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	<title>Opinión en Cooperativa&#187; Ciudades</title>
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		<title>Un convenio judicial</title>
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		<pubDate>Sun, 10 Jan 2016 10:44:27 +0000</pubDate>
		<dc:creator>manola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Ciudades]]></category>
		<category><![CDATA[Patricio Herman]]></category>

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		<description><![CDATA[Por el riguroso medio de investigación Ciper supimos que en el convenio judicial preventivo del 13 de junio de 2011 de la empresa Wiesner S.A. se le mandató al síndico de quiebras Chadwick que “efectuara los trámites administrativos necesarios para &#8230;<span class="br01"></br></span><a href="http://blogs.cooperativa.cl/opinion/ciudades/20160110074427/un-convenio-judicial/">Sigue leyendo <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Por el riguroso medio de investigación <em>Ciper</em> supimos que en el convenio judicial preventivo del 13 de junio de 2011 de la empresa Wiesner S.A. se le mandató al síndico de quiebras Chadwick que <strong><em>“efectuara los trámites administrativos necesarios para modificar el uso de suelo de los inmuebles que forman parte de la masa de activos a fin de mejorar su valoración comercial”</em> (sic).</strong></p>
<p>Estamos hablando del negocio inmobiliario del matrimonio Dávalos-Compagnon en tierras rurales de la comuna de Machalí, 6ª Región del Libertador Bernardo O”Higgins, operación comercial que dio sus frutos exclusivamente porque Andrónico Luksic, accionista controlador del Banco de Chile, así lo decidió.</p>
<p>Todos sabemos que este caso ha tenido una importante connotación pública y sus detalles  se están conociendo ahora solo porque la empresa Caval se negó a pagarle una comisión de $ 200 millones a un gestor de reuniones quien, para apremiar a dicha compañía, fue a la revista <em>Qué Pasa</em> la que publicó sobre la marcha un encendido reportaje. De ahí en adelante todos conocemos las consecuencias políticas.</p>
<p>Está claro que los terrenos urbanos tienen precios de mercado bastante más subidos que los terrenos rurales o agrícolas y por ello siempre los propietarios de los primeros desean que las autoridades competentes modifiquen sus usos de suelo porque así se produce automáticamente una plusvalía, tal como quedó establecido en el convenio judicial mencionado en el primer párrafo.</p>
<p>Quienes deciden estas materias son aquellos funcionarios que ejercen el poder político en las distintas regiones del país, en conjunto con los Secretarios Regionales Ministeriales (Seremis) de Vivienda y Urbanismo, aunque quienes actúan tras bambalinas son aquellos que ejercen el cargo de ministros de Vivienda y Urbanismo.</p>
<p>Administrativamente son los Intendentes de las 15 regiones y los Consejeros regionales los que aprueban este tipo de cambios en las reglas del juego y los solicitantes de las modificaciones en los Planes Reguladores Intercomunales son los privados que, con expresiones muy comedidas, les hacen notar a las autoridades de turno que, para mejorar la calidad de vida en las ciudades, es indispensable que su predios sean urbanos. Jamás de los jamases  dirán que sus peticiones obedecen a ganar más dinero.</p>
<p><strong>También las municipalidades apoyan esos cambios, siempre con un lenguaje vistosamente pulcro con argumentos muy graves y técnicos que generalmente son aceptados por los Gobiernos Regionales y así se han creado incalculables fortunas privadas a través del tiempo porque en Chile no existe una legislación que contemple la captura parcial a favor del Estado de las plusvalías que se generan con esas decisiones administrativas</strong>. En el caso de Caval no prosperó el cambio de uso de suelo.</p>
<p>En la <strong>región</strong> <strong>Metropolitana</strong>, desde que está vigente en 1994 el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS), instrumento normativo urbano que promovía el crecimiento habitacional a través de la densificación, contradiciéndolo<strong>, se han aprobado varias expansiones horizontales con sus respectivos cambios de usos de suelo por decenas de miles de hectáreas, sin que los beneficiados patrimonialmente hayan sido sometidos al escarnio público, ello porque todos esos cambios pasaron piola. </strong></p>
<p>El negocio de Caval era por simples 44 hectáreas y al hacer esta comparación no estamos justificando su práctica, solo estamos evidenciando que por no tener una legislación apropiada se cometen este tipo de ganancias mal habidas.</p>
<p>Sin ir más lejos, con la clausura del aeropuerto Los Cerrillos, para dar paso a la <em>Ciudad Parque Bicentenario</em>, <strong>se eliminará el cono de aproximación de unas 2.000 hectáreas</strong> cuyos propietarios tienen restricciones para construir edificaciones en altura. Este vasto territorio está normado en el artículo 8.4.1.3 del mencionado PRMS, el que fija una limitación en términos de intensidad de ocupación de suelo. En efecto, cita textual <em>“en esta zona se delimita el espacio aéreo necesario para las operaciones de las aeronaves”</em> y ahora <strong>debido al cambio normativo esta zona será apta para densificar</strong>.</p>
