Atónitos hemos leído en la prensa como el Senador Zaldívar y el Ministro Arenas nos han contado acerca de cómo negociaron de espaldas al país un acuerdo de reforma tributaria en sus casas, en almuerzos y cocinando.
Decimos atónitos, porque han confesado a toda la nación que en esas conversaciones privadas han recibido en sus domicilios a la flor y nata del empresariado nacional y a los diversos grupos de presión de los grandes conglomerados económicos del país, los mismos que bajo el lema de que la reforma tributara afectaba supuestamente a la clase media, se oponían a un alza en los tributos que en realidad los afecta a ellos y no a quienes aparentan defender.
En primer término, lo obrado atenta contra la democracia y las promesas de transparencia con que deben obrar las autoridades, pero, además, atenta contra la constitución y la ley que estos señores han jurado respetar y defender.
En efecto, la Constitución Política del Estado, sí, incluso la constitución dictada por el tirano, prohíbe actuaciones como las reseñadas en sus artículos 6 y 7 que señalan:
Artículo 6º.- Los órganos del Estado deben someter su acción a la Constitución y a las normas dictadas conforme a ella, y garantizar el orden institucional de la República.
Los preceptos de esta Constitución obligan tanto a los titulares o integrantes de dichos órganos como a toda persona, institución o grupo.
La infracción de esta norma generará las responsabilidades y sanciones que determine la ley.
Artículo 7º.- Los órganos del Estado actúan válidamente previa investidura regular de sus integrantes, dentro de su competencia y en la forma que prescriba la ley.
Ninguna magistratura, ninguna persona ni grupo de personas pueden atribuirse, ni aun a pretexto de circunstancias extraordinarias, otra autoridad o derechos que los que expresamente se les hayan conferido en virtud de la Constitución o las leyes.
Todo acto en contravención a este artículo es nulo y originará las responsabilidades y sanciones que la ley señale.
Las leyes se discuten en su contenido y alcance en los espacios que la constitución reconoce como válidos, estos son los hemiciclos del Congreso de la República. El living de la casa del señor Fontaine y la cocina del senador Zaldívar no son espacios que la constitución reconozca.
Se nos ha confesado por estos señores haber deliberado leyes en el living de sus casas con personas no electas con tal propósito y haber negociado con ellas sobre términos de la legislación tributaria que los iba a regir.
Nuevamente se viola la Constitución al involucrar a particulares en decisiones que ésta entrega a órganos del Estado.
Sobre el particular la Ley de Probidad Administrativa señala en el artículo 54 lo siguiente:
Artículo 54.- Las autoridades de la Administración del Estado, cualquiera que sea la denominación con que las designen la Constitución y las leyes, y los funcionarios de la Administración Pública, sean de planta o a contrata, deberán dar estricto cumplimiento al principio de la probidad administrativa.
El principio de la probidad administrativa consiste en observar una conducta funcionaria intachable y un desempeño honesto y leal de la función o cargo, con preeminencia del interés general sobre el particular.
Su inobservancia acarreará las responsabilidades y sanciones que determinen la Constitución, las leyes y el párrafo 4º de este Título, en su caso.
Vaya! parecieran creer los contertulios que la ley fue dictada para funcionarios menores a los del señor Zaldivar o sus amigos empresarios.
Este escándalo sólo puede ser enfrentado con la denuncia de cara a la ciudadanía, no se puede pretender que el país, las mayorías electas, acepten conductas como las que nos hemos sido objeto en estos días, las que con desparpajo violentan a la República, a sus autoridades electas, a la Cámara de Diputados, pero especialmente al pueblo de Chile que espera cambios profundos de los que estos comensales quieren privarnos en sus comidas con los poderes económicos de siempre.