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	<title>Opinión en Cooperativa&#187; Ana Piquer</title>
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		<title>Legislación sobre aborto, un año de frustraciones</title>
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		<pubDate>Sat, 30 Jan 2016 10:17:50 +0000</pubDate>
		<dc:creator>manola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Salud]]></category>
		<category><![CDATA[Ana Piquer]]></category>

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		<description><![CDATA[Hace un año, personas y organizaciones defensoras de los derechos de las mujeres estábamos celebrando la presentación del proyecto de ley que regula el aborto en tres causales. Ahora, un año después de su presentación, creo que para la mayoría &#8230;<span class="br01"></br></span><a href="http://blogs.cooperativa.cl/opinion/salud/20160130071750/legislacion-sobre-aborto-un-ano-de-frustraciones/">Sigue leyendo <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p align="left">Hace un año, personas y organizaciones defensoras de los derechos de las mujeres estábamos celebrando la presentación del proyecto de ley que regula el aborto en tres causales. Ahora, un año después de su presentación, creo que para la mayoría de nosotras y de la población en general, la sensación es de una enorme frustración. Un año después, el proyecto de ley ni siquiera ha terminado su primer trámite constitucional.</p>
<p align="left">Las mujeres de Chile no hemos esperado un año para tener una legislación<strong>. Nuestra impaciencia viene ya desde 1989, cuando se derogó el aborto terapéutico en el país, dejando a todas las mujeres desprotegidas en casos gravísimos. </strong>Hemos tenido múltiples frustraciones con proyectos de ley que han pasado por el Congreso sin siquiera discutirse o, como sucedió en 2012, que se rechazó la idea de legislar y ni siquiera fue posible discutir el contenido.</p>
<p align="left">Múltiples comités de Naciones Unidas que vigilan el cumplimiento de tratados internacionales de derechos humanos (que Chile ha ratificado y se encuentra obligado a respetar), han recomendado a Chile modificar su legislación sobre aborto y permitir la decisión de la mujer al menos en caso de riesgo de vida o salud, inviabilidad fetal y violación, considerando que la criminalización total viola los derechos humanos de las mujeres, entre ellos, su derecho a la vida, a la salud y a no sufrir tratos crueles, inhumanos o degradantes. <strong>La ciudadanía también ve esta necesidad y exige sus derechos: todas las encuestas recientes sobre la materia muestran al menos un 70% de apoyo a la despenalización en las tres causales.</strong></p>
<p align="left">Por eso nos alegramos con la presentación del proyecto: el gobierno estaba escuchando, haciéndose eco de esta necesidad de las mujeres. Era primera vez desde la derogación en 1989 que el ejecutivo presentaba un proyecto de ley para terminar con la criminalización total del aborto. Aunque el proyecto es limitado, se abría al fin la discusión y la posibilidad de contar con una legislación que sí diera protección a las mujeres, a lo menos en estas tres causales gravísimas.</p>
<p align="left">Ahora son los parlamentarios y parlamentarias quienes parecen no estar escuchando.La discusión sigue avanzando lentamente. El debate se pierde en estereotipos y caricaturas, <strong>como si quienes apoyamos la necesidad de despenalizar estuviéramos promoviendo el aborto como solución a todos los problemas o fuéramos asesinas sin corazón,</strong> como si las mujeres embarazadas fueran santas abnegadas dispuestas a sacrificarse hasta morir o unas perversas que no tienen ningún sentimiento por el que está por nacer.</p>
<p align="left">Pareciera que en el Congreso, en lugar de escuchar a la ciudadanía que exige sus derechos garantizados en tratados internacionales de derechos humanos, prefiere legislar en base a sus propias convicciones. No les estamos pidiendo que renuncien a sus convicciones. Les estamos pidiendo que no impongan esas convicciones a todas las mujeres de Chile.</p>
<p align="left">Porque mientras debaten, siguen habiendo miles de abortos en el país cada año.Siguen habiendo <strong>mujeres y niñas violadas que quedan embarazadas y que están obligadas a convertirse en madres; mujeres con embarazos deseados, pero que resultan inviables y deben esperar 8 meses para parir al hijo que esperaban, muerto</strong>; mujeres que saben que la gestación pone en riesgo su vida, pero que deben esperar hasta estar al borde de la muerte para que los médicos decidan salvarla interrumpiendo el embarazo.</p>
<p align="left">Ellas deben poder decidir por sí mismas si continúan o no sus embarazos, de acuerdo a sus propias convicciones y vivencias. Para esas mujeres, llevar adelante un embarazo contra su voluntad, es equivalente a tortura.</p>
<p align="left">Pero por ahora, vemos con frustración que no tienen alternativa, y seguirán no teniendo alternativa mientras los parlamentarios y parlamentarias se resistan a escuchar.</p>
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		<title>Control de identidad: no sólo los derechos de “los delincuentes”</title>
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		<pubDate>Mon, 25 Jan 2016 16:49:09 +0000</pubDate>
		<dc:creator>manola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Derechos humanos]]></category>
		<category><![CDATA[Ana Piquer]]></category>

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		<description><![CDATA[Siempre que por alguna razón aumenta la percepción de inseguridad en un país, surgen medidas reactivas: subir las penas a determinados delitos, disminuir ciertas garantías procesales, ampliar facultades de las policías. Suele suceder entonces que quienes trabajamos por los derechos &#8230;<span class="br01"></br></span><a href="http://blogs.cooperativa.cl/opinion/derechos-humanos/20160125134909/control-de-identidad-no-solo-los-derechos-de-los-delincuentes/">Sigue leyendo <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Siempre que por alguna razón aumenta la percepción de inseguridad en un país, surgen medidas reactivas: subir las penas a determinados delitos, disminuir ciertas garantías procesales, ampliar facultades de las policías.</p>
<p>Suele suceder entonces que quienes trabajamos por los derechos humanos salimos a cuestionar algunos aspectos de esas medidas que son desproporcionadamente restrictivas de los derechos y garantías internacionalmente reconocidos.</p>
<p>Y suele suceder que, como reacción, <strong>se nos acusa de &#8220;garantistas&#8221; (como si eso fuera una mala palabra), de &#8220;defender los derechos de los/as delincuentes&#8221;. O como una vez me dijo una parlamentaria &#8220;si parece que ustedes quieren que Carabineros le tire confetti a los delincuentes&#8221;.</strong></p>
<p>Esta discusión la hemos visto clarísima en las últimas semanas, en relación a la &#8220;agenda corta&#8221; contra la delincuencia y en particular a la normativa sobre control de identidad. Quienes lo critican lo han asimilado a la antigua detención por sospecha. Quienes lo defienden señalan que esto mejora las facultades de actuar preventivo de las policías y que &#8220;quien nada hace, nada teme&#8221;.</p>
<p>Primero es necesario aclarar dos puntos.</p>
<p>Sí, el Estado tiene el deber de resguardar la seguridad y el orden público, y sí, quienes cometen delitos siguen teniendo derechos humanos que deben ser respetados. No hay una contradicción entre ambas afirmaciones. El combate contra la delincuencia y el resguardo del orden público puede justificar ciertas restricciones de derechos, incluso el uso de la fuerza por parte de las policías. <strong>Pero estas restricciones deben responder a un test de tres partes: deben ser legales, justificadas (no ser arbitrarias, tener un objetivo preciso) y proporcionales (lo estrictamente necesario para conseguir el objetivo propuesto, y no más). </strong></p>
<p>Esto no protege sólo a &#8220;los/as delincuentes&#8221;. Esto sirve para proteger a todas las personas por igual. Sirve también para proteger a las personas inocentes que por cualquier razón se vean enfrentadas al sistema de justicia criminal.</p>
<p>¿Qué dice la norma propuesta sobre control de identidad?</p>
<p>Si se aprobara la norma como la ratificó la Cámara de Diputados, lo que sucede es, en simple, que habrá dos tipos de control de identidad. El primer tipo es básicamente lo que existe hoy, pero ampliado: <strong>si un carabinero considera que existe &#8220;algún indicio&#8221; de la comisión de un delito, puede pedir que acredite identidad y registrar vestimentas, equipaje o vehículo, en el lugar en que se encuentre.</strong> Si no pudiera acreditar identidad o se rehúsa a hacerlo, puede conducir a la persona a una comisaría para controlar su identidad, y todo el proceso puede durar hasta 8 horas.</p>
<p>El segundo tipo es el <strong>control &#8220;preventivo&#8221; de identidad, que no necesita de ninguna causa: carabineros puede pedir a cualquier persona y en cualquier lugar, que acredite su identidad. Si la persona no puede o se rehúsa, también puede ser conducida a una comisaría para ello, en cuyo caso el límite de tiempo es de 4 horas.<br />
</strong></p>
