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	<title>Opinión en Cooperativa&#187; Justicia</title>
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		<title>SalfaCorp debe pagar lo que debe</title>
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		<pubDate>Sun, 31 Jan 2016 11:02:15 +0000</pubDate>
		<dc:creator>manola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Justicia]]></category>
		<category><![CDATA[Patricio Herman]]></category>

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		<description><![CDATA[La constructora Tecsa, de la cual el autor de esta columna tenía una óptima opinión mientras sus dueños controladores eran la familia Binder, fue adquirida en enero de 2011 por el gigante de la construcción SalfaCorp, la que se quedó &#8230;<span class="br01"></br></span><a href="http://blogs.cooperativa.cl/opinion/justicia/20160131080215/salfacorp-debe-pagar-lo-que-debe/">Sigue leyendo <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La constructora Tecsa, de la cual el autor de esta columna tenía una óptima opinión mientras sus dueños controladores eran la familia Binder, fue adquirida en enero de 2011 por el gigante de la construcción SalfaCorp, la que se quedó con todas las filiales y empresas relacionadas de Tecsa, empresa ésta de vasta experiencia por más de 60 años a nivel país en el ámbito industrial, inmobiliario, minería, infraestructura y energía.</p>
<p>Según la prensa de negocios, el propósito de la transacción era continuar con el potenciamiento de las operaciones de ingeniería y construcción de SalfaCorp como también consolidar nuevas líneas de negocios de la compañía, como lo son la de grandes movimientos de tierra y construcción de túneles en roca para minería e industrias, ello según lo señalado a través de un hecho esencial enviado por su gerente general a la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS).</p>
<p>Con este potenciamiento, el constructor SalfaCorp ha ampliado su presencia en el lucrativo mercado inmobiliario y desde que se tomó conocimiento de la compra, sus acciones tuvieron una considerable alza lo que significó una alerta en la SVS, institución fiscalizadora que analizó las operaciones velando por el correcto funcionamiento de los mercados accionarios.</p>
<p>Pero, y siempre  hay un pero, teniéndose presente que SalfaCorp se presenta públicamente como el <em>“mayor grupo empresarial del sector de la construcción en Chile, con un indiscutible liderazgo que ha cultivado durante sus 85 años de historia”</em> (sic), nos vemos en la obligación de informar que SalfaCorp pasó por encima de un pequeño contratista que le arrendó una correa transportadora que se utilizó en la construcción de una torre de oficinas de 21 pisos que enfrenta las avenidas Isidora Goyenechea y El Bosque Norte, del barrio El Golf de la comuna de Las Condes.</p>
<p>Dicha moderna torre, todavía no terminada, era inicialmente del Banco Santander, la que le fue vendida meses atrás en la suma de US$ 107 millones al poderoso grupo Angelini.</p>
<p>Pues bien, <strong>SalfaCorp vía su delegada Tecsa, a fines del año 2014, contrataron a la pequeña pero muy competente empresa Cintas Transportadoras Limitada, para que le arrendara por un corto período de tiempo una cinta especial que se ocupó en las obras de la torre antes indicada, operación comercial que generó una factura por una suma del orden de los $ 3 millones.</strong> Vencido el plazo de arrendamiento SalfaCorp devolvió al arrendador la correa, negándose sin razones válidas a pagar el contrato y como las innumerables gestiones de cobranza desarrolladas por la Pyme mencionada no produjeron efecto, fue necesario que el engañado interpusiera un recurso en los tribunales de justicia.</p>
<p>Después de muchos dimes y diretes en la tramitación del juicio en el 12º Juzgado Civil de Santiago (C-2567-2015) la jueza sustanciadora el 21 de septiembre de 2015 ordenó a la morosa atender que tiene <strong><em>“la obligación de pagar la suma consignada en la factura que motiva el libelo enderezado”,</em> condenando en costas a la parte ejecutada</strong>.</p>
<p>Pero, los letrados del Estudio Ossandón Abogados, cuyo socio principal y fundador es Roberto Ossandón Irarrázabal, defensores de la sociedad incumplidora de sus compromisos, han insistido en la postura de la empresa por ellos representada, a pesar de la existencia de ese fallo condenatorio.</p>
<p>Llama la atención que el abogado Ossandón sea presidente del <em>think tank</em> de derecha Instituto Libertad, institución que funciona en las mismas oficinas de Renovación Nacional. Asimismo suponemos que el senador Manuel José Ossandón, hermano del anterior, cuando conozca este episodio, se molestará por la situación, porque en un Estado de Derecho las deudas se pagan aunque sea extemporáneamente.</p>
<p>En síntesis, hay que terminar con estos episodios protagonizados por todos aquellos que tienen el poder económico y para ello lo más efectivo  es que la gente esté informada.</p>
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		<title>Ahora vamos por la agenda larga en seguridad pública</title>
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		<pubDate>Fri, 29 Jan 2016 20:57:59 +0000</pubDate>
		<dc:creator>manola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Justicia]]></category>
		<category><![CDATA[Fuad Chahín]]></category>

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		<description><![CDATA[En el Congreso se discute la “agenda corta anti delincuencia”, que básicamente centra el debate y la discusión sobre los delitos de propiedad y una ampliación de atribuciones para las policías en materia de control de identidad. Sin embargo, me &#8230;<span class="br01"></br></span><a href="http://blogs.cooperativa.cl/opinion/justicia/20160129175759/ahora-vamos-por-la-agenda-larga-en-seguridad-publica/">Sigue leyendo <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><strong></strong>En el Congreso se discute la “agenda corta anti delincuencia”, que básicamente centra el debate y la discusión sobre los delitos de propiedad y una ampliación de atribuciones para las policías en materia de control de identidad.</p>
<p>Sin embargo, me parece absolutamente necesario preguntarnos cómo pasamos de un paquete de medidas reactivas ante las cifras de victimización y la percepción de inseguridad a una política que apunte a una sana vida en comunidad. De alguna manera el Programa de Gobierno <em>“Seguridad para Todos</em>” lo delineaba, aunque todo indica que ha quedado en el olvido, tal vez por su acento en la creación de estructuras e instituciones en desmedro de la acción interagencial.</p>
<p>Partamos por rayar la cancha, ¿qué vamos a entender por prevención del delito?,esto me parece relevante al momento de brindar una respuesta de futuro a la seguridad ciudadana. Según la RAE prevención es la <em>p</em><em>reparación y disposición que se hace anticipadamente para evitar un riesgo o ejecutar algo</em>.</p>
<p>Si asumimos esta acepción de prevención y la interpretamos desde lo comunitario, se requiere más que un trabajo sobre instituciones reactivas (PDI, Carabineros o fiscalía), sino que debiera fundamentarse en acciones concretas en las personas, para que estas se sientan miembros de la sociedad, con valores y futuro común.</p>
<p><strong>Desde esa perspectiva, una agenda larga anti delincuencia, sustentable y con sentido social enfatiza el robustecimiento de la cohesión social por medio de políticas públicas orientadas a la educación y formación de personas en valores republicanos</strong>.</p>
<p>Esa política pública, bien comunicada, tendría especial sentido y eco en la clase media, la que mayoritariamente entiende que las policías están mitigando un problema que se extiende por desafectos y problemas estructurales en la educación y marginación (población vulnerable), <strong>elementos sobre los cuales el aumento en el consumo de drogas ha generado una descomposición social en los distintos estratos sociales (con efectos diferenciados). Este fenómeno no puede abordarse sólo desde el nivel policial y/o persecutorio, ¡con ello no creamos sociedad!</strong></p>
<p>Al respecto, en el asunto de fondo están los lineamientos políticos para abordar la seguridad pública, es decir nuestras convicciones. En efecto, la prevención debiéramos situarla en un contexto de categoría sistémica ordenadora, ya que para ser eficiente debe estar situada en las esferas de Cultura y Educación, puesto que en ese nivel la intervención resulta más efectiva y consistente en el tiempo.</p>