<p>Sobre la decisión de cerrar ese aeropuerto, aunque no tenga relación con las utilidades derivadas de los cambios de usos de suelo, es conveniente recordar que en el informe <em>&#8220;Operación Cerrillos: entre el relleno y el fragmento&#8221;, </em>del arquitecto, urbanista y académico Jonás Figueroa, publicado en el libro “Hacer Ciudad”, se alude al canal de ventilación del SO al NE de Santiago, pues: <em>&#8220;&#8230;la gigantesca cuña de suelo formada por las áreas de protección y el cono de aproximación de tráfico aéreo constituye el único corredor de vientos de baja altura que ventila la ciudad es necesario abundar que las pistas de hormigón del aeropuerto actúan como una gran placa radiante de los rayos solares que provoca por convección, el movimiento vertical del aire&#8221;. </em></p>
<p><strong>Aludimos a este hecho concreto, ya que se taponará para siempre ese corredor de vientos, lo cual es contradictorio con las políticas ambientales que intentan corregir la mala calidad del aire que tenemos en esta región. </strong></p>
<p>Volviendo al asunto del convenio judicial, en el cual se reconoció que había que hacer <em>lobby </em>ante los agentes públicos sectoriales para modificar el uso de suelo de las 44 hectáreas rurales en Machalí<strong>, el síndico de quiebras con su equipo de colaboradores contrataron a unos expertos de la UDI para que hicieran ese trabajo contra el pago de  cuantiosos honorarios, los cuales fueron pagados por adelantado.</strong></p>
<p>En los próximos días el fiscal a cargo de la investigación formalizará a unos cuantos hombres y mujeres que, aprovechando sus buenos contactos, hicieron un excelente negocio a pesar de que el ambicionado cambio en el Plan Regulador Intercomunal no se produjo.</p>
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		<title>Año Nuevo en el mar, cuando los municipios se unen</title>
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		<pubDate>Wed, 06 Jan 2016 10:12:04 +0000</pubDate>
		<dc:creator>manola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Ciudades]]></category>
		<category><![CDATA[Patricio Young]]></category>

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		<description><![CDATA[Hemos vivido una nueva fiesta pirotécnica en la bahía considerada como una de la más extensa e importantes del mundo, que comprende a tres comunas. Como transcurrido los años, todo parece normal y evidente, vale la pena señalar que este &#8230;<span class="br01"></br></span><a href="http://blogs.cooperativa.cl/opinion/ciudades/20160106071204/ano-nuevo-en-el-mar-cuando-los-municipios-se-unen/">Sigue leyendo <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Hemos vivido una nueva fiesta pirotécnica en la bahía considerada como una de la más extensa e importantes del mundo, que comprende a tres comunas. Como transcurrido los años, todo parece normal y evidente, vale la pena señalar que este evento tuvo personas visionarias que fueron capaces de llevarlo a cabo superando muchas barreras, dudas e incertidumbres, las que paso a narrar como un actor directo de las mismas al formar parte del equipo asesor del Dr. Kaplan, Alcalde de Viña del Mar de entonces.</p>
<p>Hasta el Año Nuevo del 2004 esta celebración se realizaba solo en Valparaíso y era para esta ciudad todo un ícono. Ese año, en la gestión de los Alcaldes Jorge Kaplan y Hernán Pinto, se iniciaron las conversaciones para extender este evento. La idea surgió desde el Gobierno comunal de Viña del Mar, para lo cual<strong> se debieron realizar  estudios y análisis que posibilitaran convencer a Alcalde y Concejo Municipal de Valparaíso que extenderlo, incorporando a Viña del Mar, no implicaría una pérdida para ésta ciudad, sino por el contrario, una ganancia para todos.</strong></p>
<p>Se hacía evidente que la fiesta pirotécnica, tal como estaba, necesitaba renovarse, dar un salto cualitativo ya que gran parte de las comunas del país estaban realizando sus propios fuegos artificiales e ir a Valparaíso se había transformado en toda una odisea por lo complejo que significaba entrar y salir de la ciudad para cientos de miles de personas y miles de vehículos.</p>
<p>Nos tocó preparar sólidos trabajos y mostrar al Alcalde Pinto y sus asesores lo valioso que significaba para la ciudad su extensión. Recuerdo como importante un encuentro el 19 de septiembre de ese 2004 en una cena en un restaurant de Viña del Mar. Es de comprender que no era nada  fácil convencerlo que no afectaría económicamente a Valparaíso y que la ciudad no perdería este importante icono.</p>
<p>Sin duda alguna hay que reconocer la visión de ambos gobiernos comunales para dar el paso que generara un mayor valor a este evento pirotécnico, y muy especialmente al de Valparaíso que estuvo dispuesto a compartirlo y dar el paso, a pesar de las naturales dudas e incertidumbres, ya que la decisión implicaba compartir su principal espectáculo de fin de año.</p>
<p>Hoy transcurrido 11 años podemos reconocer que todos los estudios que nos correspondió realizar y las argumentaciones dadas a la comuna de Valparaíso fueron válidas y los resultados están a la vista. Hoy son ya tres comunas las que se benefician con el espectáculo y Valparaíso logró no solo mantener su ícono sino fortalecerlo y proyectarlo al mundo.Creo que esta experiencia puede ser útil para otros municipios que pudiesen emprender también desafíos comunes.</p>
<p>Valga también el homenaje entonces a los Alcaldes Kaplan y Pinto por su gran visión de futuro.</p>