<p>Imaginemos la siguiente situación. Una persona sale a eso de las 8 de la noche a trotar en un sector del barrio alto de la capital. Sale con buzo y zapatillas, y nada más. Deja su billetera y no lleva su carnet de identidad. Un carabinero lo ve corriendo en buzo y estima que existe &#8220;algún indicio&#8221; de que está cometiendo un delito,  quizá pretenda participar en un &#8220;portonazo&#8221; o está arrancando después de asaltar a alguien. Hace que se detenga, le pide que se identifique.</p>
<p>Él le explica que vive a dos cuadras, que incluso si lo acompaña puede mostrarle su carnet.Si es un hombre alto y rubio, que adopte una actitud altiva, es posible, quizá, que el carabinero le crea y lo acompañe a su casa. La ley dice que debe darle &#8220;todas las facilidades&#8221; para que se identifique. <strong>Pero si fuera un extranjero, de algún país latinoamericano, o una persona con rasgos indígenas y de piel oscura, o se pone nervioso  ante la situación&#8230; ¿Le creerá? Puede que sí, puede que no</strong>.</p>
<p>Si el policía no le cree, lo conducirá a la comisaría más cercana por considerar que no pudo o se rehusó a acreditar su identidad. Dado que existía &#8220;algún indicio&#8221; de delito, estimará que el límite aplicable es de 8 horas. O sea, esta persona podría pasar casi toda la noche fuera de su casa.Toda la escena pudo haber sucedido delante de otros de sus vecinos/as, quienes quedarán con la duda de que &#8220;algo habrá hecho&#8221; este vecino extraño. Y todo porque sí.</p>
<p><strong>Aquí &#8220;el que nada hace nada teme&#8221; no aplica. Si esto se convierte en ley, no es necesario hacer nada &#8211; salvo olvidar o perder el carnet de identidad &#8211; para ser privado de libertad por 4 u 8 horas. </strong><strong>Y en el Senado se estarían discutiendo indicaciones que buscan ampliar aún más las facultades de las policías en este contexto.</strong></p>
<p>Es cierto, en ambos casos existen pautas que prohíben la aplicación discriminatoria de estas normas y mecanismos de control posterior, por ejemplo, a través de una obligación de mantener estadísticas de aplicación de estas facultades.</p>
<p>También es cierto que existe la llamada &#8220;Ley Zamudio&#8221; que permitiría exigir responsabilidades en caso de discriminación arbitraria. Pero esto es todo posterior, e implica una carga para la víctima, de llevar adelante la demanda. Acá el Estado debiera tender a prevenir que se produzcan las arbitrariedades desde un inicio, y legislación como ésta no aporta en ese sentido.</p>
<p>Ya el Relator Especial de la ONU sobre los Derechos de Reunión Pacífica y de Asociación, tras su visita a Chile en 2015, emitió una opinión crítica sobre el proyecto de ley, con un detallado y preciso análisis legal, por considerar que no cumple con el test de tres partes explicado anteriormente.</p>
<p>Si bien estaría establecido en la ley, no cumple con el principio de legalidad, la justificación es poco clara, da pie a arbitrariedades y es desproporcionada. <strong>El nivel de restricción a los derechos es muy grande, puede afectar a personas inocentes con mucha facilidad y muy probablemente tendrá un impacto discriminatorio sobre los grupos más vulnerables</strong>: personas que participan en manifestaciones, integrantes de la diversidad sexual, pertenecientes a pueblos indígenas, migrantes, personas de menores recursos económicos.</p>
<p>Esto no es algo que afecte a &#8220;los/as otros/as&#8221; o a &#8220;los/as delincuentes&#8221;. Esto potencialmente puede significar que cualquier persona puede estar hasta 4 horas (incluso 8 horas) privada de libertad, porque sí. No se trata de los derechos humanos &#8220;de los/as delincuentes&#8221;, sino de defender los derechos de todas y todos.</p>
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		<title>Chile tiene una deuda pendiente con la justicia</title>
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		<pubDate>Tue, 24 Nov 2015 19:10:27 +0000</pubDate>
		<dc:creator>manola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Derechos humanos]]></category>
		<category><![CDATA[Ana Piquer]]></category>

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		<description><![CDATA[Esta semana se cumplieron 10 años desde que Chile fuera condenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Palamara Iribarne en el que un tribunal militar había procesado y condenado a un ex oficial naval por intentar &#8230;<span class="br01"></br></span><a href="http://blogs.cooperativa.cl/opinion/derechos-humanos/20151124161027/chile-tiene-una-deuda-pendiente-con-la-justicia/">Sigue leyendo <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Esta semana se cumplieron 10 años desde que Chile fuera condenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el <strong><em>caso Palamara Iribarne</em></strong><em> </em>en el que un tribunal militar había procesado y condenado a un ex oficial naval por intentar publicar un libro sobre inteligencia militar y ética<em>.</em></p>
<p><strong>Entre otras cuestiones, la Corte ordenó al Estado de Chile reformar la jurisdicción militar para limitar su alcance y asegurar que bajo ninguna circunstancia un civil sea sometido a esta jurisdicción, sino que estuvieran siempre bajo la protección de la justicia ordinaria, sea como víctima o supuesto responsable</strong>.</p>
<p>Sin embargo, a una década del histórico fallo diversas medidas de reparación continúan aún pendientes de ser implementadas. Si bien en el año 2010 Chile aprobó una reforma para excluir de la jurisdicción militar los casos en que civiles fueran los supuestos autores de un delito cometido contra militares o carabineros, cuando la violación a los derechos humanos es cometida por militares o carabineros la competencia aún recae en la jurisdicción militar.</p>
<p>En consecuencia, el acceso a la justicia para las víctimas de violaciones a derechos humanos cometidas por funcionarios encargados de hacer cumplir la ley –incluidos, carabineros de Chile- es negado. Al llevar estos casos ante los tribunales militares, el derecho a un recurso efectivo y a la protección judicial se ve severamente mermado.</p>
<p>La jurisdicción militar, tal como indica Amnistía Internacional, debe restringirse únicamente a conocer infracciones a la disciplina militar, pues los tribunales militares no son competentes, independientes e imparciales para juzgar casos de violaciones a derechos humanos y crímenes de derecho internacional.</p>
<p><strong>¿Usted cree que estos tribunales al estar compuestos por miembros de la jerarquía militar, es decir, por miembros de la misma institución a la que pertenece quien se sospecha que habría cometido el delito es totalmente independiente?  </strong>La duda siempre va a estar presente, pues con esta composición se vulnera el principio del debido proceso y se favorece la impunidad.</p>
<p>Tal como lo ha mostrado un  estudio del Instituto Nacional de Derechos Humanos, publicado en 2011, menos del 2% de denuncias por uso de violencia innecesaria entre 1990 y 2011 en el centro y sur del país resultaron en una condena, en la gran mayoría la persona acusada fue sobreseída. Es así como nos encontramos con que los tribunales militares en Chile raramente condenan a miembros de sus propias fuerzas.</p>
<p>Más aún, el procedimiento seguido ante tribunales militares no asegura una defensa en igualdad de condiciones al ser un proceso donde prima el secreto y la falta de transparencia, lo cual atenta a su vez contra el derecho a la defensa adecuada.</p>
<p>La urgencia de reformar la jurisdicción militar chilena se ha vuelto a poner sobre la mesa de discusión dado el aumento en los últimos años del uso excesivo de la fuerza por parte de funcionarios encargados de hacer cumplir la ley durante manifestaciones sociales.</p>
<p>En años recientes, se han incrementado las denuncias por afectaciones al derecho a la vida y a la integridad personal tras la intervención de carabineros durante diversas protestas.<strong>Un reciente informe de la Universidad Diego Portales muestra que las denuncias ante tribunales militares por violencias innecesarias de carabineros se han casi triplicado, pasando de 675 en 2004 a 1.797 en 2011. </strong></p>
<p>Pese a ello, una de las cuestiones que más me sorprende es que este asunto no sea ampliamente conocido por la población en general. En la mayoría de los casos, la gente descubre estas falencias únicamente cuando las víctimas de violencia policial y sus familiares tienen que enfrentar los laberintos de la jurisdicción militar. Esto quedó reflejado cuando el hermano de Manuel Gutiérrez, quien murió a causa de un disparo policial en 2011 durante una manifestación, mencionó a Amnistía Internacional que <em>‘no sabía que existían dos justicias’.</em></p>
<p>Afortunadamente, y pese a la normativa vigente, Chile ha sido testigo en los últimos años de avances jurisprudenciales importantes.</p>
<p><strong>Tanto la Corte Suprema como el Tribunal Constitucional han respaldado el uso de la justicia ordinaria en casos que involucren a civiles como víctimas de violaciones a los derechos humanos por parte de funcionarios encargados de hacer cumplir la ley</strong>, tal y como se desprende de las obligaciones internacionales en materia derechos humanos que Chile ha adquirido.</p>
<p>Estos avances se deben en gran medida al esfuerzo de defensores y defensoras de derechos humanos, así como del Instituto Nacional de Derechos Humanos, quienes han desafiado la legislación vigente para impulsar cambios que se apeguen al derecho internacional de los derechos humanos.</p>
