinto judicial Garzón saldrá mal parado, será condenado y eso significará el fin de una dilatada carrera judicial en la cual ha hecho grades cosas y ha cometido errores también de calado.
Sin ir más lejos recuerdo uno muy directamente: cuando me procesó por unos hechos que no cometí, en todo caso errar es humano y sin romper huevos no se hacen tortillas.
Entre sus aciertos está la consolidación de los principios de jurisdicción universal y las implicaciones que ello tuvo tanto en el caso de Pinochet como en el de las dictaduras militares de Argentina. Sin su trabajo hoy la Historia sería distinta.
Ahora bien, en estos juicios contra Garzón lo que realmente estamos defendiendo no es a la persona, ni tan siquiera lo que ésta representa, aquí se defiende la necesidad de una renovación integral e íntegra del sistema judicial español, la consolidación de los valores y principios democráticos al interior de uno de los poderes del Estado y, sobre todo, la exigencia de responsabilidades por los crímenes más graves, como los del franquismo, para que a través de un proceso justo de búsqueda de la verdad y exigencias de responsabilidad se pueda llegar a la deseada reparación para las miles de víctimas que dicha dictadura generó y a las cuales, los vencedores, siempre han tratado de ignorar.
La gran paradoja de todo esto es que, en España, primero se enjuicia a quien investiga la corrupción pero no a los corruptos, luego a quien investiga los crímenes del franquismo pero no a los que los cometieron y, finalmente, si nada de eso da resultado entonces se enjuicia a un Juez que ha cobrado por dar unas conferencias, es decir lo mismo que hacen cada semana quienes le enjuiciarán.