<p>Por ello, mi propuesta es orientar nuestra política de seguridad pública desde un enfoque intersectorial e interagencial, es decir, que las políticas, programas o lineamientos para prevención que estén dirigidos a distintas realidades etarias y/o socio culturales se realicen en sinergia con las carteras de educación, cultura, deporte, Interior, además de otras como SERNAM, SENDA, SENAME(Ministerio de Justicia).</p>
<p>En tal sentido, <strong>requerimos de un Estado más eficiente y comprometido en objetivos estratégicos comunes, en una aplicación de políticas integradas (no competitivas) cuyo eje de acción se realice por medio de la coordinación, sin necesidad de crear más burocracia o entidades de gobierno, sino que aunar criterios, mejorar los estándares en las evaluaciones de programas y complementar sus capacidades.</strong></p>
<p>Nuestro objetivo como sociedad es ampliar el sentido de vida, para lo cual la prevención más efectiva es por medio del afecto e integración de las personas. Es decir, <strong>levantar barrios amigables (conectados, con servicios sociales, en un entorno seguro y con espacio de encuentro para los vecinos); atender a los jóvenes y sus aspiraciones antes de que se inclinen por infringir la ley;</strong> actuar en la reforma educacional con esmero para mejor la calidad en la formación del carácter de los jóvenes, en definitiva, todo lo que apunta en la construcción del nosotros, base constitutiva de una República que quiere a todos sus hijos, y donde todos tiene cabida, incluidos quienes están privados de libertad y donde el Estado devela toda su incapacidad de reinserción.</p>
<p>Esta agenda anti delincuencia de largo plazo no erradicará la delincuencia, eso es una quimera, ninguna realidad política a excepción de las que proscriben todas las libertades (dictaduras) consiguen aquello, pero sí reduciría la percepción de inseguridad y sobre todo nos centraría en la discusión de fondo, que desde la política no podemos obviar y en la que la tecnocracia no tiene respuestas: ¿cuál es la sociedad que queremos crear, una centrada en la vigilancia y control social o una que intente robustecer una sociedad de personas que tienen un futuro común y compartido?</p>
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		<title>Control preventivo de identidad</title>
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		<pubDate>Fri, 29 Jan 2016 20:16:14 +0000</pubDate>
		<dc:creator>manola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Justicia]]></category>
		<category><![CDATA[Marcela Labraña Santana]]></category>

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		<description><![CDATA[Recientemente se aprobó en el Senado, en el marco de la agenda corta de seguridad, una indicación que faculta a las policías a realizar controles preventivos de identidad, incluyendo a niños entre 14 y 18 años, lo que resultó controversial &#8230;<span class="br01"></br></span><a href="http://blogs.cooperativa.cl/opinion/justicia/20160129171614/control-preventivo-de-identidad/">Sigue leyendo <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Recientemente se aprobó en el Senado, en el marco de la agenda corta de seguridad, una indicación que faculta a las policías a realizar controles preventivos de identidad, incluyendo a niños entre 14 y 18 años, lo que resultó controversial dado que podría vulnerar los derechos de los niños y niñas, algo que a 26 años de la Convención sobre los Derechos del Niño, resultaría un retroceso.</p>
<p>Sin embargo, este punto logró ser abordado a tiempo ya que se incorporaron una serie de medidas para asegurar la protección a los menores de edad: <strong>el control será sólo a mayores de 14 años; para este tramo etario la retención podrá durar como máximo una hora (a diferencia de las cuatro horas que están definidas para los mayores de edad)</strong>; este control se podrá realizar en espacios públicos o privados con acceso público y por último, <strong>los jóvenes podrán presentar cualquier medio de identificación que sea emitido por una institución pública.</strong></p>
<p>Todos estos elementos serán de mucha relevancia a la hora de prevenir la vulneración de los derechos que todas las personas, y muy especialmente los niños, tenemos ante la Ley.</p>
<p>Sin duda, la incorporación de estas medidas constituye un avance en la protección a los niños y niñas, ya que una de nuestras preocupaciones es que se les tratara igual que a los mayores de edad, algo que ya habíamos logrado alcanzar a partir de la implementación de la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, momento en que se reconoce la importancia que tiene distinguir a una persona que es mayor de edad respecto de un niño, niña o adolescente, que se encuentran en una etapa de desarrollo distinta y con recursos psicosociales y emocionales muy distintos a los de un adulto, lo que implica un tratamiento diferenciado para los menores de 18 años.</p>
<p>Ahora, uno de los puntos más relevantes es el rol que tenemos como padres ante este tema, como por ejemplo, saber dónde están nuestros hijos, asegurarnos que cuenten con algún documento identificatorio desde el minuto en que se movilicen solos (más allá de su edad), <strong>que cuenten con contactos de emergencia para que, en caso de tener un accidente o al ser controlados y trasladados a una unidad policial, puedan contactarse a la brevedad con un adulto responsable para que estén acompañados mientras dure el procedimiento</strong>.</p>
<p>Es decir, que todos nos hagamos parte de la solución y después no tengamos que lamentar un efecto adverso de una ley que, si es bien aplicada, esperamos sea un avance para nuestro país en materia de seguridad ciudadana.</p>
<p>Una vez que sea publicada la Ley, como Servicio daremos a conocer masivamente todas las herramientas que tendrán a disposición los jóvenes para ejercer sus derechos.</p>
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		<title>Piñera, Macri y los tribunales</title>
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		<pubDate>Tue, 26 Jan 2016 11:29:57 +0000</pubDate>
		<dc:creator>manola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Justicia]]></category>
		<category><![CDATA[Eduardo Contreras]]></category>

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		<description><![CDATA[El encuentro de ambos políticos y hombres de negocios tuvo lugar hace pocos días en Buenos Aires, en la Casa Rosada, con una excepcional duración de más de dos horas. No fue la única distinción brindada al ex mandatario chileno. &#8230;<span class="br01"></br></span><a href="http://blogs.cooperativa.cl/opinion/justicia/20160126082957/pinera-macri-y-los-tribunales/">Sigue leyendo <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El encuentro de ambos políticos y hombres de negocios tuvo lugar hace pocos días en Buenos Aires, en la Casa Rosada, con una excepcional duración de más de dos horas. No fue la única distinción brindada al ex mandatario chileno. En efecto, además pudo entrevistarse con el presidente del Banco Central argentino y con una media docena de ministros del flamante gabinete recién estrenado por Mauricio Macri.</p>
<p>Trascendió que se habló de la situación política en la región, de los problemas económicos que enfrentan países y gobiernos, del proceso judicial en La Haya promovido por Bolivia en contra de Chile a propósito de su histórica demanda marítima y, como no podía faltar, el  empresario chileno habría reiterado la solicitud de extradición en contra del chileno Galvarino Apablaza.</p>
<p>Ambos representantes del poder económico tienen historias muy parecidas, aunque no siempre similares. Mauricio Macri es hijo de una de las familias más adineradas de la Argentina y su padre fue durante años la principal figura del grupo Macri- Socma. El actual mandatario del vecino país, ingeniero formado en carísimos colegios y luego en universidades de EEUU  y en la Universidad Católica de Buenos Aires, hizo una cuantiosa fortuna básicamente en los sectores agropecuarios, inmobiliarios y de la industria automovilística. Fue extrañamente secuestrado en 1991 por un grupo que luego resultó ser de la propia policía y al que pagó rápidamente de 6 millones de dólares.</p>
<p>Como Piñera en su tiempo, Macri también tuvo líos con la Justicia y fue procesado por estafa y otros ilícitos. Recordemos que Piñera, antes de su protagonismo político, había sido procesado por fraude al Banco de Talca e infracción a la Ley General de Bancos. Sugestivamente, en ambos casos y pese a las clarísimas sentencias de los tribunales de primera y segunda instancia, las  Supremas Cortes, de allá y de acá, terminaron por absolver a ambos.</p>