<p>Dado la prevalente impunidad por casos de uso excesivo de la fuerza policial, y la falta de independencia e imparcialidad de los tribunales militares, es imperativo que las autoridades chilenas avancen con prontitud hacia una reforma de la jurisdicción militar.</p>
<p><strong>La</strong><strong> jurisdicción militar debe ser restrictiva y excepcional, y únicamente debe conocer de aquellas infracciones a la disciplina militar, las que sólo un militar puede cometer, con exclusión absoluta de cualquier delito ordinario, violación de derechos humanos o crimen de derecho internacional (genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra, tortura, desaparición forzada de personas y homicidio extrajudicial).</strong> Así lo ha determinado la Corte Interamericana de Derechos Humanos, quien junto con el Comité de Derechos Humanos y el Comité contra la Tortura, han instado a Chile en reiteradas ocasiones a legislar en este sentido.</p>
<p>Las autoridades chilenas tienen una gran deuda con las víctimas de violaciones a los derechos humanos por parte de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley al seguir permitiendo que la jurisdicción militar conozca de estos casos.</p>
<p>Al cumplirse 10 años de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso <em>Palamara Iribarne</em>, y dada la falta de cumplimiento cabal de la misma, Chile no puede darse por satisfecho.</p>
<p>Es hora de poner en marcha una reforma legal acorde con las obligaciones internacionales que el país ha adquirido y cumplir con el compromiso asumido por la Presidenta Bachelet en su programa de gobierno. Espero que no sea necesario conmemorar un aniversario más del fallo de la Corte Interamericana para asegurar el derecho a la justicia y a la reparación de las víctimas.</p>
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		<title>Aborto, tortura, muerte y desaparición</title>
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		<pubDate>Mon, 05 Oct 2015 22:08:52 +0000</pubDate>
		<dc:creator>manola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Derechos humanos]]></category>
		<category><![CDATA[Ana Piquer]]></category>

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		<description><![CDATA[“Aborto es tortura, muerte y  desaparición”. Esto decía un enorme cartel que apareció en la ruta 68 con una foto de personas detenidas en el Estadio Nacional. No puedo quedar en silencio frente a esta frase que induce a graves &#8230;<span class="br01"></br></span><a href="http://blogs.cooperativa.cl/opinion/derechos-humanos/20151005190852/aborto-tortura-muerte-y-desaparicion-4/">Sigue leyendo <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><em>“Aborto es tortura, muerte y  desaparición”.</em> Esto decía un enorme cartel que apareció en la ruta 68 con una foto de personas detenidas en el Estadio Nacional. No puedo quedar en silencio frente a esta frase que induce a graves confusiones, al hacerse una interpretación equivocada del derecho internacional de los derechos humanos.</p>
<p>Las gravísimas violaciones de derechos humanos cometidas durante la dictadura chilena, son una herida aún abierta en nuestra historia reciente. <strong>Decenas de miles de personas fueron torturadas, desaparecidas y asesinadas por una razón principal: porque tenían convicciones diferentes a las de quienes en ese momento definían las reglas.</strong></p>
<p>Todos los organismos internacionales en materia de derechos humanos fueron clarísimos en su condena a estos hechos y en la responsabilidad del Estado de Chile en asegurar verdad, justicia y reparación a las víctimas, por haber violado sus derechos básicos como la vida, la salud y a no ser sometido a torturas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.</p>
<p><strong>La comparación que hace la organización que está detrás del cartel con la realidad del aborto en Chile es extremadamente peligrosa. La memoria de las víctimas y sus familiares no debe jamás trivializarse y, en mi opinión, es a lo menos una falta de respeto utilizarla para campañas en temas no relacionados con su historia y que no necesariamente cuentan con su apoyo.</strong></p>
<p>Sin embargo, si pese a todo hacemos comparaciones, entonces debemos identificar adecuadamente dónde están las violaciones de derechos humanos que ocurren en la actualidad debido a la criminalización total del aborto.</p>
<p>Para ello, lo que debemos mirar es a las mujeres que mueren o quedan irreparablemente dañadas a causa de abortos inseguros, las mujeres que deben enfrentar juicios criminales tras haber abortado, las mujeres que se ven obligadas (sin que nadie les pregunte su opinión) a continuar con un embarazo aun cuando está en riesgo su vida o su salud, cuando sabe que el feto es inviable, cuando ha quedado embarazada a causa de una violación.</p>
<p>Como lo ha denunciado, entre otras, Amnistía Internacional, el Estado es responsable de esas muertes, de esos daños a la salud, de la tortura que significa para esa mujer o niña continuar su embarazo contra su voluntad en circunstancias así de extremas.</p>
<p><strong>Y todo ello por la misma razón principal: porque la mujer que quiere abortar tiene una convicción diferente de las convicciones personales de quienes han legislado en Chile. Los mismos organismos de derechos humanos han sido clarísimos en exigirle a Chile una modificación legal, insistiendo en que la criminalización total del aborto es contraria a los derechos humanos de las mujeres.</strong></p>
<p>Por supuesto que el Estado también debe protección al que está por nacer, y así lo reconoce la Convención Americana de Derechos Humanos y nuestra Constitución. Pero la propia Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que esta protección no es absoluta, sino que <em>“gradual e incremental según su desarrollo”</em> lo cual “<em>implica entender la procedencia de excepciones a la regla general”</em>, para asegurar que esta protección no permita <em>“justificar la negación total de otros derechos”</em> (fallo en caso Artavia Murillo y otros vs. Costa Rica, sentencia de 28 de noviembre de 2012).</p>
<p>Y esto es justamente lo que sucede con la criminalización total del aborto. Al no admitir excepciones, el Estado le está negando a las mujeres protección para los mismos derechos básicos antes mencionados: su vida, su salud, no ser sometida a tortura o tratos crueles, inhumanos o degradantes.</p>
<p>Y esas son violaciones de derechos humanos por las cuales el Estado de Chile es hoy responsable.</p>
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		<title>Violación y estereotipos</title>
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		<pubDate>Wed, 16 Sep 2015 17:39:13 +0000</pubDate>
		<dc:creator>manola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Derechos humanos]]></category>
		<category><![CDATA[Ana Piquer]]></category>

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		<description><![CDATA[Ayer se aprobó en la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados la despenalización del aborto en caso de embarazo como resultado de una violación. Este debate en la Comisión, dio pie a múltiples expresiones en relación a la &#8230;<span class="br01"></br></span><a href="http://blogs.cooperativa.cl/opinion/derechos-humanos/20150916143913/violacion-y-estereotipos/">Sigue leyendo <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Ayer se aprobó en la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados la despenalización del aborto en caso de embarazo como resultado de una violación. Este debate en la Comisión, dio pie a múltiples expresiones en relación a la violación, muchas de las cuales revelan enorme desconocimiento, prejuicios y estereotipos que todavía tristemente persisten frente al tema. Ante esto, cuesta quedarse en silencio y pasar por alto dichas menciones.</p>
<p><strong>En primer lugar, la violación siempre es un hecho grave. Aparte de ser la máxima expresión de discriminación contra la mujer, es una forma brutal e inexcusable de violencia hacia ellas. Sin matices ni excepciones, ni explicación de circunstancias.</strong></p>
<p>El Estado tiene la obligación de dar protección a las mujeres contra la violencia. A una mujer violada, el Estado ya le falló en una primera instancia: hubo mecanismos de prevención que no le permitieron recibir la protección a la que tiene derecho. Esa mujer tiene derecho a que se haga justicia en su caso, que se investiguen los hechos, sin revictimizarla, y que se sancione a los responsables.</p>
<p><strong>Ninguna mujer sale indemne de una violación, haya o no haya secuelas físicas. Es una vulneración brutal a su autonomía y tiene derecho a una reparación, incluyendo el apoyo estatal en cuanto a servicios y atención que requiera para sobrellevar la situación de la mejor manera posible.</strong></p>
<p>Si una mujer queda embarazada como producto de una violación, la reparación debe necesariamente incluir la posibilidad de decidir si continuar o no su embarazo, tal como lo ha solicitado Amnistía Internacional en el contexto de la campaña<em> <strong>“Chile no protege a las mujeres. La criminalización del aborto viola los derechos humanos”.</strong> </em></p>
<p>No es el Estado a través de la ley, ni terceras personas como médicos o sicólogos, quienes deben decidir eso por ella, definiendo qué sería más o menos traumático para ella. Una mujer violada sigue siendo una persona autónoma sujeta de derechos que puede decidir por sí misma qué es mejor para su recuperación: continuar su embarazo o abortar. Obligarla a continuar dicho embarazo en estas circunstancias y contra su voluntad, es equivalente a tortura.</p>