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		<title>La Ley Lorca se publicó para dar realce a Viña del Mar</title>
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		<pubDate>Sat, 26 Dec 2015 19:09:45 +0000</pubDate>
		<dc:creator>manola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Ciudades]]></category>
		<category><![CDATA[Patricio Herman]]></category>

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		<description><![CDATA[La ley Nº 13.364 publicada el 1º de septiembre de 1959 en el Diario Oficial, conocida como Ley Lorca, en honor de su impulsor Gustavo Lorca, alcalde de esa ciudad balneario y posteriormente diputado, tenía como propósito autorizar a la &#8230;<span class="br01"></br></span><a href="http://blogs.cooperativa.cl/opinion/ciudades/20151226160945/la-ley-lorca-se-publico-para-dar-realce-a-vina-del-mar/">Sigue leyendo <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La ley Nº 13.364 publicada el 1º de septiembre de 1959 en el Diario Oficial, conocida como Ley Lorca, en honor de su impulsor Gustavo Lorca, alcalde de esa ciudad balneario y posteriormente diputado, tenía como propósito autorizar a la Municipalidad de Viña del Mar para que contratara préstamos para construir diversas obras de adelanto local como también declarar de utilidad pública y expropiar una serie de inmuebles localizados en su litoral, fijando un impuesto adicional de plusvalía para aquellas edificaciones que se beneficiaban con esas obras municipales. Quien presidía la nación en aquella época era Jorge Alessandri Rodríguez.</p>
<p>También y con el mismo fin de obtener mayores recursos monetarios para mejorar la calidad de vida de los viñamarinos, <strong>la ley aumentó en un 25% el precio de las entradas a las salas de juego del casino, teniéndose en cuenta que un alto porcentaje de esos jugadores, algunos claramente ludópatas, son personas que viajan allí de Santiago y de otras ciudades del país. </strong></p>
<p>El artículo 3º de esa ley señala que con el producto de los préstamos se debían invertir en distintas acciones, siendo las principales en el ámbito urbano pagar las expropiaciones y habilitar la playa que se extiende desde la calle 8 norte, donde había una piscina municipal, hasta el balneario de Las Salinas, con la obligación de materializar en su borde costero parques y jardines de calidad para potenciar la vocación turística de Viña del Mar.</p>
<p>La ley estableció que no se podía expropiar el antiguo edificio del Sanatorio Marítimo, contiguo a la prolongación de la playa, localizado en la avenida San Martín 1355, al llegar a la calle 15 norte, por la importante labor de bien público que allí desarrollaba la Orden Hospitalaria San Juan de Dios, lo cual era de toda lógica.</p>
<p>El artículo 13º de esta ley<strong> estableció que los permisos de edificación correspondiente</strong>s a predios situados al poniente de la avenida España, Caleta Abarca, avenidas Marina, Perú, San Martín, Jorge Montt, y camino a Concón, hoy municipalidad, <strong>debían ser concedidos con el acuerdo de los 2/3 de sus regidores, hoy concejales.   </strong></p>
<p>En fechas indeterminadas en el litoral viñamarino se han construido unos cuantos edificios habitacionales en altura (sic) y en los últimos años se han cursado permisos de edificación para un par de hoteles, uno en Viña del Mar, en donde estaba el demolido Sanatorio Marítimo y el otro entre los roqueríos del borde costero en Concón, <strong>ello con las expeditas aprobaciones de los concejales de esas comunas y a pesar de que en esos dos predios privados no existen normas urbanísticas que amparen los enormes volúmenes de esas edificaciones. </strong></p>
<p>Tiempo después, en el año 1965, gobierno de Eduardo Frei Montalva, se crea el ministerio de Vivienda y Urbanismo, y el 13 de abril de 1976 se publica en el Diario Oficial el Decreto Supremo Nº 458 que aprueba la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), vigente hasta hoy en día. Su artículo 169º derogó las disposiciones de otras leyes o cuerpos legales que fueren contrarias a la misma y por ello fue necesario consultarle a la Contraloría General de la República y a la División de Desarrollo Urbano del Minvu si se mantienen vigentes las materias de tipo urbanístico contenidas en la Ley Lorca que pugnan con esa LGUC.</p>
<p>En nuestra opinión, dado los mayores alcances que tiene la ley general, esas disposiciones puntuales de la ley Lorca para un reducido sector determinado del territorio nacional ya han sido tácitamente suprimidas.</p>
<p>Sobre este asunto el Minvu nos contestó el reciente 9 de diciembre que se atendrá a lo que resuelva el órgano fiscalizador y en tal sentido debemos tener presente que la LGUC, su Ordenanza y el artículo 24º de la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, dice <strong>que sólo los Directores de Obras pueden cursar permisos de edificación.</strong></p>
<p><em>Ergo</em>, desde hace mucho tiempo los concejales no pueden inmiscuirse en los asuntos privativos que resuelven aquellos funcionarios municipales.</p>
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		<title>Recapacitó el gobierno</title>
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		<pubDate>Tue, 08 Dec 2015 09:41:26 +0000</pubDate>
		<dc:creator>manola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Ciudades]]></category>
		<category><![CDATA[Patricio Herman]]></category>