<p>En el caso de Argentina, Macri inclusive seguía procesado por escuchas ilegales cuando triunfó en las recientes elecciones pero, como era de esperarse, los mismos jueces que le procesaron antes de los comicios después de que estos se realizaran lo consideraron  inocente.</p>
<p>Son pues los únicos mandatarios de la historia de sus respectivos países que, excepcionalmente, llegaron a la primera magistratura pese a que en su momento tuvieron problemas con la justicia.</p>
<p>Se trata de poderosos empresarios, notorios además por su presencia en el mundo de  los controvertidos negocios del fútbol profesional, en el que han sido dirigentes de populares clubes deportivos devenidos en empresas.</p>
<p>También hablaron de temas judiciales y don Sebastián se mostró satisfecho de lo que llamó “grandes avances” en Buenos Aires respecto de la  eventual extradición de nuestro compatriota Galvarino Apablaza que es reclamada desde hace mucho en nuestro país por aquellas personas y sectores políticos que, en cambio, en su momento apoyaron a la brutal dictadura de Pinochet o callaron antes los crímenes masivos perpetrados por sus agentes.</p>
<p>A Galvarino Apablaza se le imputa, sin fundamentos conocidos, alguna responsabilidad en el homicidio cometido contra Jaime Guzmán, ideólogo de la dictadura. Sin duda, <strong>dicho homicidio es condenable desde todo punto de vista y nadie podría justificarlo, más allá incluso de las posiciones y actuaciones de la víctima. </strong></p>
<p>Pero es igualmente repudiable tratar de criminalizar a alguien sólo por haber sido parte de quienes, ante la probada inutilidad de otros métodos, debieron asumir que contra la feroz tiranía no quedaba más que emplear todas las formas de lucha. Mucho más graves han sido otros hechos deleznables, como por ejemplo haber negociado con Pinochet una salida política a la dictadura para mantener el mismo modelo de sociedad instaurado bajo su mando y la asesoría de los llamados “Chicago Boys”.</p>
<p>Recuérdese que el dictador siguió durante varios años como Comandante en jefe del ejército y hasta fue designado como “ Senador Vitalicio”, abrazo en el Senado incluido, en pleno proceso que llamaron “transición a la democracia”.</p>
<p>Pero en fin y a propósito del entusiasmo de Piñera y de otros varios sectores por una eventual extradición, además de la falta de pruebas de la supuesta participación del perseguido en los hechos, creo necesario tener presente en el debate los elementos jurídicos de la situación lo que hasta ahora ha estado ausente o se ha subestimado.</p>
<p>No es el momento ni el espacio para abrumar al lector con el desarrollo de consideraciones jurídicas de larga extensión. Pero al menos un par de breves comentarios.</p>
<p>Por una parte se trata nada menos que de la imposibilidad técnica de procedencia de una tal extradición pues se trata de una institución incompatible con el Refugio ya expresamente concedido por una legislación aceptada por Argentina y Chile, como lo recuerda una reciente nota del periódico La Tercera de Chile. En efecto, tras la sentencia de 2010 de la Corte Suprema argentina, eso ya es cosa juzgada que no puede revisarse.</p>
<p>Los refugiados no pueden ser expulsados, devueltos ni extraditados del país que concedió el beneficio.“<strong><em>Como abogado, le digo que la única respuesta que puede dar el gobierno argentino es en el marco de la ley, que es la Convención Internacional para el Estatuto de Refugiado lo, que favorece a mi cliente. Cualquier cosa que se diga en contra es grave”</em>, </strong>señaló al matutino don Rodolfo Yanzón, abogado a cargo de la defensa de Apablaza en Argentina.</p>
<p>A lo anterior debe agregarse que, en su momento, deberá examinarse además el tema de la prescripción. La razón se encuentra en el Derecho nacional e internacional y en numerosos fallos de jueces, de cortes de apelaciones y de la misma Corte Suprema de Justicia de Chile.</p>
<p><strong>En efecto sólo no prescriben los delitos de lesa humanidad y/o aquellos comprendidos en los Convenios de Ginebra sobre  delitos en tiempos de guerra los que fueron suscritos y ratificados por Chile mucho antes del golpe del 73 y que por tanto eran desde antiguo parte de nuestra legislación interna.</strong></p>
<p>Sobre los ilícitos comprendidos dentro de los Convenios de Ginebra corresponde tener presente que en su DL n°5 de 12 de septiembre de 1973, es decir al día siguiente del golpe, Pinochet y la  Junta declararon que el estado de sitio vigente debía entenderse en el futuro como &#8220;estado de guerra interno&#8221; y se hacía aplicable en el país la legislación de tiempos de guerra.</p>
<p>Como es obvio<strong>, el propósito buscado con esa iniciativa no era otro que amparar y justificar los asesinatos masivos con el barniz de &#8220;legalidad&#8221; de los Consejos de Guerra</strong>. La genuflexa Corte Suprema de Chile de la época por supuesto  que obedeció la orden y declaró que en Chile había “una guerra interna” a pesar que todos sabemos y así lo han establecido los actuales tribunales y lo señaló en su momento la propia ONU, que lo que había era un genocidio contra un pueblo indefenso. Lo concreto es que si se dijo que había guerra se aplican los Convenios y esos delitos son imprescriptibles.</p>
<p>Pero esa supuesta guerra cesó hasta en consideración de  la dictadura y no había guerra alguna, ni real ni supuesta, cuando la muerte de Jaime Guzmán. Ese fundamento de imprescriptibilidad por tanto no existe.</p>
<p><strong>En cuando a los llamados delitos de lesa humanidad son aquellos en que, por su especificidad y gravedad, el ofendido no es sólo la víctima en particular sino la humanidad entera. </strong></p>
<p>Y son aquellos perpetrados por agentes del Estado en condiciones en que dicho Estado lleva adelante una ilegítima persecución de individuos y sectores de la ciudadanía por razones políticas, religiosas, étnicas. Si no  existen esas condiciones – que no existían a la fecha del homicidio de Guzmán &#8211; ese ilícito se encuentra prescrito conforme las reglas generales del Derecho Penal interno.</p>
<p>Así las cosas y aunque les cueste, los que sueñan con sancionar a un inocente deberán someterse irremisiblemente a la realidad jurídica y no sería  mal visto que dedicaran su tiempo y esfuerzos a colaborar en Chile para que haya plena  verdad y justica en materia de crímenes de la dictadura derechista que apoyaron.</p>
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		<title>Necesaria probidad</title>
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		<pubDate>Sun, 17 Jan 2016 10:34:22 +0000</pubDate>
		<dc:creator>manola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Justicia]]></category>
		<category><![CDATA[Nicolás Vial]]></category>

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		<description><![CDATA[Muy buena señal es  lo que indica la ministra de Justicia, Sra. Javiera Blanco, en el sentido de ampliar el curriculum estudiantil, tanto para los aspirantes a oficiales, como para los alumnos vigilantes de Gendarmería de Chile. Sin duda esta &#8230;<span class="br01"></br></span><a href="http://blogs.cooperativa.cl/opinion/justicia/20160117073422/necesaria-probidad/">Sigue leyendo <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Muy buena señal es  lo que indica la ministra de Justicia, Sra. Javiera Blanco, en el sentido de ampliar el curriculum estudiantil, tanto para los aspirantes a oficiales, como para los alumnos vigilantes de Gendarmería de Chile. Sin duda <strong>esta medida que se plantea podría beneficiar el trabajo, el profesionalismo, la calidad humana y espiritual de quienes tienen como tarea, atender, vigilar y custodiar al segmento de privados de libertad.</strong></p>
<p>Con todo, creo que  no es  la propuesta más acertada, pues una carrera tan demandante y exigente, amerita una formación continua en el tiempo, en relación a capacitación y aggiornamento.</p>
<p>Vivimos en una cultura muy dinámica y los procesos delictivos, humanos y sociales cambian vertiginosamente; situación que de no advertir, nos deja atrás sin saber cómo abordar las desafiantes corrientes ideológicas que se van generando en el ámbito delictual, con metodologías atingentes y adecuadas.</p>
<p>En este sentido planteo la necesidad de formar en distintos tiempos a un gendarme, de manera que durante toda su carrera pueda tener instancias de capacitación en distintas materias.</p>