<p><strong>Esto no debiera estar sujeto a plazos de gestación artificiales ni a exigencias especiales de denunciar judicialmente la violación. ¿Es esto contradictorio con asegurar que la violación no quede en la impunidad? Por ningún motivo.</strong></p>
<p>El derecho de la mujer a acceder a la justicia para que se persiga el horrible crimen del que fue víctima no se debe ver de ninguna forma supeditado a su decisión de abortar o no. Si bien ambas cosas se integran en el marco del derecho a justicia y reparación de una mujer víctima de violación, no puede una depender de la otra.</p>
<p><strong>Se ha dicho que la aprobación de esta ley deja solas a las mujeres, que el Estado da la señal de que no hará nada por esta violación. No veo de qué forma puede interpretarse esto. La aprobación de la causal no altera de ninguna forma las normas penales y procesales relativas al delito de violación.</strong> Esto es una norma que complementa dicha normativa, y que no deja solas a las mujeres, muy por el contrario: les dice que ahora, si deciden interrumpir su embarazo, ya no tendrán que hacerlo solas, <strong>escondidas como criminales y muchas veces en sitios clandestinos e inseguros,</strong> sino que lo podrán hacer en condiciones adecuadas y con acceso a acompañamiento.</p>
<p>Se ha dicho que el aborto serviría para esconder pruebas y facilitar la impunidad. Esto es falso derechamente. Si la mujer quiere perseguir judicialmente la violación, y ha abortado de manera segura en un centro de salud, existirán registros de su embarazo y de la intervención realizada. En caso contrario, cuando el aborto está prohibido y, por lo tanto, se realiza en la clandestinidad, obviamente no existirán dichos registros. En la actualidad, las mujeres no tienen opción.</p>
<p>Finalmente, se ha dicho que <strong>debe exigirse una denuncia puesto que de lo contrario el aborto en caso de violación serviría como puerta al aborto libre, porque cualquier mujer podría mentir y decir que fue violada para acceder a un aborto.</strong> Esta afirmación está cargada de prejuicios: sigue la visión de desconfianza hacia las mujeres, a quienes se les ve como “locas” que <strong>escondidas en una supuesta “ideología de género” quieren tener sexo libre e irresponsable, y luego podrán mentir descaradamente para abortar cuando se les ocurra.</strong> Estoy haciendo una caricatura, es cierto. Pero a veces parece que es esta caricatura la que está detrás de ciertas opiniones.</p>
<p>Finalmente, todas estas posiciones parten de la base de estereotipos que ven a la mujer como alguien de quien se debe desconfiar: desconfiamos de su responsabilidad e inteligencia para “cuidarse”, desconfiamos de si acaso tuvo o no responsabilidad en su propia violación, desconfiamos de su capacidad para decidir por sí misma lo que es mejor para ella.</p>
<p>No perdamos el foco, el centro en esta discusión es la mujer, sus derechos humanos, su protección en situaciones vulnerables, su autonomía y su posibilidad de tomar decisiones por sí misma acerca de sí misma. Proteger a la mujer pasa primero por proteger sus derechos.</p>
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		<title>Chile no protege a las mujeres y niñas</title>
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		<pubDate>Wed, 08 Jul 2015 18:12:24 +0000</pubDate>
		<dc:creator>manola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Salud]]></category>
		<category><![CDATA[Ana Piquer]]></category>

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		<description><![CDATA[El día de ayer la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados decidió aplazar la votación en general del proyecto de ley que busca despenalizar el aborto en tres causales. Se señaló que se necesitaba más tiempo para la &#8230;<span class="br01"></br></span><a href="http://blogs.cooperativa.cl/opinion/salud/20150708141224/chile-no-protege-a-las-mujeres-y-ninas/">Sigue leyendo <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El día de ayer la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados decidió aplazar la votación en general del proyecto de ley que busca despenalizar el aborto en tres causales. Se señaló que se necesitaba más tiempo para la discusión, para escuchar más opiniones y para poder “negociar” de manera transparente el texto del proyecto. Por supuesto que es importante que proyectos complejos como éste se debatan de manera amplia y se escuche la mayor cantidad de opiniones. Pero hay un elemento fundamental con el que no es posible “negociar”: la criminalización del aborto es contraria a los derechos humanos.</p>
<p>Que las mujeres no puedan decidir de manera autónoma si continúan o no con el embarazo, ni siquiera cuando su vida o salud está en peligro; cuando el feto no podrá sobrevivir fuera del útero o cuando han sido violadas, implica negarles la protección que ellas necesitan en momentos tan difíciles como éstos. Lo anterior, afecta directamente su derecho a la vida, a su salud, a su libertad personal, a su privacidad, a un debido proceso, entre otros. <strong>Obligarlas a continuar su embarazo en estas condiciones y, más aún, amenazarlas con ir a la cárcel si abortaran, es equivalente a tortura: un trato cruel, inhumano o degradante que le impone el Estado.</strong></p>
<p>Estas afirmaciones tienen un sustento legal: esa es la interpretación que los organismos competentes le han dado a los tratados internacionales de derechos humanos. Para dar el ejemplo más reciente, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas, en sus recomendaciones finales al Estado de Chile tras su revisión periódica, emitidas en junio de este año, manifestó su preocupación porque sigue vigente la estricta prohibición del aborto, sin embargo vio favorable la discusión del proyecto de ley, y <strong>recomendó que se agilice la adopción de éste, garantizando su compatibilidad con derechos fundamentales como el de la salud y la vida de la mujer, y considerando la ampliación de las circunstancias permitidas</strong>.</p>
<p>Estas interpretaciones se basan en el reconocimiento de la realidad que viven las mujeres y las niñas en estas circunstancias. Con la legislación chilena las mujeres y niñas que se enfrentan a esta situación quedan completamente desprotegidas, dado que los y las profesionales de la salud no pueden proporcionar genuinamente toda la información y todas las alternativas por temor a ser criminalizados/as también. Y así, se dan múltiples ejemplos.</p>
<p>Una mujer con un embarazo ectópico es obligada a esperar a que exista un riesgo inminente para su vida y ser operada de urgencia, por temor a que intervenirla tempranamente sea considerado un aborto punible.</p>
<p><strong>Una mujer con cáncer que queda embarazada es amenazada por su propio médico tratante con ser denunciada si aborta, viéndose enfrentada a sólo dos alternativas dentro de la legalidad: continuar su tratamiento contra el cáncer, arriesgando su embarazo, o bien suspender dicho tratamiento para continuar su embarazo, arriesgando su vida</strong>.</p>
<p>Una mujer con un embarazo inviable que toma la difícil decisión de no continuar el embarazo en esas condiciones se ve obligada a gastar sus ahorros y reunir fondos a través de las redes sociales para poder costear un viaje al extranjero, a un país donde el aborto en ese caso sea legal, lejos de su familia y sus redes de apoyo.</p>
<p><strong>Una mujer violada enfrenta su situación completamente sola y atemorizada, sin posibilidad de decidir libremente cómo quiere afrontar su situación.</strong></p>
<p>Todos los ejemplos descritos en el párrafo anterior están basados en casos reales. Son mujeres que han enfrentado esa situación y que dieron su testimonio a Amnistía Internacional, que han querido compartir su experiencia para mostrar los efectos que tuvo la legislación chilena en sus vidas y apoyar la necesidad de modificarla. Son mujeres como ellas las que deben seguir esperando a que el Congreso Nacional “negocie” y decida darles protección.</p>
<p>La legislación debe reconocer a las mujeres como sujetas de derechos y capaces de tomar decisiones por sí mismas, que el embarazo las afecta principalmente a ellas y que, por tanto, la decisión de continuar o no dicho embarazo en estos casos debe ser de ellas.</p>
<p>Negarles esta posibilidad implica dejarlas desprotegidas y solas. El Estado en este escenario no puede imponer una sola solución a todas las mujeres, sino que debe  cumplir dos roles: entregarle a la mujer toda la información que necesite para que tome una decisión libre e informada, y luego <strong>proporcionarle todos los servicios que esa mujer requiera para poder ejecutar su decisión, sea que decida continuar su embarazo o interrumpirlo.</strong></p>
<p>Regular el aborto, al menos en estas tres causales, es un imperativo de derechos humanos y es un compromiso con la vida y salud de las mujeres y niñas.</p>
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		<title>Carabineros y derechos humanos</title>
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		<pubDate>Tue, 07 Apr 2015 15:49:53 +0000</pubDate>
		<dc:creator>manola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Derechos humanos]]></category>
		<category><![CDATA[Ana Piquer]]></category>