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		<description><![CDATA[El 23 de noviembre pasado, en este medio digital, publicamos la columna “Un funcionario público quiso ayudar a un privado”, en donde denunciamos el intento elaborado por el Seremi de Vivienda y Urbanismo para posibilitar que la empresa Cencosud, con &#8230;<span class="br01"></br></span><a href="http://blogs.cooperativa.cl/opinion/ciudades/20151208064126/recapacito-el-gobierno/">Sigue leyendo <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El 23 de noviembre pasado, en este medio digital, publicamos la columna <strong>“</strong><em>Un funcionario público quiso ayudar a un privado”</em><strong>,</strong> en donde denunciamos el intento elaborado por el Seremi de Vivienda y Urbanismo para posibilitar que la empresa Cencosud, con una inversión de US$ 500 millones, construyera un gigantesco <em>mall</em> en la comuna de Vitacura con un permiso de edificación del año 2000, el que se encontraba caducado por imperio de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), situación que la Fundación Defendamos la Ciudad se vio en la obligación de poner en conocimiento de la Contraloría General de la República, solicitándole la instrucción de un sumario administrativo en contra de ese Seremi.</p>
<p>Esa tentativa del funcionario público del Minvu, reflejada en su Resolución Exenta Nº 2945 del 13/11/15, fue anecdótica porque la Contraloría, con bastante anterioridad, acogiendo la denuncia del colectivo ciudadano, ya había resuelto que ese permiso de edificación había caducado automáticamente y por lo tanto, como era su deber legal, la Directora de Obras Municipales de Vitacura había procedido a declarar la caducidad del mismo. Entre otras cosas, ese proyecto de <em>mall</em> contemplaba una torre de oficinas de 55 pisos de altura.</p>
<p>Ahora bien, recordemos que las comunas de Vitacura y de Lo Barnechea se escindieron en el año 1992 de la extensa comuna de Las Condes y sus primeros alcaldes, abogado Adolfo Ballas y arquitecto Eduardo Cuevas, respectivamente, ambos fallecidos, fueron nominados por el presidente Patricio Aylwin. En materias de construcción, mientras no existieron los correspondientes Planes Reguladores Comunales (PRC) las tramitaciones de los permisos de edificación se regían para sus distintos sectores por las normas urbanísticas vigentes en el PRC de Las Condes.</p>
<p>La municipalidad de Vitacura se tomó un largo período de tiempo para establecer su PRC, el que fue aprobado por su Concejo Municipal con Resolución Nº 59/99 del 7 de diciembre de 1999, instrumento normativo publicado el 30 de diciembre de 1999 en el Diario Oficial.  En este PRC, como en todos, se fijaron las reglas del juego en materias de normas de edificación, usos de suelo y tipos de vialidades.</p>
<p>A través del tiempo ese instrumento ha sufrido varias modificaciones y podemos decir que en esa comuna, salvo algunos hechos aislados que la opinión pública conoce, las cosas se han manejado medianamente bien. <strong>El privado titular del aludido permiso del año 2000, quince años atrás, se había acogido a las normas urbanísticas de Las Condes porque eran bastante más permisivas que las de Vitacura.</strong></p>
<p>Pero, ¡oh grata sorpresa!, recientemente, el 25 de noviembre de 2015, ese Seremi, vía Resolución Exenta Nº 3052, se dirige a Cencosud y a la DOM de Vitacura, manifestando entre otras cosas lo siguiente : <em>“que, de lo transcrito, queda claro que el órgano Contralor ha estimado suficientes las actuaciones ya efectuadas por la DOM de Vitacura, respecto del Permiso de Edificación Nº 121/2000 para dar por constatada su caducidad”</em> y enseguida expresa <em>“que los informes jurídicos emitidos por la Contraloría General de la República son obligatorios y vinculantes para los servicios sometidos a su fiscalización”.</em> <strong>Como vemos, esa autoridad del gobierno central finalmente entró en razón sometiéndose a la ley. </strong></p>
<p>Por lo relatado se evidencia que Paulmann intentaba levantar su tremendo <em>mall</em> con normas urbanísticas nunca existentes en Vitacura, lo que no sucederá debido al rol ejercido por la Contraloría y, por lo tanto, <strong>se deberá conformar con levantar otra edificación bastante más pequeña y por lo tanto menos invasiva, olvidándose de su pretendida torre de 55 pisos, la que ahora podría tener un máximo de 12 pisos, conforme lo manda el PRC de Vitacura para ese sector.</strong></p>
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		<title>Un funcionario público quiso ayudar a un privado</title>
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		<pubDate>Mon, 23 Nov 2015 10:01:07 +0000</pubDate>
		<dc:creator>manola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Ciudades]]></category>
		<category><![CDATA[Patricio Herman]]></category>