<p><strong>Así por ejemplo una primera etapa, recién llegado a la Escuela, una introducción que le permita conocer con no más allá de 5  meses de capacitación, el trabajo real al que deberá abocarse. Con  maestros calificados, gendarmes con carrera ejemplar, tanto en lo personal, moral y espiritual.</strong></p>
<p>Luego de esta introducción podrían ser enviados a una práctica profesional  durante 3 meses, para que  apliquen, conozcan   y maduren las enseñanzas adquiridas.</p>
<p>Al finalizar esa  experiencia sería muy conveniente una nueva  etapa de formación, de tres a cuatro meses, en donde se les introduzca en el mundo de la ética y de los valores fundamentales que harán de estos profesionales, hombres y mujeres con sabiduría, tolerancia, prudencia y atentos al dolor, a la fatiga, como también   a la desesperanza humana.</p>
<p>Este ir y volver del trabajo a la Escuela y viceversa hará funcionarios de gran calibre humano y ético que redundará en la excelencia y superación institucional, reconocida, señalada y señera para nuestros países vecinos</p>
<p>El énfasis en esta propuesta es el retorno permanente a las aulas, única manera de adentrar a estos trabajadores públicos en un esquema de servicio permanente, respeto, justicia, responsabilidad. <strong>Valores y principios que darán las herramientas necesarias para vencer un sistema que se torna a veces tan  demandante como corrupto.</strong></p>
<p>Esto cambia el esquema tradicional de formación, sólo al inicio y por un período más o menos prolongado, por otro en  que mantenemos atención recurrente, por el “formando”, cuál debería ser la preocupación central.</p>
<p><strong>Estoy consciente que aquello demandará sacrificio, generosidad y mayor inversión pública que en la actualidad con las debidas consecuencias positivas para una población penal por décadas maltratada, marginada y discriminada.<br />
</strong></p>
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		<item>
		<title>Los pecados de la Agenda Corta</title>
		<link>http://blogs.cooperativa.cl/opinion/justicia/20160110173420/los-pecados-de-la-agenda-corta/</link>
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		<pubDate>Sun, 10 Jan 2016 20:34:20 +0000</pubDate>
		<dc:creator>manola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Justicia]]></category>
		<category><![CDATA[Ricardo Rincón]]></category>

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		<description><![CDATA[En el marco de la discusión, en el Senado, de la llamada “Agenda Corta Antidelincuencia”, como parlamentario me asiste la preocupación de dejar en claro algunos aspectos que sumo a la crítica inicial que expresé a este proyecto. No sólo &#8230;<span class="br01"></br></span><a href="http://blogs.cooperativa.cl/opinion/justicia/20160110173420/los-pecados-de-la-agenda-corta/">Sigue leyendo <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En el marco de la discusión, en el Senado, de la llamada “Agenda Corta Antidelincuencia”, como parlamentario me asiste la preocupación de dejar en claro algunos aspectos que sumo a la crítica inicial que expresé a este proyecto.</p>
<p>No sólo la persecución penal del delito lleva a rebajar los niveles de inseguridad y de ocurrencia de los mismos, por lo que desde un primer minuto, fue mi intención como legislador,  hacer notar que no sólo aumentando las penas y llevando a más personas a la cárcel, como sociedad, solucionaremos el tema de la delincuencia.</p>
<p>Este proyecto tiene dos pecados que tratamos de desnudar y, en consecuencia, corregir en la discusión legislativa:  el primero, fue demostrar la inconveniencia de que se aprobara la modificación propuesta a la ley que establece penas que indica como sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad; la cual resultaba en la práctica, por ejemplo, en que un condenado, sin antecedentes previos, por una infracción a la Ley N°20.000,  no pudiera acceder a una pena alternativa a la privación de su libertad. Afortunadamente dicho cambio legal fue rechazado por la Cámara de Diputados.</p>
<p>En segundo término, <strong>nos encontramos con lo que se ha denominado como el “control preventivo de identidad”, el cual no voté favorablemente en la sala, compartiendo la opinión de la Corte Suprema en términos a sostener que éste afecta los derechos civiles y esenciales de todas las personas</strong>.</p>
<p>Resulta inaceptable la facultad que se le confiere a las policías para registrar las vestimentas en toda detención. Ciertas medidas contenidas en el proyecto de Ley significan un retroceso mayúsculo al principio de inocencia bajo el cual nadie debería poder ser detenido sin antecedentes especiales y exclusivamente sobre la base de una denuncia o imputación objetiva y no el mero parecer de un agente del orden, basado, por ejemplo, en la apariencia personal de cualquier persona.</p>
<p>El Gobierno ha errado el camino, tomando la vía fácil, escuchando el clamor popular de penas más altas y con menos posibilidades de condenas cumplidas en el medio libre. Tuve la oportunidad de reunirme con el Presidente de la Corte Suprema, Sergio Muñoz, después de haber leído el Informe de la Corte Suprema y discutir esta nueva normativa en la sala de la Cámara, y compartimos el diagnóstico y reparos a la Agenda Corta Antidelincuencia. <strong>Por lo mismo, voté en contra de que los reos primerizos no pudieran tener salidas alternativas a las penas y no apoyé el control preventivo de identidad.</strong></p>
<p>La prevención y la reinserción resultan ser el mejor camino para frenar la delincuencia, la experiencia comparada lo demuestra, en <strong>República Dominicana</strong>, bajo un modelo de reeducación probado con 9 mil internos, han logrado que la tasa de reincidencia sea del orden del <strong>3%</strong>. En <strong>Chile</strong>, esas cifras se elevan por <strong>sobre el 50%,</strong> demostrando que gran parte del problema se encuentra en el sistema carcelario y no necesariamente en la condena impuesta a quien comete un ilícito.</p>
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		<title>Homoparentalidad a rostro descubierto</title>
		<link>http://blogs.cooperativa.cl/opinion/justicia/20151212072046/homoparentalidad-a-rostro-descubierto/</link>
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		<pubDate>Sat, 12 Dec 2015 10:20:46 +0000</pubDate>
		<dc:creator>manola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Justicia]]></category>
		<category><![CDATA[Marcela Labraña Santana]]></category>

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		<description><![CDATA[Durante lo que va del año 2015, el Servicio Nacional de Menores ha recibido a tres parejas solicitantes homoparentales que buscan ser padres adoptivos, aun cuando la Ley permite la adopción por uno sólo ellos/as. Lo que antes era un &#8230;<span class="br01"></br></span><a href="http://blogs.cooperativa.cl/opinion/justicia/20151212072046/homoparentalidad-a-rostro-descubierto/">Sigue leyendo <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Durante lo que va del año 2015, el Servicio Nacional de Menores ha recibido a tres parejas solicitantes homoparentales que buscan ser padres adoptivos, aun cuando la Ley permite la adopción por uno sólo ellos/as. Lo que antes era un tabú, una prohibición explícita, hoy es un derecho adquirido, esto por la discusión que la sociedad ha tenido respecto del Acuerdo de Unión Civil, Ley de Adopción y el Sistema de garantías de los derechos de la niñez.</p>
<p>Todo lo anterior, indica que la sociedad está ampliando su mirada respecto de cómo y quiénes construyen una familia, razón por la cual, <strong>para este Servicio es fundamental que las personas, hombres y mujeres homosexuales, nunca tengan miedo de mostrarse tal cual son y postular, como es derecho de cualquier ser humano, a ser padres adoptivos.</strong></p>
<p>Cuando surgen las voces disidentes, se nos cuestiona por qué, cómo podemos permitir algo así.Muy sencillo. Nuestra normativa regulatoria se basa en los principios consagrados en la Convención sobre los Derechos del Niño, ratificada por nuestro país hace 25 años. El primero, y que sustenta todo lo demás, es el “interés superior del niño“ que nos guía al momento de tomar cualquier decisión en nuestras políticas públicas, como por ejemplo, la adopción.</p>
<p>Porque más allá de estar de acuerdo o no, lo que buscamos como Servicio es que cada niño tenga los mejores padres posibles. Es decir, no privilegiamos el interés de los padres, sino el de los niños: quién es el mejor padre y/o madre que ese niño o niña puede tener.</p>