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		<description><![CDATA[No puedo sino manifestar mi más profunda preocupación acerca de la polémica suscitada durante el fin de semana entre el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) y Carabineros, a raíz del informe de derechos humanos para jóvenes, en el que &#8230;<span class="br01"></br></span><a href="http://blogs.cooperativa.cl/opinion/derechos-humanos/20150407124953/carabineros-y-derechos-humanos-3/">Sigue leyendo <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>No puedo sino manifestar mi más profunda preocupación acerca de la polémica suscitada durante el fin de semana entre el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) y Carabineros, a raíz del informe de derechos humanos para jóvenes, en el que se menciona el uso excesivo de la fuerza y de las detenciones masivas como un mecanismo de represión utilizado por Carabineros que coarta el derecho a reunión.</p>
<p><strong>La reacción del Cuerpo de Carabineros &#8211; criticando al INDH y amenazando incluso con acciones legales &#8211; resulta por decir lo menos, asombrosa.</strong></p>
<p>¿Implica entonces esto que Carabineros niega que estas prácticas ocurran?</p>
<p>Mal podrían hacerlo. El actuar de la Policía en el contexto del control de manifestaciones ha estado bajo la lupa del INDH, de Amnistía Internacional y otras organizaciones de la sociedad civil desde hace ya varios años, quienes han venido documentando de diferentes formas estos abusos. En recientes revisiones del Estado de Chile en espacios de Naciones Unidas, como la revisión del Comité de Derechos Humanos o el Examen Periódico Universal, Chile ha recibido diversas recomendaciones ante la preocupación del actuar abusivo de Carabineros en ese contexto.</p>
<p>El uso excesivo de la fuerza y el uso indiscriminado de medios disuasivos, las detenciones masivas arbitrarias, los malos tratos durante las detenciones incluyendo la violencia sexual, son todas prácticas que han sucedido en Chile en los últimos años y que constituyen violaciones a los derechos humanos. <strong>Como tales, es fundamental asegurar verdad, justicia y reparación a las víctimas mediante una investigación independiente e imparcial y un juicio con las debidas garantías ante un tribunal civil.</strong></p>
<p>Entonces, si no busca negar los hechos ¿pretende con esto Carabineros plantear que estas prácticas sí ocurren, pero no debieran difundirse públicamente ni darse a conocer a las personas jóvenes?</p>
<p><strong>Esconder las violaciones de derechos humanos es la mejor manera de perpetuarlas. Es fundamental que todas las personas conozcan sus derechos y sepan claramente si agentes del Estado se han comportado de manera contraria a éstos. Esto aplica también para los/as jóvenes, quienes además con frecuencia han sido víctimas en estos hechos.</strong></p>
<p>Que las personas jóvenes en Chile sepan que se han producido estos abusos, sepan quién fue Manuel Gutiérrez y que fue un carabinero quien lo mató, que sepan que eso es algo que no es aceptable y es contrario a los derechos humanos, es fundamental para tener alguna esperanza de que hechos como éstos dejen de repetirse.</p>
<p><strong>Esto no es enlodar a Carabineros. Sin duda que la Policía cumple una labor cotidiana que merece reconocimiento. Sin duda que cumple una tarea difícil en el control del orden público, pero un informe sobre derechos humanos en Chile no puede simplemente omitir hechos en los que el actuar policial sea abusivo.</strong></p>
<p>Lo que se esperaría de Carabineros no es la negación o la ofensa, sino un compromiso de hacer frente a estas denuncias, investigarlas, facilitar las investigaciones judiciales y adoptar medidas preventivas eficaces. Carabineros deberían ser los primeros en proteger el prestigio de la institución dando garantías de que hechos como éstos nunca más vuelvan a suceder.</p>
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		<title>Chile ¿buenas noticias en derechos humanos?</title>
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		<pubDate>Fri, 27 Feb 2015 14:42:21 +0000</pubDate>
		<dc:creator>manola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Derechos humanos]]></category>
		<category><![CDATA[Ana Piquer]]></category>

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		<description><![CDATA[El reciente informe anual de Amnistía Internacional muestra un panorama sumamente preocupante para los derechos humanos. Conflictos armados que afectan mayormente a la población civil, millones de personas desplazadas y buscando refugio huyendo de estos conflictos, ataques crecientes a la &#8230;<span class="br01"></br></span><a href="http://blogs.cooperativa.cl/opinion/derechos-humanos/20150227114221/chile-buenas-noticias-en-derechos-humanos/">Sigue leyendo <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El reciente informe anual de Amnistía Internacional muestra un panorama sumamente preocupante para los derechos humanos. Conflictos armados que afectan mayormente a la población civil, millones de personas desplazadas y buscando refugio huyendo de estos conflictos, ataques crecientes a la libertad de expresión y una reducción de espacios para la sociedad civil.</p>
<p>En este brutal panorama, el capítulo sobre Chile del mismo informe puede parecer que sólo contiene buenas noticias. Pero es necesario hacer un análisis de mayor detalle para no celebrar prematuramente.</p>
<p>En primer lugar, es llamativo que si uno revisa el mismo capítulo en informes anteriores, los temas que aparecen destacados para Chile son siempre los mismos. Los avances y deudas para eliminar la impunidad por crímenes de la dictadura, los derechos de los pueblos indígenas y la violencia policial en comunidades mapuche, preocupaciones generales en lo relativo al actuar policial en el control de manifestaciones y denuncias de uso excesivo de la fuerza, los derechos sexuales y reproductivos y la criminalización total del aborto y la discriminación a la diversidad sexual.</p>
<p>Este año el informe reporta buenas noticias en varios de estos temas, algunos de los cuales han sido asuntos pendientes de larga data. Pero estas buenas noticias deben tomarse con cautela.</p>
<p><strong>En lo relativo a la impunidad por crímenes de la dictadura, siguen abiertos más de 1000 juicios y ha habido nuevas condenas. El gobierno anunció su apoyo y urgencia al proyecto de ley que anularía al fin el Decreto Ley de Amnistía, lo que permitiría incluso -como debe ser- reabrir los casos en que éste se haya aplicado. Pero ¿se dará realmente a esto el impulso legislativo que se necesita para llevarlo a término? ¿Cómo se compatibiliza esto con el proyecto de ley enviado a fines de 2014 que interpreta las normas sobre amnistía y prescripción, y que pareciera tener sólo efectos hacia el futuro?</strong></p>
<p>El gobierno también ha anunciado la intención de enviar al Congreso <strong>un proyecto de ley para tipificar el delito de tortura </strong>en Chile, dado que hoy en nuestra legislación sólo existe un delito de “apremios ilegítimos”, cuya definición no está en línea con los tratados internacionales de derechos humanos. Pero, si bien este anuncio se hizo en junio del año pasado, todavía no se ha enviado un proyecto de ley ni ha habido un compromiso con fecha para hacerlo. <strong>¿Se enviará realmente un proyecto en el corto plazo?</strong></p>
<p>Otra buena noticia es que Carabineros hizo públicos sus protocolos de actuación en el control de manifestaciones, tras resistirse a publicarlos por muchos años, dando una señal de transparencia y posibilitando cierto control ciudadano. Pero, ¿qué pasa realmente si en la práctica un policía viola estos protocolos? ¿Qué consecuencias reales tendrá al interior de Carabineros, qué controles se establecerán y qué mecanismos de denuncia tiene la ciudadanía que detecte estas vulneraciones?</p>
<p><strong>Y relacionado con lo anterior, las denuncias de violencia policial que llegan a la justicia, con frecuencia son vistas ante la justicia militar, que no da garantías de total independencia e imparcialidad.La Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó a Chile modificar esta normativa, en un fallo que este año cumplirá 10 años sin haberse terminado de implementar. </strong></p>
<p>Recientemente, tanto el Tribunal Constitucional como la Corte Suprema han fallado traspasando algunos de estos casos a la justicia ordinaria. Además, el gobierno ha expresado su intención de enviar un proyecto de ley para al fin concretar esta reforma. Pero, ¿qué prioridad legislativa se le dará realmente? Me pregunto esto, pues pese a su importancia esto no parece estar entre las “grandes reformas” que cuentan con la mayor atención pública. Y una vez que se presente un proyecto de ley, ¿avanzará realmente su tramitación en el Congreso?</p>
<p>Algo similar ocurre con la reforma a la Ley de Migraciones, en la que el Gobierno ha estado trabajando. ¿Qué prioridad real se le dará una vez que ésta llegue al Congreso? ¿Qué atención se le dará a las normas internacionales de derechos humanos? ¿Se les mantendrá en el centro de la discusión?</p>
<p>En materia de diversidad sexual, se ve como avance la aprobación del Acuerdo de Unión Civil, que al fin permite dar un reconocimiento legal a parejas del mismo sexo. Pero, <strong>¿existirá voluntad para avanzar hacia una total igualdad para todas las parejas en las normas sobre matrimonio y filiación?</strong></p>