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		<description><![CDATA[En la edición del martes 17 de noviembre pasado del diario Pulso se publicó una alegre nota periodística titulada “Vivienda acoge recurso de Cencosud y da luz verde a mall frente al Alto Las Condes”. Allí se decía que un &#8230;<span class="br01"></br></span><a href="http://blogs.cooperativa.cl/opinion/ciudades/20151123070107/un-funcionario-publico-quiso-ayudar/">Sigue leyendo <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En la edición del martes 17 de noviembre pasado del diario <em>Pulso </em>se publicó una alegre nota periodística titulada “Vivienda acoge recurso de Cencosud y da luz verde a <em>mall</em> frente al Alto Las Condes”. Allí se decía que un megaproyecto inmobiliario del empresario Horst Paulmann que contenía tiendas de lujo junto con torres de oficinas, incluido un rascacielos de 55 pisos, no tenía problemas en razón a que el Seremi de Vivienda le encontró la razón a Cencosud en su recurso de reposición en contra de la Directora de Obras de Vitacura, quien había caducado el permiso cursado el año 2000 para construir 271.599 m2 en un terreno de 22.500 m2 localizado en la Av. Kennedy 8.950.</p>
<p>En dicha crónica también se decía que el permiso tenía una duración de 3 años y que Cencosud había comprado en el año 2010 en US$ 56 millones ese terreno con el permiso a su dueño original, dejándose en claro que, conforme a la decisión del Seremi, la caducidad impartida por la Directora de Obras era equivocada, a pesar que la Contraloría ya había resuelto con anterioridad la caducidad del permiso con el cual se posibilitaba una inversión del orden de los US$ 500 millones correspondientes a la inmensa construcción antes indicada.</p>
<p>Suponemos que Paulmann quedó muy contento con la curiosa resolución de ese Seremi divulgada por uno de los medios de prensa especializados en finanzas, economía, inversión y negocios. Hasta ahora ningún otro medio de expresión se ha referido a esta noticia y como estamos ante un hecho muy significativo, sucintamente diremos lo que efectivamente pasó y cuál será el epílogo de la situación.</p>
<p>Pues bien, para evitarse las normas urbanísticas del Plan Regulador Comunal (PRC) de Vitacura, vigente desde el 30 de diciembre de 1999, un avispado particular propietario de ese terreno baldío, situado al norte de la Av. Kennedy, <strong>solicitó un anteproyecto en la Dirección de Obras de Vitacura, antes de la publicación en el Diario Oficial de ese PRC, adscribiéndose a las normas urbanísticas bastante permisivas contenidas en el PRC de Las Condes. Recordemos que la comuna de Vitacura en el año 1992 se escindió de la comuna de Las Condes.     </strong></p>
<p>Con el anteproyecto en la mano, el cual tiene una vigencia máxima de un año, ese propietario con fecha 23 de junio del 2000, estando ya vigentes las normas urbanísticas más restrictivas del PRC de Vitacura, solicitó en la respectiva Dirección de Obras un permiso de edificación, el cual fue aprobado el 12 de diciembre de ese año con el Nº 121/2000. Si nos fijamos en las fechas, concluimos que este acto administrativo terminal se obtuvo fuera del plazo perentorio establecido en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), irregularidad no detectada por nadie en aquella época.</p>
<p><strong>Como ya está dicho, diez años después, en el transcurso del 2010, Cencosud se transforma en dueño del terreno y del permiso, sin saber Paulmann que estaba haciendo un mal negocio porque tal permiso, con esas extraordinarias normas urbanísticas, ya estaba caducado</strong>.</p>
<p>Cabe la probabilidad que a este avezado empresario alguien de su confianza le aseguró que los permisos tienen duración indefinida, razón por la cual desembolsó una elevada suma de dinero para así aprovechar en beneficio propio las espectaculares normas contenidas en el mismo.</p>
<p>Este asunto fue examinado por la Contraloría General de la República, órgano fiscalizador que escuchando a los abogados de la empresa del <em>retail,</em> dictaminó lo que se sabía, es decir, estableció la caducidad automática del permiso conforme a lo estipulado en el artículo 1.4.17 de la OGUC, continuador del artículo 5.1.20 de la misma Ordenanza.</p>
<p>La competente Directora de Obras actuó en consecuencia, lo que molestó sobremanera al actor privado quien, en lugar de pedir una reconsideración a la Contraloría o lisa y llanamente presentar un recurso de protección en contra del organismo, eligió el camino más fácil para lograr su objetivo. Por ello reclamó ante el Seremi de Vivienda haciéndole notar su buena fe.</p>
<p>Pero es muy risible lo que acaba de suceder, ya que la errónea resolución del Seremi, dirigida el 13 de noviembre de 2015 a la Directora de Obras de Vitacura conminándola, con un lenguaje muy serio y rebuscado, para que revalide el permiso, es de la misma fecha que tiene el nuevo dictamen Nº 90257 de la Contraloría, cuyo destinatario es Raúl Torrealba, flamante alcalde de Vitacura, en <strong>donde se le reitera que la caducidad del permiso en cuestión había operado de pleno derecho, con lo cual seguramente sin proponérselo, le quitó el piso al Seremi de Vivienda</strong>.</p>
<p>Ahora Cencosud, tiene dos caminos a  seguir.</p>
<p>1.- Solicita un nuevo permiso de edificación con el cual, una vez cursado, podrá construir bastante menos m2, sin posibilidad alguna de edificar su torre de 55 pisos.</p>
<p>2.- Citará a sus abogados para analizar una eventual acción judicial en contra de la Contraloría, a sabiendas que son muy remotas sus posibilidades de éxito.</p>
<p>Con una Contraloría autónoma e independiente, como la actual, más una ciudadanía vigilante, se asegura el imperio del derecho en la Administración del Estado y en paralelo, le decimos al Seremi involucrado que, a raíz de este episodio, nunca más trate de pasarse de listo porque su función pública siempre debe garantizar la correcta operación del mercado inmobiliario.</p>