<p><strong>En ese sentido, la orientación sexual de los postulantes no es requisito ni condición en lo absoluto ya que el proceso de postulación es –y debe ser- imparcial</strong>. No se discrimina por condición socioeconómica, raza, sexo, etnia u orientación sexual. Todos son absolutamente iguales ante la Ley, siendo el único orden establecido el de prelación: matrimonios chilenos, extranjeros, personas solteras, viudas o divorciadas, lo que es definido por la Ley 19.620 sobre adopción.</p>
<p>De hecho, destacados académicos señalan que defender la adopción homoparental es, en definitiva, un modo de afianzar la política estatal de inclusión centrada en el reconocimiento real de todas las formas de vivir en familia. <strong>El interés superior del niño reside en unos padres que le quieran, no en la orientación sexual de los padres. Éste es el principio bajo el que trabajamos en materia de adopción.</strong></p>
<p>La evidencia científica señala, a través de diversos estudios, que no existen diferencias sustanciales entre familias hétero u homosexuales, que tengan impacto en el desarrollo social o personal de niños o niñas. Éstos tienen las mismas capacidades e igual desarrollo intelectual y psicoafectivo que los hijos de padres heterosexuales.</p>
<p>Un país puede estar orgulloso de sí mismo cuando es testigo del triunfo de la igualdad, uno de los derechos humanos más básicos. Porque cuando hablamos de familia, el núcleo fundamental de toda sociedad<strong>, lo más importante es el cariño, la protección y el respeto por sus derechos que los padres, cualquier tipo de padres, pueda entregar a sus hijos. A rostro descubierto.</strong></p>
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		<title>Delincuencia, Chile no puede permitirse un fracaso</title>
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		<pubDate>Fri, 11 Dec 2015 12:41:07 +0000</pubDate>
		<dc:creator>manola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Justicia]]></category>
		<category><![CDATA[Rabindranath Quinteros]]></category>

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		<description><![CDATA[Durante mucho tiempo, el debate sobre la lucha contra la delincuencia ha caminado por dos sendas. De un lado, se instalan los defensores del endurecimiento de las penas. Del otro, los partidarios de una política integral que aborde los diversos &#8230;<span class="br01"></br></span><a href="http://blogs.cooperativa.cl/opinion/justicia/20151211094107/delincuencia-chile-no-puede-permitirse-un-fracaso/">Sigue leyendo <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Durante mucho tiempo, el debate sobre la lucha contra la delincuencia ha caminado por dos sendas. De un lado, se instalan los defensores del endurecimiento de las penas. Del otro, los partidarios de una política integral que aborde los diversos aspectos que se sitúan en el origen de las conductas delictivas.</p>
<p>Normalmente, se muestran ambas visiones como opuestas, en circunstancias que no tendría por qué haber una colisión entre una política comprensiva de todos los factores que inciden en el fenómeno delictual, con la persecución eficaz e implacable de los delincuentes, especialmente en los delitos de mayor connotación social.</p>
<p>La delincuencia debe ser enfrentada con políticas integrales, que incluyan las tareas de prevención psicosocial y policial, los programas dirigidos a niños y jóvenes vulnerables, la inclusión en materia educacional, la situación del empleo juvenil, la política de drogas, la rehabilitación social e incorporación laboral de los reclusos y también <strong>el trabajo en materia de salud mental y la forma en que construimos las ciudades y sus redes de relaciones.</strong> Sin duda, todos éstos son factores que inciden en la realidad delictual del país.</p>
<p>Este enfoque integral no se contradice con el endurecimiento de las penas y la restricción de la aplicación de medidas alternativas para su cumplimiento.</p>
<p>Algo similar ocurre con el tema del control de identidad, el que aparentemente se opondría a la protección de derechos individuales o a las garantías del nuevo proceso penal.</p>
<p>No comparto ese punto de vista. En primer lugar, porque el control de identidad forma parte de las funciones de resguardo del orden y la seguridad pública que corresponde a las policías, más que a los procedimientos de investigación criminal.</p>
<p>Además, porque estoy seguro de que las instituciones policiales cuentan con la capacidad profesional para hacer un uso racional y adecuado de esta facultad. <strong>Si se cometiesen abusos, hoy existe una ciudadanía más consciente de sus derechos y poseedora de mecanismos de control público que permitirán que esos casos puntuales sean efectivamente sancionados.</strong><strong></strong></p>
<p>Nada de esto ocurría hace algunos años, cuando tal atribución era percibida con desconfianza por buena parte de la ciudadanía y se podía aplicar con criterios de discriminación arbitraria, fundada en motivos de raza, etnia, nacionalidad, ideología, opinión política u orientación sexual.</p>
<p>El país ha cambiado. En muchos aspectos para bien, pero también ha retrocedido en algunas materias.</p>
<p>La seguridad ciudadana se ha transformado en uno de los temas que  mayor preocupación y ansiedad está generando en los chilenos, los que esperan una respuesta más completa y contundente de parte de los órganos del Estado, policías, fiscales, jueces, gobierno y municipalidades.</p>
<p>El proyecto que facilita la aplicación efectiva de las penas establecidas para los delitos de robo, hurto y receptación y mejora la persecución penal en dichos delitos, apunta en la dirección correcta. <strong>No puede ser de otro modo pues e</strong><strong>l Estado de Chile no se puede permitir un fracaso en esta materia y debe hacer uso de todas las herramientas que pone a su disposición el derecho para enfrentar la delincuencia.</strong><strong></strong></p>
<p><strong></strong>Aplicar penas severas y ejemplares no impide que, en su momento, se aplique también la <strong>compasión, cuando se pueda constatar la rehabilitación y las posibilidades efectivas de reinserción de los condenados</strong>.</p>
<p>En este sentido, resulta conveniente considerar la revisión del Código Penal para ajustar la escala de penas que actualmente se aplica, y al mismo tiempo, establecer los tribunales de cumplimiento de condenas, que permitirán tener una instancia de evaluación objetiva de los méritos para aplicar medidas de cumplimiento alternativos.</p>
<p><strong>Pero nada de esto tendrá sentido si no atacamos con la misma fuerza los delitos de cuello y corbata, sobre todo cuando son millones los afectados, no ya por el temor de ser objeto de un delito, sino como víctimas directas de las maniobras de estafa, colusión o negociaciones incompatibles, que dañan tan fuertemente a consumidores, cotizantes de AFP o pequeños empresarios y accionistas.</strong><strong></strong></p>
<p>En definitiva, nada de esto tendrá sentido, si seguimos siendo una de las economías más desiguales del mundo y no perseveramos en el camino de reducir las enormes brechas de desigualdad que actualmente existen en nuestro país.</p>
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		<title>¿Legalizar la marihuana aumentará los delitos?</title>
		<link>http://blogs.cooperativa.cl/opinion/justicia/20151211074935/legalizar-la-marihuana-aumentara-los-delitos/</link>
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		<pubDate>Fri, 11 Dec 2015 10:49:35 +0000</pubDate>
		<dc:creator>manola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Justicia]]></category>
		<category><![CDATA[Tomás Ramírez Hermosilla]]></category>

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		<description><![CDATA[Mediante una indicación, el Poder Ejecutivo, limitó el proyecto que modifica la Ley 20.000, especialmente en cuanto al porte y cultivo de marihuana. Con independencia de si existen razones técnicas que lo justifiquen o se intentó destrabar el proyecto, resulta &#8230;<span class="br01"></br></span><a href="http://blogs.cooperativa.cl/opinion/justicia/20151211074935/legalizar-la-marihuana-aumentara-los-delitos/">Sigue leyendo <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Mediante una indicación, el Poder Ejecutivo, limitó el proyecto que modifica la Ley 20.000, especialmente en cuanto al porte y cultivo de marihuana. Con independencia de si existen razones técnicas que lo justifiquen o se intentó destrabar el proyecto, resulta relevante insistir en los efectos de la legalización.</p>