<p>Se ha avanzado también en la tramitación de la Ley de Identidad de Género, pero algunos/as parlamentarios/as han presentado indicaciones que resultan en sí mismas discriminatorias y contrarias al propósito de la ley. ¿Será posible que el resultado sea una ley que reconozca debidamente el derecho a la identidad de género de manera alineada con los derechos humanos?</p>
<p>Finalmente, una excelente noticia es la presentación de un proyecto de ley que despenaliza y regula el acceso al aborto en algunos casos extremos. Esto es un primer paso importante a abrir un debate fundamental, dado que la criminalización total del aborto que hoy tiene Chile es contraria a los derechos humanos, y así lo han hecho ver diversos organismos de derechos humanos de Naciones Unidas.</p>
<p><strong>Pero, ¿estará el Congreso a la altura de este debate? ¿Qué riesgo tenemos de que se apruebe una ley extremadamente reducida, o que regule restricciones tan estrictas que en definitiva no tenga mayor aplicabilidad y, por tanto, no genere efectos reales en la vida de las mujeres afectadas?</strong></p>
<p>Sin duda hay buenas noticias. Pero claramente es pronto para celebrar. Podemos acoger y apoyar los avances, pero eso no es incompatible con mantener una actitud vigilante.</p>
<p>La atención que se dé desde la ciudadanía será fundamental para asegurar que los anuncios se conviertan en proyectos de ley, que los proyectos de ley se transformen en leyes realmente alineadas con los derechos humanos, y que las leyes se implementen de manera que generen cambios reales en la vida de las personas en Chile.</p>
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		<title>No está pasando aquí, pero está pasando ahora</title>
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		<pubDate>Wed, 10 Dec 2014 22:09:58 +0000</pubDate>
		<dc:creator>manola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Derechos humanos]]></category>
		<category><![CDATA[Ana Piquer]]></category>

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		<description><![CDATA[Eventos como la Teletón nos ha llevado a la convicción de que en Chile somos personas muy solidarias. Cuando hablamos de “solidaridad”, parece ser que siempre pensamos en esta manera de ayudar a otras personas: con una donación puntual, entregando &#8230;<span class="br01"></br></span><a href="http://blogs.cooperativa.cl/opinion/derechos-humanos/20141210190958/no-esta-pasando-aqui-pero-esta-pasando-ahora-2/">Sigue leyendo <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p align="left">Eventos como la Teletón nos ha llevado a la convicción de que en Chile somos personas muy solidarias. Cuando hablamos de “solidaridad”, parece ser que siempre pensamos en esta manera de ayudar a otras personas: con una donación puntual, entregando víveres o ropa, para ayudar a nuestros/as compatriotas.</p>
<p align="left">Eso está muy bien, pero no es la única forma de expresar la solidaridad. En esta ocasión, quiero hacer una invitación a mirar más allá de nuestro país, a las realidades que viven personas en diferentes continentes y por diferentes razones.</p>
<p align="left">Por ejemplo, un hombre llamado <strong>Raif Badawi</strong> fue arrestado en julio de 2012 y actualmente cumple condena en la cárcel de Birman en Arabia Saudita. Raif es el fundador de “Liberales de Arabia Saudita”, un foro online destinado a promover el debate político y social en el país. A raíz de este foro, fue acusado de violar la ley informática de su país y de insultar al islam, e incluso la Fiscalía intentó que fuera juzgado por el crimen de “apostasía”, lo cual podría haberle significado una condena a muerte. <strong>Finalmente fue sentenciado a 10 años de prisión, 1.000 latigazos, una multa, la prohibición de viajar por 10 años y la prohibición permanente de expresar públicamente su opinión a través de los medios de comunicación.</strong></p>
<p align="left">Una mujer llamada <strong>Liu Ping</strong> fue condenada en julio de 2014 a una sentencia de 6 años debido a sus actividades contra la corrupción en China. Ella fue activista del llamado “Nuevo Movimiento Ciudadano”, un grupo que promueve la participación en la vida cívica. Los/as activistas de este movimiento han sido acosados/as o detenidos/as como parte de una ofensiva de las autoridades chinas. La ofensiva contra este grupo pone en serias dudas las afirmaciones de las autoridades chinas que afirman haber adoptado fuertes medidas contra la corrupción, mientras al mismo tiempo persiguen a aquellos/as que tratan de exponerla. <strong>Liu Ping fue torturada durante su detención previa al juicio en el que recibió su condena.</strong></p>
<p align="left"><strong>Chelsea Manning</strong> puede ser un caso conocido para algunas personas. Ella es una soldado del ejército de los Estados Unidos condenada a 35 años de cárcel por la filtración de material gubernamental clasificado al sitio Wikileaks. <strong>Parte de la información que Manning reveló muestra posibles violaciones de derechos humanos y del derecho internacional humanitario cometidas por las tropas estadounidenses en el extranjero, por las fuerzas afganas e iraquíes en conjunto con las fuerzas estadounidenses, por los contratistas militares y por la CIA, todo en el contexto de operaciones antiterroristas.</strong> Mientras esperaba su juicio, Manning fue detenida en régimen de aislamiento en una base militar por siete meses.</p>
<p align="left">Ahora, más cerca en términos geográficos, un joven de 21 años, llamado <strong>Daniel Quintero</strong> participó en una manifestación contra el gobierno en la ciudad de Maracaibo en Venezuela en febrero de este año. En el camino a su casa fue detenido por funcionarios de la Guardia Nacional Bolivariana y fue torturado en tres sitios diferentes antes de ser puesto en libertad. <strong>Hasta ahora no se ha hecho justicia por las torturas sufridas.</strong></p>
<p align="left">Por último, en un lugar llamado <strong>Mkhondo</strong> en Sudáfrica, se encuentran con gravísimas dificultades para acceder a atención prenatal temprana y continua para las mujeres embarazadas, al punto que un 25% de las muertes maternas podrían haberse evitado si no hubieran tenido un acceso tardío y poco frecuente a la atención prenatal. Mkhondo se encuentra en la Provincia de Mpumalanga, que es la única provincia de todo Sudáfrica donde las tasas de mortalidad materna han ido en aumento en lugar de disminuir.</p>
<p align="left">Estas personas, hombres y mujeres, han sido víctimas de graves violaciones a sus derechos humanos. No son chilenas y ni chilenos. No está pasando aquí, pero está pasando ahora, a personas como tú o como yo.</p>
<p align="left"><strong>Amnistía Internacional, a través de su “maratón de cartas” – hito anual que realiza todos los años en diciembre en el contexto del Día Internacional de los Derechos Humanos – estará trabajando arduamente para movilizar a millones de personas en todo el mundo, para firmar acciones, escribir cartas y enviar mensajes de solidaridad a éstas y otras personas.</strong></p>
<p align="left">Al igual como sucede cuando un pequeño aporte a la Teletón contribuye a recolectar miles de millones de pesos, aquí cada firma individual, sumada a las demás, contribuye a hacer una presión real a los gobiernos para que tomen acciones y, en definitiva, se mejore la vida de estas personas, para que recuperen su libertad, cuenten con adecuados accesos a  salud, tengan derecho a acceder a la justicia, etc.</p>
<p align="left">Mi invitación es a no dejar pasar una oportunidad como ésta, en especial hoy que conmemoramos el Día Internacional de los derechos humanos. Apoyemos esta <a href="http://www.amnistia.cl/web/formulario/MaratonCartas/ficha.php?carta=daniel-quintero">campaña</a> y demostremos que nuestra solidaridad se extiende más allá de las fronteras del país.</p>
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		<title>Aborto: mi cuerpo, mis derechos</title>
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		<pubDate>Wed, 12 Nov 2014 13:00:46 +0000</pubDate>
		<dc:creator>manola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Derechos humanos]]></category>
		<category><![CDATA[Ana Piquer]]></category>

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		<description><![CDATA[En las últimas semanas presenciamos, una vez más, levantarse el debate en torno al aborto a raíz de un caso particularmente estremecedor. Esta vez, se trataba de una niña, a sus 13 años estaba embarazada producto de una violación. Habría &#8230;<span class="br01"></br></span><a href="http://blogs.cooperativa.cl/opinion/derechos-humanos/20141112100046/aborto-mi-cuerpo-mis-derechos/">Sigue leyendo <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En las últimas semanas presenciamos, una vez más, levantarse el debate en torno al aborto a raíz de un caso particularmente estremecedor. Esta vez, se trataba de una niña, a sus 13 años estaba embarazada producto de una violación. Habría sido violada por su hermanastro. El feto se diagnosticó como inviable, se sabía que no podría sobrevivir fuera del útero y, de hecho, falleció a los pocos días. Después de esto, no sabemos qué pasará con esta niña.</p>
<p>Ella sólo tuvo sólo una opción: vivir el trauma de la violación, mientras avanzaba el embarazo que fue su consecuencia, sabiendo además que tenía que esperar parir y luego ver morir a su hijo.</p>
<p>¿Es eso lo que ella hubiera querido?</p>
<p>¿Es esto lo que otras mujeres quieren vivir?</p>