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		<title>Desorden urbanístico en Valdivia</title>
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		<pubDate>Mon, 09 Nov 2015 18:05:27 +0000</pubDate>
		<dc:creator>manola</dc:creator>
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		<category><![CDATA[Patricio Herman]]></category>

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		<description><![CDATA[La hermosa ciudad de Valdivia que forma parte de la Región de Los Ríos, enfrenta grandes desafíos para su centro histórico, atacado desde hace años por la especulación inmobiliaria que intenta impedir el desarrollo sustentable para beneficio propio, y además, &#8230;<span class="br01"></br></span><a href="http://blogs.cooperativa.cl/opinion/ciudades/20151109150527/desorden-urbanistico-en-valdivia/">Sigue leyendo <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La hermosa ciudad de Valdivia que forma parte de la Región de Los Ríos, enfrenta grandes desafíos para su centro histórico, atacado desde hace años por la especulación inmobiliaria que intenta impedir el desarrollo sustentable para beneficio propio, y además, por gravísimos incendios que afectaron añosas construcciones, galerías y tiendas de reconocido prestigio local.</p>
<p>El desafío es reconstruir y repotenciar el centro de la ciudad, eliminar los sitios eriazos, recuperar los edificios abandonados (como el de la ex-tienda Ripley) en la calle Picarte con Walter Schmidt y mejorar la vialidad existente, la que no resiste el crecimiento de las zonas pobladas en el sector de Isla Teja y camino a Niebla, donde los tacos vehiculares se han hecho insoportables.</p>
<p>Ahora bien, una muestra de lo anterior es lo que ha sucedido con el <em>mall</em>  Plaza de Los Ríos, localizado en pleno centro de esa ciudad, situado en la calle Arauco entre las vías Beauchef y W. Schmidt, ello en razón a que se ha venido desarrollando en los años poco a poco, con graves vulneraciones a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) y con la extraña obsecuencia, ¿cómplice pasivo? de la Dirección de Obras Municipales (DOM) de Valdivia.</p>
<p>Hace pocas semanas atrás, exactamente el 8 y el 9 de octubre, estuvimos en dicha ciudad con el arquitecto Mauricio Zulueta, profesional muy conocedor de los marcos regulatorios urbanísticos, y ambos pudimos comprobar irregularidades tan <strong>grandes como la construcción de conexiones subterráneas y a nivel de calle, en terrenos que le pertenecen al municipio con simples autorizaciones (sic) del ex alcalde Bernardo Berger, hoy día, flamante diputado por esa región. </strong></p>
<p>Como consecuencia de nuestras reuniones con la Seremi de Transporte y Telecomunicaciones y con el Seremi de Vivienda y Urbanismo constatamos que existe una construcción terminada y no ocupada de más de 6.000 m2 de una torre de oficinas, sin que el titular del <em>mall </em>haya declarado en la DOM dicha superficie ni el destino, burlándose con ello la determinación de la efectiva carga de ocupación del edificio, así como los requerimientos de estacionamientos asociados a tal destino. <strong>Derivado de lo anterior en la actualidad no existe recepción final y por lo tanto es difícil cerciorarse si el edificio cumple con la normativa fijada en la  OGUC.   </strong></p>
<p>Pero como si ello fuera poco, además, hoy se construye en dicho <em>mall</em> una ampliación de los espacios arrendables, cuyo permiso de edificación fue otorgado con infracción de la normativa, por cuanto, a pesar de saberlo muy bien la DOM, no consultó con la Seremi de Transportes si para tal ampliación era o no necesaria la revisión u obtención de un nuevo Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano (ESTU), teniendo presente además que las medidas de mitigación aprobadas en el EISTU original para dicho edificio, jamás han sido cumplidas con el consiguiente desagrado de las autoridades competentes de mayor rango.</p>
<p>Sin embargo, como el bienestar de los habitantes de la ciudad debe estar por sobre los intereses particulares, el pasado 21 de octubre, el Consejo Regional (CORE) de Los Ríos, aprobó fondos por 4.500 millones de pesos, para concretar el proyecto de conexión entre calles Anibal Pinto y Walter Schmidt, el que dará viabilidad a la construcción del Puente Los Pelúes, solución necesaria y anhelada por todos los valdivianos.</p>
<p><strong>Y como la ciudad está por sobre los particulares, esta nueva calle obligará a la eliminación de la conexión ilegal de superficie y subterránea entre el <em>Mall</em> Plaza de Los Ríos y el supermercado adyacente, además de imposibilitar el uso de los andenes de carga de la segunda tienda ancla de dicho centro comercial. </strong></p>
<p>Aparte de los desaguisados del <em>mall,</em> no se entiende como la municipalidad otorgó un permiso para la construcción de un edificio en altura sobre el pasaje Los Temos, en la Isla Teja, vulnerando la normativa de la OGUC que establece una altura máxima de 2 pisos más mansarda sobre los pasajes.</p>
<p>De haber prosperado la ilegalidad, no solo los vecinos que residen actualmente en dicho pasaje serían los perjudicados, sino que también los futuros ocupantes del edificio que se construiría, quienes pasarían a ser víctimas inocentes del actuar negligente de la DOM. <strong></strong></p>
