El 23 de noviembre pasado, en este medio digital, publicamos la columna “Un funcionario público quiso ayudar a un privado”, en donde denunciamos el intento elaborado por el Seremi de Vivienda y Urbanismo para posibilitar que la empresa Cencosud, con una inversión de US$ 500 millones, construyera un gigantesco mall en la comuna de Vitacura con un permiso de edificación del año 2000, el que se encontraba caducado por imperio de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), situación que la Fundación Defendamos la Ciudad se vio en la obligación de poner en conocimiento de la Contraloría General de la República, solicitándole la instrucción de un sumario administrativo en contra de ese Seremi.
Esa tentativa del funcionario público del Minvu, reflejada en su Resolución Exenta Nº 2945 del 13/11/15, fue anecdótica porque la Contraloría, con bastante anterioridad, acogiendo la denuncia del colectivo ciudadano, ya había resuelto que ese permiso de edificación había caducado automáticamente y por lo tanto, como era su deber legal, la Directora de Obras Municipales de Vitacura había procedido a declarar la caducidad del mismo. Entre otras cosas, ese proyecto de mall contemplaba una torre de oficinas de 55 pisos de altura.
Ahora bien, recordemos que las comunas de Vitacura y de Lo Barnechea se escindieron en el año 1992 de la extensa comuna de Las Condes y sus primeros alcaldes, abogado Adolfo Ballas y arquitecto Eduardo Cuevas, respectivamente, ambos fallecidos, fueron nominados por el presidente Patricio Aylwin. En materias de construcción, mientras no existieron los correspondientes Planes Reguladores Comunales (PRC) las tramitaciones de los permisos de edificación se regían para sus distintos sectores por las normas urbanísticas vigentes en el PRC de Las Condes.
La municipalidad de Vitacura se tomó un largo período de tiempo para establecer su PRC, el que fue aprobado por su Concejo Municipal con Resolución Nº 59/99 del 7 de diciembre de 1999, instrumento normativo publicado el 30 de diciembre de 1999 en el Diario Oficial. En este PRC, como en todos, se fijaron las reglas del juego en materias de normas de edificación, usos de suelo y tipos de vialidades.
A través del tiempo ese instrumento ha sufrido varias modificaciones y podemos decir que en esa comuna, salvo algunos hechos aislados que la opinión pública conoce, las cosas se han manejado medianamente bien. El privado titular del aludido permiso del año 2000, quince años atrás, se había acogido a las normas urbanísticas de Las Condes porque eran bastante más permisivas que las de Vitacura.
Pero, ¡oh grata sorpresa!, recientemente, el 25 de noviembre de 2015, ese Seremi, vía Resolución Exenta Nº 3052, se dirige a Cencosud y a la DOM de Vitacura, manifestando entre otras cosas lo siguiente : “que, de lo transcrito, queda claro que el órgano Contralor ha estimado suficientes las actuaciones ya efectuadas por la DOM de Vitacura, respecto del Permiso de Edificación Nº 121/2000 para dar por constatada su caducidad” y enseguida expresa “que los informes jurídicos emitidos por la Contraloría General de la República son obligatorios y vinculantes para los servicios sometidos a su fiscalización”. Como vemos, esa autoridad del gobierno central finalmente entró en razón sometiéndose a la ley.
Por lo relatado se evidencia que Paulmann intentaba levantar su tremendo mall con normas urbanísticas nunca existentes en Vitacura, lo que no sucederá debido al rol ejercido por la Contraloría y, por lo tanto, se deberá conformar con levantar otra edificación bastante más pequeña y por lo tanto menos invasiva, olvidándose de su pretendida torre de 55 pisos, la que ahora podría tener un máximo de 12 pisos, conforme lo manda el PRC de Vitacura para ese sector.