<p><strong>¿Es esa la mejor manera para que esta niña  pueda recibir la reparación y rehabilitación que necesita para rearmar su vida tras ser violada? Lamentablemente, al parecer, ni siquiera vale la pena preguntárselo, pues la opción de interrumpir el embarazo no está sobre la mesa, sin arriesgarse ella y el profesional que lo practique a enfrentar la justicia penal.</strong></p>
<p>En definitiva, a una mujer o una niña en esta situación, el Estado la está obligando a continuar su embarazo, independientemente de la opinión de ella acerca de cuál sería su mejor manera de sobrellevar el dolor.</p>
<p>Ha habido voces contrarias a la despenalización del aborto, que señalan que  no es “la solución” en ningún caso. Que es necesario adoptar medidas de prevención, por una parte, para limitar la cantidad de embarazos no deseados y, por otra parte, medidas de acompañamiento a las mujeres embarazadas en situación vulnerable, de manera de permitirles un mejor embarazo y apoyarlas en la decisión de criar a su hijo/a o darlo/a en adopción. Y se plantea como una alternativa: “si hacemos todo esto, no será necesario despenalizar el aborto”.</p>
<p><strong>Pero la posición a favor de despenalizar el aborto nunca se ha planteado como un asunto de “esto o lo otro”. No es “aborto o prevención”, “aborto o adopción”, “aborto o servicios a la mujer embarazada”.</strong></p>
<p>La adecuada protección a los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres requeriría contar con todo esto y más: una adecuada educación sexual; apropiado acceso a información y servicios en distintas formas de anticoncepción, incluyendo la anticoncepción de emergencia; la protección contra la violencia de género y la discriminación; una adecuada atención de salud durante el embarazo, incluyendo salud mental, y toda la gama de servicios sociales y de otro tipo necesarios para acompañar a la mujer embarazada, especialmente a las más vulnerables. Pero también requiere despenalizar el aborto, y contar con la provisión de servicios seguros y asequibles en caso de peligro de vida o salud de la mujer, inviabilidad fetal y en caso que el embarazo sea el resultado de violación o incesto.</p>
<p>No se trata de promover el aborto como “solución”. Se trata de que en casos tan extremos como éstos, exista la opción, y que cada mujer pueda decidir, libre e informadamente, qué camino quiere seguir en esos casos, qué es lo mejor para ella, desde sus convicciones y su manera particular de afrontar lo que está viviendo.</p>
<p><strong>Por ejemplo, ¿qué pasa si el peligro para la vida de una mujer no es inminente, pero sabe que de continuar su embarazo lo probable es que llegue a un punto en que su vida estará en juego?¿Debe estar obligada a esperar a que esté al borde de la muerte para poder interrumpir el embarazo?</strong></p>
<p>En el caso de un feto inviable, ¿debe estar obligada a llevar a término dicho embarazo, sabiendo que sólo será para ver morir a su hijo? Cuando el embarazo es resultado de una violación, ¿debe estar obligada a continuar un embarazo, incluso cuando éste le recuerde, cada día, el trauma de la violación que vivió?</p>
<p>Nuevamente, no se trata de promover el aborto como “solución en estos casos”. Se trata de que cada mujer, en sus circunstancias específicas, debe poder tomar esa decisión libre e informadamente. Puede haber mujeres que opten por continuar y llevar a término su embarazo en todos los ejemplos anteriores, y si existieran servicios y acompañamiento adecuado, puede que sean muchas más. Pero puede haber mujeres que, teniendo toda la información sobre la mesa, sin discriminación ni temor a ser criminalizadas, prefieran interrumpir su embarazo.</p>
<p>Y siendo así, al obligarlas a continuar embarazadas contra su voluntad, al impedirles decidir por sí mismas, el Estado les está infligiendo un trato cruel, inhumano o degradante; una violación a sus derechos humanos.</p>
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		<title>Mujeres en El Salvador y en Chile: criminalizadas y violadas en sus derechos</title>
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		<pubDate>Wed, 01 Oct 2014 20:54:38 +0000</pubDate>
		<dc:creator>manola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Derechos humanos]]></category>
		<category><![CDATA[Ana Piquer]]></category>

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		<description><![CDATA[No hay duda de que América Latina ha vivido un pasado reciente de dictaduras y conflictos armados internos durante el cual se cometieron espantosas violaciones de los derechos humanos.El Salvador, donde estuvo una misión de Amnistía Internacional, no es una &#8230;<span class="br01"></br></span><a href="http://blogs.cooperativa.cl/opinion/derechos-humanos/20141001175438/mujeres-en-el-salvador-y-en-chile-criminalizadas-y-violadas-en-sus-derechos/">Sigue leyendo <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>No hay duda de que América Latina ha vivido un pasado reciente de dictaduras y conflictos armados internos durante el cual se cometieron espantosas violaciones de los derechos humanos.El Salvador, donde estuvo una misión de Amnistía Internacional, no es una excepción.</p>
<p>Si bien, como en muchos otros países de la región, todavía existen tremendas deudas pendientes con las víctimas de ese periodo, se ha logrado la paz en El Salvador y el país ha firmado numerosos tratados de derechos humanos que prometen proteger los derechos de sus ciudadanas y ciudadanos.</p>
<p>Sin embargo, todo los pasos por lograr la paz, y estos documentos firmados, pareciera que fueran a costa del silencio de las mujeres. <strong>Estos sin duda, no han ayudado a María Teresa, una mujer que representa las muchas caras de la injusticia en el país. Ha sido condenada a 40 años de prisión como consecuencia de la violencia institucional y la prohibición total del aborto. María Teresa tuvo un aborto espontáneo, cuando ella ni siquiera sabía que estaba embarazada. Ella es una víctima de la profunda discriminación y criminalización de las mujeres en un contexto que limita sus decisiones reproductivas.</strong></p>
<p>María Teresa hoy se encuentra en la cárcel de Ilopango, donde ha estado recluida por más de tres años, y donde no se escapa de los estigmas y las humillaciones.</p>
<p>El caso de María Teresa es una historia que, sin duda, es injusta y muy triste. Pero este relato no es único ni aislado. Cada día, las mujeres y niñas de El Salvador están sufriendo, gracias a una ley represiva y desfasada, la prohibición total de aborto.</p>
<p>La draconiana ley en el país ha tenido como consecuencia la muerte de cientos de mujeres y niñas que se someten a abortos clandestinos cada año. La criminalización de esta práctica también ha provocado que aquéllas de quienes se sospecha que se han sometido a un aborto se enfrenten a largas penas de cárcel, como María Teresa.</p>
<p>Esta ley era la razón por la que Amnistía Internacional estuvo en El Salvador la semana pasada.El 25 de septiembre la organización lanzó el nuevo informe titulado <strong>“Al borde de la muerte: la violencia contra las mujeres y la prohibición del aborto en El Salvador</strong>.” El informe aborda las enormes barreras culturales e institucionales que afrontan las mujeres y las niñas para ejercer sus derechos humanos, particularmente las que dificultan el pleno ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos.</p>
<p><strong>El Salvador tiene una de las leyes más restrictivas de aborto en el mundo. Las mujeres y las niñas no pueden acceder a el, incluso si llevar adelante su embarazo las mata o les puede crear una incapacidad de por vida. Ellas no pueden obtener un aborto, incluso si es una niña de nueve años que ha quedado embarazada como resultado de una violación. Estos no son ejemplos abstractos, durante años Amnistía Internacional ha documentado muchos casos en circunstancias similares.</strong></p>
<p>Lamentablemente, las violaciones de derechos humanos de mujeres y niñas son extremas en El Salvador y, peor aún, estas vulneraciones no son únicas en nuestra región.</p>
<p>América Latina y el Caribe van en contradicción con el resto del mundo en relación a legislación sobre el derecho al aborto. Entre 1996 y 2013, el porcentaje de países que han despenalizado el aborto por alguna causal ha ido incrementándose gradualmente.</p>
<p>En el mismo periodo solo ocho países lo han restringido, tres de los cuales están en nuestra región. El 98% de los países del mundo permiten el aborto por lo menos cuando la vida de la mujer está en riesgo y dos tercios lo permiten cuando la salud física o mental de la mujer está en peligro. Sin embargo, siete de los nueve países que criminalizan el aborto sin excepciones expresas están en América.</p>
<p><strong>Uno de estos países es Chile. Afortunadamente, acá se ha anunciado que se va a revisar esta situación. En su programa de gobierno la Presidenta Michelle Bachelet se ha comprometido expresamente a promover la despenalización del aborto en casos de peligro para la vida de la mujer, violación o inviabilidad del feto.</strong></p>
<p>Por ello, Amnistía Internacional presentó recientemente el documento <strong>&#8220;El aborto y los derechos sexuales y reproductivos. Fundamentos de los derechos humanos&#8221;,</strong> buscando contribuir al debate en Chile desde nuestra mirada. El Salvador, así como Honduras, Nicaragua, República Dominicana, Suriname y Haití deberían seguir este ejemplo.</p>