<p><strong>Afortunadamente y debido a la denuncia formal de la comunidad organizada, el Seremi de Vivienda y Urbanismo supo reaccionar a tiempo y ya le ha dicho oficialmente al díscolo funcionario municipal que debe invalidar ese permiso. </strong></p>
<p>Esperamos que la DOM de Valdivia, quien ya fue requerido por la Seremi de Vivienda y Urbanismo, y a instancias nuestras, por la sede regional de la Contraloría General de la República, con cuya titular también nos entrevistamos, ejerza el rol que le corresponde y no dilate en declarar la ilegalidad de los permisos de edificación mal otorgados.</p>
<p>Los lectores de esta columna ya saben que estamos en contra de la tradicional política <em>chilensis</em> de los hechos consumados y en tal sentido esperamos que el actual alcalde Omar Sabat exija a sus funcionarios un alto estándar de probidad en el ejercicio de sus cargos para que así siempre se cumplan los marcos regulatorios, tal como él justificadamente le está reclamando al MOP sobre el inicuo error de ingeniería cometido por los “profesionales” privados y públicos que intervinieron en el proyecto del puente basculante CauCau.</p>
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		<title>El primer dictamen que firmará Rajevic como Contralor</title>
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		<pubDate>Mon, 12 Oct 2015 11:26:45 +0000</pubDate>
		<dc:creator>manola</dc:creator>
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		<category><![CDATA[Patricio Herman]]></category>

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		<description><![CDATA[Como consecuencia de los pasos que dio Burgos para que Enrique Rajevic pudiera ser nombrado Contralor General de la República, el próximo miércoles 14 de octubre el Senado votará con la certeza de que el lobby efectuado por el gobierno &#8230;<span class="br01"></br></span><a href="http://blogs.cooperativa.cl/opinion/ciudades/20151012082645/el-primer-dictamen-que-firmara-rajevic-como-contralor/">Sigue leyendo <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Como consecuencia de los pasos que dio Burgos para que Enrique Rajevic pudiera ser nombrado Contralor General de la República, el próximo miércoles 14 de octubre el Senado votará con la certeza de que el lobby efectuado por el gobierno tuvo éxito : 22 senadores de la Nueva Mayoría obedientemente aceptarán la propuesta de los ministros políticos para que el designado dirija la Contraloría por 8 largos años.</p>
<p>Pues bien, el gobierno de Piñera para facilitar ciertos negocios inmobiliarios que incumplían algunas disposiciones de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), con la habitual pillería que le conocimos, mediante el Decreto Supremo Nº 1 del ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu), modificó dicha OGUC, acto administrativo que entró en vigencia el 12 de diciembre de 2013.</p>
<p>Entre otras cosas, se utilizó un cambio de palabras en la OGUC, de tal forma que los proyectos de equipamientos que, dependiendo de sus cargas de ocupación, debían enfrentar las vías idóneas para asegurar la correcta operación de los flujos vehiculares, no tuvieran que ceñirse a esta razonada disposición. <strong>En el Decreto se eliminó la expresión “enfrentan” referida a los predios, por la más acomodaticia “se relacionan”, fijándose que los accesos vehiculares de los proyectos se podían ubicar a no más de 300 metros de las vías aptas (sic). </strong></p>
<p>Fue tan pueril ese cambio reglamentario, que la actual ministra Paulina Saball, con fecha 8 de abril de 2014 lo derogó. Como vemos, el ardid tuvo una efímera vigencia de casi 4 meses.</p>
<p>En este medio ya hemos aludido a un proyecto inmobiliario de un Fondo de Inversión construyéndose en la angosta calle Constitución del barrio Bellavista, comuna de Providencia, catalogado como equipamiento mediano que vulnera la OGUC porque no enfrenta una vía que soporte sus altos flujos vehiculares.</p>
<p>Este asunto fue dilucidado por el Seremi de Vivienda y Urbanismo en distintos informes dirigidos, tanto al Director de Obras Municipales (DOM) de Providencia como a su alcaldesa, pero ambas autoridades, a sabiendas que el permiso de edificación está viciado por el motivo reseñado, están renuentes a aplicar la ley, con lo cual la resolución del mencionado Seremi es letra muerta.</p>
<p>Como podría ser posible que el titular del negocio creía que su inversión inmobiliaria se podía acoger al impúdico Decreto Nº 1 de Piñera y como el caso está radicado en la Contraloría General de la República, la que todavía no emite su dictamen, en este opúsculo le explicamos a ese actor privado que ello no es posible por las siguientes consideraciones.</p>
<p>El DOM de Providencia, con fecha 13/12/12, le aprobó un anteproyecto a este Fondo de Inversión, acto administrativo preliminar que tiene una vigencia de un año, pues la edificación contempla más de 10.000 m2 a construirse. Enseguida, el titular ingresa con fecha 13/12/13 en la municipalidad una solicitud de permiso de edificación, sin que se hubieran inscrito en el Conservador de Bienes Raíces (CBR) las pertinentes fusiones prediales, adjuntándose un informe favorable del 12/12/13, firmado por la arquitecta revisora independiente, aprobándose con fecha 20/10/14 el permiso Nº 44/14, con el cual se iniciaron las faenas. <strong>Como vemos, desde que se solicitó el permiso de edificación hasta que se aprobó transcurrieren 11 largos meses.</strong></p>