<p>Me haré cargo brevemente de uno de los aspectos relevantes a la hora de discutir sobre el proyecto de ley: los efectos de la legalización en la tasa de delitos que generalmente se vinculan con el uso y comercialización de la marihuana. Tomaré como ejemplo las nuevas regulaciones en EE.UU.</p>
<p>En primer lugar, se debe distinguir entre los efectos de las leyes sobre marihuana medicinal (MML) y de aquellas en que directamente se permite el cultivo, comercialización y uso recreativo.</p>
<p>Respecto de las MML, a partir de 1996, 23 Estados más el distrito de Columbia han aprobado este tipo de regulaciones. Pácula y Kilmer (2003) encontraron una relación positiva entre estas leyes y el aumento de ciertos delitos violentos, pero en su análisis concluyen que es posible que esta relación se deba más bien a que “los consumidores de marihuana que participan en delitos son más propensos a ser arrestados”.</p>
<p>En tanto, Morris y otros (2014), concluyen que este tipo de leyes no afectan al alza de la tasa de otros delitos y que puede estar relacionado a la disminución de homicidios y asaltos.</p>
<p><strong>Se podrá objetar que se trata de leyes que no permiten el cultivo y comercialización para efectos recreacionales y que, por eso mismo, no afectarían la tasa de otros delitos.</strong></p>
<p>Sin embargo, Alford (2014) distingue entre las MML que permiten el cultivo para fines medicinales y las que obligan a comprarla en tiendas, concluyendo que <strong>solamente las segundas pueden vincularse a un aumento de delitos, especialmente, porque deben trabajar con dinero en efectivo, ya que como sigue siendo ilegal, a nivel federal los bancos no permiten el uso de medios electrónicos de pago</strong>. Así, las MML que permiten el cultivo personal, están vinculadas a la disminución de la tasa de ciertos delitos, por lo que el diseño del mercado resulta fundamental para determinar sus efectos.</p>
<p>Respecto del cultivo, comercialización y uso recreacional, el Estado de Colorado lleva la delantera en cuanto a su implementación. Las estadísticas dan cuenta de la disminución de arrestos y el ahorro en costos del sistema judicial, aumento de recaudación de impuestos, descenso de muertes en accidentes de tránsito y una serie de beneficios económicos. (1)</p>
<p>En la ciudad de Denver, durante los 11 meses siguientes al inicio de la aplicación de la nueva normativa, los delitos violentos bajaron en un 2.2%, los robos con fuerza un 9.5% y agresiones contra la propiedad un 8.9%. <strong>Su política de “aproximación colaborativa” ha tenido impactos positivos no sólo respecto del descenso de ciertos delitos, sino que también en el uso de impuestos provenientes de la venta de marihuana a programas específicos de prevención y educación.</strong>(2)</p>
<p>No es posible sostener que lo que haya sucedido en EE.UU. ocurrirá en Chile. Lo que sí se puede sostener es que existe contundente evidencia de que <strong>la legalización por si misma no aumenta la tasa de otros delitos y que, más bien, se puede vincular a la baja de algunos tipos de delitos según la forma concreta de regulación de su producción.</strong></p>
<p>Además, es posible asegurar que una política tan importante como la de drogas (incluyendo el alcohol) se debe hacer de manera seria y profesional, por lo cual, <strong>no podemos pasar del fracaso de la ‘guerra contra las drogas’ a un fracaso de la legalización.</strong></p>
<p><em>(1)http://www.drugpolicy.org/sites/default/files/Colorado_Marijuana_Legalization_One_Year_Status_Report.pdf</em></p>
<p><em>(2)https://www.denvergov.org/content/dam/denvergov/Portals/782/documents/CCD15002-MrjnAnnlRprt_5.5&#215;8.5noCrops.pdf</em></p>
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		</item>
		<item>
		<title>Cárcel de San Miguel, a 5 años de la tragedia</title>
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		<pubDate>Tue, 08 Dec 2015 18:29:40 +0000</pubDate>
		<dc:creator>manola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Justicia]]></category>
		<category><![CDATA[Michel de L'Herbe]]></category>

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		<description><![CDATA[El 8 de diciembre de 2010 nuestro sistema penitenciario mostraba su peor cara cobrando la vida de 81 personas en uno de las más grandes tragedias registradas en una cárcel chilena. Los años posteriores pareciera que también muestran la otra &#8230;<span class="br01"></br></span><a href="http://blogs.cooperativa.cl/opinion/justicia/20151208152940/carcel-de-san-miguel-a-5-anos-de-la-tragedia/">Sigue leyendo <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El 8 de diciembre de 2010 nuestro sistema penitenciario mostraba su peor cara cobrando la vida de 81 personas en uno de las más grandes tragedias registradas en una cárcel chilena.</p>
<p>Los años posteriores pareciera que también muestran la otra faceta de una cultura que prefiere olvidar, en vez de asumir y mejorar.</p>
<p>Pero esta negación es desde el principio, desde el momento en que esta tragedia es conocida como el incendio de la cárcel de San Miguel, haciendo pensar que todo se hubiese circunscrito al escaso tiempo que duró el fuego descontrolado. Pero no fue así.</p>
<p>Esta emergencia mostró las múltiples fallas de nuestro sistema penitenciario, el cual tenía claramente identificado que los incendios han sido una de las principales causas de muerte entre la población penal, razón por la cual estaba debidamente establecido en los manuales y resoluciones dictadas por los directivos institucionales, entregando guía y procedimientos ante riñas, motines, incendios y otras situaciones que pudiesen incluso ser acciones de distracción para encubrir una posible fuga. <strong>Pero nada de lo escrito sirvió para evitar la tragedia, pues si lo escrito no tiene una debida correlación con lo que hacen las personas, simplemente de poco sirve, y eso lo saben 81 familias.</strong></p>
<p>Una persona, cualquiera que sea la razón por la cual es privada de libertad , ya sea de manera preventiva o condenada,  ingresa a un recinto bajo responsabilidad del Estado, y ello incluye como elemento esencial la protección de su vida, razón por la cual está obligado a establecer las condiciones que aseguren aquello.</p>
<p><strong>El incendio de esa mañana, fue solo la consecuencia de una serie de hechos que, de haberse intervenido a tiempo, probablemente habría evitado la muerte de 81 personas privadas de libertad, pero no de su derecho a la vida.</strong></p>
<p>A eso de la media noche diversos testimonios dan cuenta de una riña, incluido el de vecinos que fueron despertados por los ruidos ocasionados, pero que sorpresivamente no generaron reacción alguna del personal a cargo de la vigilancia del recinto y cuidado de los internos.</p>
<p>Esta riña dio paso al uso del fuego como arma de intimidación y agresión entre grupos rivales, utilizando para ello un cilindro de gas que, estando prohibido, permitió a los internos quemar colchones y otros elementos al interior del recinto en el cual se encontraban encerrados. Todo en el marco de la intención de un grupo por desplazar a otro de lo que se conocía como la “pieza chica”.</p>
<p>Probablemente quienes intervinieron en la riña y quienes no lo hicieron, esperaban que el procedimiento se cumpliera, intervenir, desencerrar, evacuar el recinto y aislar a los involucrados. Pero nada de eso ocurrió y el piso terminó por llenarse de humo, causando la muerte de 81 internos y finalmente dando paso a que el fuego terminara por incendiar una de las alas del piso y afectar parcialmente la otra.</p>
<p>La Justicia estimó que no había responsabilidades penales, no obstante ello no implica que la forma de actuar antes y durante una emergencia cuyo desarrollo tuvo varias horas haya sido la correcta, pues además poco se ha hablado sobre el hecho de que las orientaciones institucionales eran lo suficientemente claras para que se hubiese actuado con prontitud.</p>
<p><strong>Hemos preferido, una vez más, caminar hacia el olvido, transitando por la indiferencia que solo fortalece las bases de una sociedad que evita acercarse hacia la valoración de la vida, sin distinción, donde las personas deben ser el centro, donde el Estado tiene como obligación su protección y cuidado. Un camino que claramente no nos hace mejores.</strong></p>
<p>Han pasado 5 años de la muerte de 81 personas, privadas de libertad, en un recinto donde las competencias mínimas del Estado debían estar en custodiar, encerrar y desencerrar.</p>