<p>Por otra parte, la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha establecido una clara correlación entre la penalización del aborto y la muerte de mujeres por esta causa.<sup> </sup><strong>La razón de muerte materna es tres veces más alta en países con leyes restrictivas de aborto.</strong><sup> </sup></p>
<p>Amnistía Internacional ha pedido al gobierno de El Salvador, y particularmente al Presidente Sánchez Cerén, derogar las leyes que penalizan el aborto y garantizar que las mujeres y las niñas tengan acceso a servicios de aborto, por lo menos, en los casos en que el embarazo supone un riesgo para la vida o la salud física o mental, donde hay malformación fetal grave, y en casos de violación o incesto. <strong>También ha pedido al gobierno de Chile que cumpla con el anuncio y se inicie prontamente el debate legislativo en este sentido.</strong></p>
<p>Es la misma demanda de justicia e igualdad que reiteramos con ocasión del 28 de septiembre de 2014, día mundial de la despenalización del aborto, a todos los Estados de la región.</p>
<p>Es precisamente en 2014 que se cumplen 20 años de la Conferencia Internacional de Población y Desarrollo, y al revisar los avances en la región, los gobiernos se comprometieron a<em> “modificar las leyes sobre la interrupción voluntaria del embarazo para salvaguardar la vida y la salud de mujeres y adolescentes, mejorando su calidad de vida y disminuyendo el número de abortos”.</em></p>
<p>En el 2014 también se cumplen 20 años de la entrada en vigor de la Convención de Belém do Para, donde los Estados se comprometieron a garantizar a las mujeres una vida libre de violencia.</p>
<p>Despenalizar el aborto es un compromiso con el derecho a la vida, a la igualdad y un imperativo de derechos humanos. El momento es ahora.</p>
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		<title>Derechos sexuales y reproductivos, aborto y mucho más</title>
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		<pubDate>Fri, 30 May 2014 16:16:13 +0000</pubDate>
		<dc:creator>manola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Derechos humanos]]></category>
		<category><![CDATA[Ana Piquer]]></category>

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		<description><![CDATA[Ya se ha dicho y escrito mucho acerca del discurso de la Presidenta del 21 de mayo.Hubo dos cosas &#8211; entre otras &#8211; que llamaron la atención: la ausencia de temas vinculados a la diversidad sexual, y el anuncio de &#8230;<span class="br01"></br></span><a href="http://blogs.cooperativa.cl/opinion/derechos-humanos/20140530121613/derechos-sexuales-y-reproductivos-aborto-y-mucho-mas/">Sigue leyendo <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Ya se ha dicho y escrito mucho acerca del discurso de la Presidenta del 21 de mayo.Hubo dos cosas &#8211; entre otras &#8211; que llamaron la atención: la ausencia de temas vinculados a la diversidad sexual, y el anuncio de la intención de avanzar hacia la despenalización del aborto en tres causales. Ambas cosas se han hablado separadamente y desde distintas miradas.</p>
<p>Lo que no quisiera es que esto lleve a una mirada fragmentada de lo que son los derechos sexuales y reproductivos, en cuanto a derechos humanos.</p>
<p>Los llamados derechos sexuales y reproductivos son un conjunto de derechos y libertades, consagrados o derivados de distintos tratados internacionales de derechos humanos, que tienen que ver con el disfrute pleno de la sexualidad y la capacidad de las personas de tomar decisiones libres, informadas y sin temor a represalias. </p>
<p>Son derechos básicos para la realización de los derechos humanos de cualquier persona, porque se vinculan con el disfrute del bienestar físico, emocional, mental y social.Su realización puede mejorar la salud en general y las relaciones personales y, además, ayuda a conseguir la igualdad de género y el empoderamiento.</p>
<p><strong>La demanda por normas igualitarias en materia de matrimonio y unión civil para todas las parejas, incluidas las del mismo sexo, se basa precisamente en estos derechos. Se vincula con la libertad de tener una vida sexual satisfactoria, segura y placentera, determinando la propia orientación sexual o identidad de género; el derecho a elegir pareja sexual o conyugal; el derecho a contraer matrimonio y formar una familia, y a vivir en diferentes formas de familia.</strong></p>
<p>De la misma forma, la demanda por la adopción de una ley de identidad de género, también tiene un sustento en derechos humanos. Se basa en el derecho a determinar la propia orientación sexual e identidad de género, con independencia del género asignado al nacer.</p>
<p>La necesidad de contar con educación sexual e información oportuna sobre sexualidad y reproducción, también es materia de derechos humanos. </p>
<p>El que se hagan realidad los derechos a decidir ser o no sexualmente activo, a tener una vida sexual satisfactoria, segura y placentera, a mantener relaciones sexuales consensuales, a elegir pareja sexual y/o conyugal, a decidir libremente el número de hijos/as, el espaciamiento entre ellos/as y el momento de tenerlos/as, depende por completo de que las personas cuenten con la información y el empoderamiento necesario para hacer valer e implementar sus decisiones.</p>
<p><strong>La exigencia de que se garantice el acceso a anticoncepción, incluyendo la de emergencia a todas las personas que lo requieran, también forma parte de esto. El derecho a decidir el número, espaciamiento y oportunidad para tener hijos/as, depende de este acceso e información, así como el acceso a servicios de salud adecuados.</strong></p>
<p>La necesidad de tomar medidas para prevenir, investigar y sancionar toda forma de violencia sexual también es esencial. Toda persona tiene derecho a vivir libre de sufrir violación o cualquier forma de violencia de género (como embarazo o esterilización forzados, mutilación genital femenina o aborto forzado), y a acceder a reparaciones por los actos de violencia sexual o de género de que sea víctima. </p>
<p><strong>Y sí, la necesidad de avanzar hacia la despenalización del aborto y a garantizar acceso a servicios seguros de salud para poder practicarse uno en caso que la mujer haya sido violada o si su vida o su salud están en peligro, o en caso de complicaciones surgidas a raíz de un aborto, también es parte de estos derechos. </strong></p>
<p>En esta línea, el anuncio del gobierno al parecer estaría dando un paso adelante, pero parcial. La despenalización del aborto sólo en tres causales no necesariamente garantiza el acceso a servicios seguros.</p>
<p>El aborto puede verse como algo separado de todo lo anterior, pues éstos son temas de menor nivel de polémica en la actualidad. </p>
<p>Si una persona cuenta con información suficiente para vivir su sexualidad y tomar decisiones acerca de su reproducción libremente, si tiene acceso a anticoncepción y a información suficiente acerca de cómo utilizar debidamente los diferentes métodos disponibles, es probable que disminuyan los embarazos no deseados y, por ende, los abortos. </p>
<p><strong>Si los anticonceptivos de emergencia están debidamente disponibles, también disminuyen los embarazos no deseados, pudiendo incluso disminuir los casos de embarazo como consecuencia de una violación. Si se logra disminuir la violencia de género, es probable que los embarazos productos de violación también disminuyan. Una mirada integral a los derechos sexuales y reproductivos puede, en la práctica, disminuir los casos de aborto.</strong></p>
<p>Pero el aborto nunca puede quedar completamente fuera de la mesa. Cuando una mujer ha sido violada y su embarazo continúa, pues no tuvo acceso a la píldora del día después o no se atrevió a denunciar la violación (y por tanto no operaron los protocolos aplicables, que incluiría la administración de anticoncepción de emergencia); cuando está en peligro su vida o su salud, todo lo anterior no sirve. </p>
<p>Por lo tanto, debe ser la mujer quien, libre e informadamente y sin temor a represalias legales o sociales, debe poder decidir si quiere continuar o no con su embarazo. Cada mujer debe tener la posibilidad de decidir de qué manera, de acuerdo a sus circunstancias, vivencias, experiencias, creencias, puede sobrellevar de mejor manera la difícil situación en que se encuentra. </p>
<p>Si al abortar corre riesgo de ser criminalizada, en la práctica, se la está obligando a continuar el embarazo. Ya se ha dicho en instancias internacionales: obligar a una mujer a continuar un embarazo en estas condiciones es equivalente a un trato cruel, inhumano y degradante infligido por el Estado en su contra. </p>
<p>Centrar el debate sólo en aborto y a la falsa dicotomía de “pro-vida” versus “pro-aborto” es reducir un asunto mucho más complejo. </p>
<p>Si hablamos de aborto, sin hablar también del reconocimiento a distintas formas de vivir la sexualidad, la orientación sexual y la identidad de género, de cómo prevenir la violencia sexual y de género, de la necesidad de hablar abiertamente de sexualidad y control de natalidad, de cómo garantizamos el acceso a anticoncepción y anticoncepción de emergencia y a información acerca de cómo usarla, estamos mirando la cara más extrema de la problemática y dejando de mirar la integralidad de los derechos sexuales y reproductivos, de los cuales el aborto debe ser parte fundamental pero en ningún caso exclusiva.</p>
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