En el Parque Araucano, área verde localizada en la comuna de Las Condes, se están ejecutando las obras de construcción de 41.000 m2 de un denominado “Centro Recreacional Deportivo” informado favorablemente como “Parque Acuático” por la Seremi de Vivienda y Urbanismo.
Ambos nombres de fantasía asignados a este proyecto inducen a error ya que lo que se está levantando allí es una actividad comercial (Kidzania) orientada a los niños de entre 5 y 14 años para que aprendan a tomar decisiones con el dinero que les dan sus padres, el que se complementa con una serie de otras tantas edificaciones mercantiles, y por lo tanto, no admitidas en la regulación urbanística que tienen las áreas verdes según el mandato del artículo 5.2.3 del Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS).
Este instrumento normativo, que tiene mayor rango que el PRC de Las Condes, establece que en los parques intercomunales, el Parque Araucano lo es, se pueden desarrollar exclusivamente equipamientos de :
Áreas verdes
Recreacional deportivo
Culto
Cultura
Científico
Esparcimiento y Turismo al aire libre
Nos llamó la atención que la empresa concesionaria ganadora de la licitación pública, haya obtenido un permiso de anteproyecto a pesar de que no solucionó las 20 observaciones efectuadas, respecto de su solicitud, por la dirección de obras de la municipalidad de Las Condes.
Estos cuestionamientos eran de forma y de fondo y para obviarlos, el titular del proyecto solicitó un nuevo permiso ahora avalado por la Seremi de Vivienda y Urbanismo.
Seis Juntas de Vecinos de los sectores aledaños y nuestra fundación, por separado, han objetado en las instancias administrativas el procedimiento utilizado por la autoridad local para concesionar por 20 años este territorio natural debido, entre otras razones, a que el coeficiente de constructibilidad del proyecto excede la norma fijada en el artículo 5.2.3.1. del PRMS.
Como en Chile existe mucha y ocurrente picardía para vulnerar las disposiciones legales y así no perturbar la inversión en el ámbito del crecimiento de la ciudad, dicha autoridad central de gobierno interpretó permisivamente ciertas reglas contenidas en el PRMS, las que se le enumeraron documentalmente por esas juntas de vecinos.
En el proyecto se contemplan 980 estacionamiento bajo tierra y una serie de equipamientos como restaurantes, tiendas, agencias bancarias, un centro de eventos, oficinas municipales, bibliotecas y otros tantos de similar categoría, instalaciones que serán traspasadas por el titular del proyecto a quienes se interesen en tener ahí sus puntos de venta.
Kidzania Chile, copia de uno similar existente en México, dispondrá de 3.000 m2 en dos niveles, uno en superficie y el otro en subterráneo y la municipalidad de Las Condes recibirá como contraprestación, por parte del concesionario, UTM 1.850 anualmente por ocupar dicha área verde, suma bastante precaria si tomamos en cuenta el nivel de renta que se proyecta en ese inmenso proyecto inmobiliario multipropósito.
Y si procedemos como oráculos, evaluamos que posiblemente el titular de la inversión, en unos meses más, se lo traspasará a los dueños del mall Parque Arauco para que esta poderosa sociedad comercial explote tales instalaciones con la fórmula de arriendo que tan buenos resultados le ha dado hasta ahora.
La transacción anterior podría concretarse, en la medida de que las autoridades competentes no exijan el cumplimiento de la regulación contenida en el PRMS respecto de los usos de suelos que tiene esa área verde de carácter pública.
Como nosotros sabemos que en este ámbito de materias todo es posible, ya que las normas vigentes aunque están publicadas en gruesos y ajados mamotretos, no siempre se cumplen, visualizamos un nuevo hecho consumado en cuya próxima inauguración estarán presentes todos aquellos que ejercen el poder.