<p>En el contexto actual, donde pareciera que el deseo por encerrar, condenar, castigar se mezcla con la frustración de una comunidad víctima de la delincuencia, y donde muchos ya limitan con el deseo de venganza, no está de más recordar una tragedia que sin duda nos muestra <strong>la urgente y vigente necesidad de asumir, reconocer y mejorar un sistema penitenciario que en nada contribuye a una sociedad más humana, donde además  nos aleja cada vez más de la aspiración de construir un país más seguro.</strong></p>
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		<item>
		<title>Fiscalía penal, ¿persecución del delito o trampolín político?</title>
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		<pubDate>Fri, 27 Nov 2015 10:17:13 +0000</pubDate>
		<dc:creator>manola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Justicia]]></category>
		<category><![CDATA[Eugenio Pavlovic]]></category>

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		<description><![CDATA[Los asuntos judiciales en lo penal son casi siempre remotos para quienes no los soportan directamente porque no sufren sus efectos. Pues me pasó desgraciadamente a mí, durante un viaje de vuelta a Santiago por la ruta 68 (camino de &#8230;<span class="br01"></br></span><a href="http://blogs.cooperativa.cl/opinion/justicia/20151127071713/fiscalia-penal-persecucion-del-delito-o-trampolin-politico/">Sigue leyendo <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Los asuntos judiciales en lo penal son casi siempre remotos para quienes no los soportan directamente porque no sufren sus efectos. Pues me pasó desgraciadamente a mí, durante un viaje de vuelta a Santiago por la ruta 68 (camino de Valparaíso) con fecha 23 de marzo de 2015, a las 16.00 hrs.</p>
<p>En la ocasión, paramos muy relajados en el buen restaurante de Curacaví, Agua de Piedra.Allí almorzamos digna y copiosamente durante una hora, como corresponde a empleados de confianza que no comen en picadas o en chincheles ordinarios.</p>
<p>Al terminar y luego del café de grano muy aromático, nos levantamos para dirigirnos a nuestra camioneta, situada en el estacionamiento ubicado a unos 25 escasos metros de la entrada del restaurante.</p>
<p><strong>El vidrio de la puerta trasera derecha estaba roto y para nuestro asombro</strong> <strong>habían desaparecido nuestro instrumento topográfico moderno, equipado con laser y un computador portátil, además de cajas de herramientas, todo avaluado por un total de cinco millones de pesos.</strong></p>
<p>Devastador trance que nos hizo abominar de la buena mesa del lugar</p>
<p>El personal del restaurante fue muy gentil y nos informaron que había dos cámaras que con certeza habían filmado la ocurrencia del hecho. Además, llamaron a carabineros de la carretera quienes en 15 minutos ya estuvieron en el lugar y redactaron con rapidez el procedimiento.</p>
<p>Nos informaron, sin embargo, que una vez hecha la denuncia, la investigación del ilícito correspondía a la Fiscalía, la cual podía optar discrecionalmente por carabineros o por la PDI conforme al Procedimiento Penal vigente.</p>
<p>En el intertanto, la supervisora del restaurant, una dama argentina muy educada nos entregó las grabaciones, en total dos videos que reservamos para su entrega a la Fiscalía de Curacaví.</p>
<p>Luego y con fecha 27 de marzo, la funcionaria de la Fiscalía de Curacaví, Srta. Orellana nos recibió en su oficina, donde reiteramos nuestra declaración del hurto acontecido el 23 de septiembre.</p>
<p>En la ocasión, <strong>adjuntamos los dos videos generados por las cámaras del restaurant Agua de Piedra, donde se muestran claramente el momento del robo, el rostro descubierto del delincuente y su automóvil, con el cual se retira pausadamente del lugar.</strong></p>
<p>Una vez entregados dichos videos a la Fiscalía, procedí a firmar la declaración para retirarme después a Santiago.</p>
<p>Con fecha 13 de abril, fui citado por Carabineros de Curacaví, donde y en presencia de dos funcionarios de civil, repetí mis declaraciones realizadas ante Fiscalía el 27 de marzo de 2015.</p>
<p>Durante mi declaración, el funcionario me requirió de algún antecedente o prueba que yo pudiera agregar al expediente.</p>
<p>Extrañado, le informé que, durante mi primer requerimiento ante la Fiscalía de Curacaví, había agregado los dos videos que relataban exactamente el momento de los hechos y mostraban sin la menor duda, al autor del ilícito.</p>
<p><strong>El carabinero que me tomó la declaración me informó que dichas grabaciones no le habían sido transferidas con el expediente y si las tenía aún para completarlo. Se las entregué.</strong></p>
<p>Preferí tragarme mi sorpresa, pues siempre pensé que el nuevo procedimiento penal garantizaba cierta <strong><em>celeridad, noción de la oportunidad y eficacia </em></strong>en la persecución de los delitos comunes.</p>
<p>Pues los ciudadanos del estado llano, no requerimos en estricto rigor que se resuelva el delito, se procese de inmediato al antisocial y se nos devuelvan con urgencia nuestras valiosas pertenencias.</p>
<p>No, por cierto.</p>
<p>Requerimos sí, que la Fiscalía actúe en forma diligente y oportunamente coordinada con las policías<strong><em>.</em></strong> Es un mandato legal manifiesto. Su contravención significa para un servidor, un notable abandono de deberes.</p>
<p>Y me refiero, en el caso que me afecta, a lo ocurrido con la Fiscalía de Curacaví, pues debo dejar constancia que carabineros, desde el mismo momento de la comisión del delito, nos apoyaron profesionalmente, cumpliendo, como es habitual en esta fuerza pública, con el mandato de la ley y con lo que espera la ciudadanía.</p>
<p>Creo categóricamente que en este caso, no se ha cumplido con los fundamentos y principios que legitimaron la ley N° 19696, cuando establece en el Mensaje del Presidente de la República, entre otros fundamentos:</p>
<p>“…Los cambios políticos, a su turno, exigen una<strong><em> justicia accesible, imparcial, igualitaria y que maximice las garantías</em></strong>. La necesidad de prevenir la corrupción, supone, a la vez, una activa participación de los ciudadanos en el control del poder”.</p>
<p>“ …La extrema dilación y la estructura de los procedimientos (antes de la presente ley) distancian a la infracción del castigo, privando a este último de sus <strong><em>funciones simbólicas y protectoras…</em></strong>”</p>
<p>Como contrapunto a esta situación que me afecta que no vacilo en calificar de manifiesta denegación de justicia, me encuentro con una crónica del Mercurio, fechada el 16 de noviembre del año en curso, donde se enumeran los diez oponentes para fiscal regional metropolitano, a saber las señoras Falcón, Ríos, Neira y los señores Arias, Pérez, Bufadel, Barros, Bravo, Cáceres y Concha.</p>
<p>La mayoría de estos abogados, aparecen como persecutores de casos relevantes como SQM, homicidio del Sr. Yuraseck, Universidad del Mar, abogados del CDE, Defensoría Regional, Crimen Organizado y otros cargados de gran publicidad o de un nivel manifiestamente político.</p>
<p>¿Qué duda cabe? Son todos casos importantes y su figuración en los medios permite a los persecutores, salir, por ejemplo de un simple robo a un hijo de vecino, o de un homicidio de menor cuantía a un ciudadano corriente.</p>
<p>En este escenario y a pesar de no ser santo de mi devoción, entiendo y solidarizo naturalmente con la actitud elusiva más que evasiva que al parecer, mantiene el tradicional candidato, Marco Henríquez Ominami, en viajes permanentes, urbi et orbi, en orden a sustraerse por el momento, a las indagaciones del actual cuerpo de fiscales dirigidas por el Sr. Chahuan, quien, en sus postrimerías, se ha destacado por un vigoroso protagonismo en la investigación de ilícitos sublimes, <strong>resaltados majaderamente  por la prensa nacional, los que por cierto no se caracterizan por su bajo perfil o el anonimato de sus supuestos infractores </strong>y probablemente, no terminarán con pena aflictiva o cárcel efectiva, habido el concurso del regimiento de juristas que se emplean en estos casos top.</p>
<p>Creo que a estas alturas del partido, o como sostienen los glosadores de los giros imperiales, <em>at the end of the day, </em>no hay duda que la gestión persecutoria encabezada por el Sr. Chahuan ha invertido gran parte del esfuerzo de su Fiscalía, en investigar a los famosillos, dejando unas cuantas migajas de jurisdicción para los ciudadanos de a pie, que <strong>ni siquiera hemos sido víctimas de elegantes portonazos, sino de delitos comunes, de naturaleza rasca, pues no generan alarma pública, ni tampoco aparecen en los sueltos de crónica de los pasquines más amarillos.</strong></p>
<p>Somos un puerquillo que no da manteca.</p>
<p>El Sr. Henríquez Ominami, en cambio es puro filete, un verdadero “bocatto di cardinale”.Ojalá sea notificado de una vez, como lo requiere una sociedad democrática madura.</p>
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		<title>Suprema vergüenza</title>
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		<pubDate>Fri, 20 Nov 2015 10:10:33 +0000</pubDate>
		<dc:creator>manola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Justicia]]></category>
		<category><![CDATA[Eduardo Contreras]]></category>

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		<description><![CDATA[Hablo de un fallo judicial reciente y de asuntos jurídicos como el recurso de amparo y el principio de  jurisdicción universal. En cuanto al primero, durante los años de la dictadura derechista instaurada en septiembre de 1973 los familiares de &#8230;<span class="br01"></br></span><a href="http://blogs.cooperativa.cl/opinion/justicia/20151120071033/suprema-verguenza/">Sigue leyendo <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Hablo de un fallo judicial reciente y de asuntos jurídicos como el recurso de amparo y el principio de  jurisdicción universal.</p>
<p>En cuanto al primero, durante los años de la dictadura derechista instaurada en septiembre de 1973 los familiares de las víctimas y aquellos abogados que en esos duros años defendieron los derechos humanos a riesgo de sus vidas, presentaron cientos y cientos de recursos de amparo en favor de las víctimas <strong>sin que  ninguno de ellos fuera aceptado por los tribunales. </strong></p>
<p>Todo lo cual era aceptado normalmente por la Corte Suprema  de la época. Por lo demás recordemos que este propio tribunal superior había emitido una declaraciónen contra del gobierno constitucional del Presidente Allende, la que, al igual que la declaración de la Cámara de Diputados de agosto del 73, formaban parte del plan sedicioso impulsado por la CIA  norteamericana con el entusiasta apoyo de las transnacionales, de un sector del empresariado nacional y de los partidos políticos opositores de la Unidad Popular, los que lograron finalmente arrastrar a las FFAA a ese delito de alta traición.</p>
<p>Insignes colegas como <strong>Andrés Aylwin, Eugenio Velasco, Jaime Castillo Velasco, José Galeano, Fernando Ostornol</strong>, entre tantos y tantas, se la jugaron por entero para tratar de salvar la vida y lograr la libertad de tantas y tantos compatriotas ; ellos mismos debieron sufrir duras represalias. Pero igual fueron denegados los recursos de amparo constituyéndose así el poder judicial en cómplice y encubridor de los crímenes de lesa humanidad que estremecieron al mundo y por los cuales  la Organización de Naciones Unidas y otros entes internacionales condenaron a Chile todos los años que duró la tiranía.</p>
<p>Durante esos años no se acogieron los recursos de amparo. Si la Corte Suprema y los tribunales  hubieran acogido a trámite esos recursos, lo más probable es que miles de chilenas y chilenos estarían hoy con vida. <strong>Esta afirmación nuestra está respaldada por el expreso reconocimiento hecho por la misma Corte Suprema con ocasión del 40 aniversario del golpe  militar en 2013.</strong></p>
<p>De ese modo el Estado de Chile faltó a su deber de respeto a un recurso judicial fundamental en defensa de la vida, la libertad y la integridad física y psíquica de la persona humana.</p>
<p>Al mismo tiempo incumplió sus deberes de respeto a diversos instrumentos jurídicos del Derecho Internacional suscritos por nuestro país y  desde luego a su compromiso con los vigentes Convenios de Ginebra y la Declaración Universal de los Derechos Humanos.</p>
<p>Era la misma Corte Suprema que, en cambio, hacía respetar la autoamnistía con la que se habían blindado los peores criminales y violadores de los derechos humanos<strong>. Era la  misma Corte Suprema que permitía con impudicia que las denuncias por los crímenes perpetrados por los agentes de Pinochet fueran conocidos por los tribunales militares que absolvían de inmediato a los culpables sin siquiera investigar.</strong></p>
<p>Pasaron los años y la lucha permanente de los familiares de las víctimas y de un grupo de abogados de derechos humanos, logró por fin, en 1998, que se acogiera a trámite una amplia querella, encabezada por Gladys Marín, para que se investigara y juzgara el conjunto de delitos cometidos y que estaba dirigida personalmente contra Pinochet.</p>
<p>Entonces la historia parecía cambiar. El juez Juan Guzmán, designado por la Corte de Apelaciones de Santiago, puso en marcha el proceso judicial  y en pocos meses las querellas agregadas sumaban más de 300, básicamente por  casos de detenidos desaparecidos.</p>
<p>Y  llegó la detención de Pinochet en Londres por decreto de los tribunales españoles. Y entonces se abrió el debate acerca del otro principio jurídico en cuestión: el de la  jurisdicción universal, por sobre la territorialidad del proceso penal, o sea el derecho que tiene la humanidad – que es la ofendida <strong><em><span style="text-decoration: underline">cuando se trata precisamente de delitos de lesa humanidad </span></em></strong>– para que los tribunales de cualquier país de la tierra, con independencia del país en que se haya cometido el delito o de la nacionalidad del criminal  o de sus víctimas, puedan iniciar un juicio  penal  y condenar a los culpables.</p>
<p>Pero entonces saltaron aquellos sectores políticos partidarios del dictador y también a los que nunca le importaron realmente las violaciones a los derechos humanos  y se levantaron las banderas patrioteras de que el juicio sólo podía realizarse en Chile. La Corte Suprema en cómplice silencio.</p>
<p><strong>Es decir, no a los amparos a las víctimas y no a la jurisdicción universal.</strong></p>
<p>Y es en el marco de esos antecedentes concretos, de esa historia real, que la Corte Suprema de nuestro país nos sorprende ahora con un fallo en favor de la oposición derechista al gobierno constitucional de Venezuela por supuestas irregularidades en el juicio al responsable de la asonada que cobró la vida de decenas de personas <strong>incluída nuestra compatriota, la chilena Gisella Rivas. </strong>Todo lo que parece ahora no importar a algunos demócratas.<strong> </strong></p>
<p>O sea que no a los amparos ni a la jurisdicción universal cuando se trató de crímenes de lesa humanidad cometidos en Chile por una feroz dictadura reaccionaria.</p>
<p>Pero sí al amparo y a la jurisdicción  universal para defender a la oposición de derecha contra un gobierno constitucional en otro país distinto del nuestro.¡Vaya tamaño de contradicción. ¡El respeto a la vida no, el juzgamiento universal a crímenes de lesa humanidad, no. El apoyo a un determinado sector político extranjero sí!</p>
<p>Se entiende perfectamente el entusiasmo conque han celebrado aquí esta vergonzosa resolución los dirigentes de los partidos políticos que apoyaron a Pinochet.  No es fácil comprender el apoyo de otros sectores.</p>
<p>Debe recordarse además que el fallo de la Corte se opone a la pública determinación del gobierno chileno <strong>en orden a no intervenir en los asuntos políticos internos de otro Estado con el cual además hay relaciones diplomáticas  normales.</strong></p>
<p>No deja de sorprender que la sugestiva resolución de la Corte chilena tenga lugar en vísperas de un importante proceso electoral en Venezuela. No creo en las casualidades, menos cuando al mismo tiempo los sectores más reaccionarios de la región pretextan irregularidades en el proceso a realizarse en los próximos días.</p>
<p>Proceso electoral, dicho sea de paso, que será observado por representantes de diversas organizaciones internacionales y representantes de otros Estados, entre ellos UNASUR, el ALBA, etc. Pero los nostálgicos de Pinochet insisten en denunciar irregularidades</p>
<p><strong>Otra rareza, pues no ha sido  un venezolano,  ni un izquierdista, sino el ex presidente  norteamericano, Jimmy Carter, quien ha dicho que “<em>el sistema electoral venezolano es el mejor del mundo”… </em></strong></p>
<p>Como abogado de derechos humanos no podemos en consecuencia sino lamentar la decisión del pequeño grupo de jueces que, en nombre de la Corte Suprema, han  cometido tan criticable acto.</p>
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