<p>La OGUC es muy explícita al ordenar los plazos perentorios que tienen los DOM para tramitar, ya sea los anteproyectos como los permisos de edificación, de tal forma que la aprobación del permiso Nº 44/14 fue extemporánea y por lo tanto ilegal, ello por cuánto el funcionario municipal desobedeció el plazo fijo máximo de 60 días que tenía el titular para resolver las observaciones que se debieron haber formulado en la tramitación. Es más, si éstas no hubieran existido, el DOM tenía la obligación de aprobar el permiso con fecha 13 de enero de 2014.</p>
<p><strong>La OGUC dice que de no cumplirse el plazo de 60 días para resolver las observaciones, el DOM deberá rechazar la solicitud del permiso de edificación y a mayor abundamiento, la misma OGUC señala que el plazo en comento se aplica tanto para la revisión inicial y como para la revisión posterior en la cual se dio total cumplimiento a esas observaciones. </strong></p>
<p>De lo anterior se desprende que el Fondo de Inversión no podrá argüir que su proyecto estaba respaldado por el Decreto Nº 1 del Minvu, pues la solicitud del permiso ingresada al municipio con fecha 13 de diciembre de 2013 perdió su vigencia mucho antes que se cursara el permiso, <strong>motivo por el cual Rajevic, ya investido como flamante Contralor, deberá emitir en estos días un categórico dictamen cuyo propósito será indicarle al DOM de Providencia que debe invalidar el permiso viciado</strong>, tal como lo ordena el artículo 53º de la Ley Nº 19.880 del Procedimiento Administrativo.</p>
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		<title>La Contraloría exige que se cumpla la ley, lo que fastidia a algunos</title>
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		<pubDate>Mon, 28 Sep 2015 10:55:26 +0000</pubDate>
		<dc:creator>manola</dc:creator>
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		<category><![CDATA[Patricio Herman]]></category>

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		<description><![CDATA[Un grupo de individuos que formamos parte de la Fundación Defendamos la Ciudad nos entrevistamos el 22 de septiembre pasado con la Contralora General, Patricia Arriagada, en razón a que existen allí situaciones pendientes fundadamente denunciadas en el ámbito del &#8230;<span class="br01"></br></span><a href="http://blogs.cooperativa.cl/opinion/ciudades/20150928075526/la-contraloria-exige-que-se-cumpla-la-ley-lo-que-fastidia-a-algunos/">Sigue leyendo <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Un grupo de individuos que formamos parte de la Fundación Defendamos la Ciudad nos entrevistamos el 22 de septiembre pasado con la Contralora General, Patricia Arriagada, en razón a que existen allí situaciones pendientes fundadamente denunciadas en el ámbito del sector Vivienda y Urbanismo<strong>. Nuestra interlocutora escuchó con atención nuestros distintos puntos de vista sin comprometerse a nada, lo que en rigor correspondía.</strong></p>
<p>Le mencionamos nuestra propuesta formulada en sesión del 9 de septiembre pasado de la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales de la Cámara de Diputados, en orden a que era indispensable modificar ciertos cuerpos legales para terminar con la insana práctica de <strong>que los Directores de Obras Municipales ejerzan ese gravitante cargo en forma vitalicia, la cual fue acogida favorablemente por la mayoría de los diputados presentes. </strong></p>
<p>Le expresamos nuestra incredulidad por el desacato empleado hasta ahora por la Municipalidad de Providencia respecto de un permiso de edificación cursado ilegalmente a un Fondo de Inversión Inmobiliaria en el barrio Bellavista.</p>
<p>En efecto, el Seremi de Vivienda y Urbanismo majaderamente desde hace muchos meses le expresa al Director de Obras y últimamente a la Alcaldesa, que tal acto administrativo contraviene la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), pero el municipio por razones que desconocemos,  no ha querido paralizar las faenas, ni menos ejercer la invalidación respectiva.</p>
<p>Debido a que la Contraloría solo propone sanciones al alcalde cuando detecta comportamientos irregulares por parte de funcionarios municipales, le propusimos que promueva los necesarios cambios legales, de tal forma que sus dictámenes y sumarios, tengan la fuerza necesaria para contener la corrupción que todos conocemos y le expresamos <strong>que era indispensable hacerse parte con los abogados del Consejo de Defensa del estado (CDE) en los juicios que entablan en los tribunales los actores privados que han sido afectados por las acciones fiscalizadoras de la Contraloría.</strong></p>
<p>Estos avispados particulares, para facilitar los futuros fallos que los beneficiarán, <strong>interponen las acciones judiciales en contra de los municipios, marginándose a la Contraloría</strong>, con la seguridad de que las municipalidades en la tramitación de los antecedentes litigará con debilidad para favorecer al inmobiliario que obtuvo un permiso trucho.</p>
<p>Uno de cuyos casos articulado por el abogado Samuel Donoso en la Municipalidad de Santiago, después de una vergonzosa sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, lo hemos denunciado en diversos medios de prensa. El creativo Donoso fue quien se hizo pasar, en una reunión con las autoridades del SII por el caso SQM, como abogado del ministerio del Interior.</p>
<p>Todos sabemos que existe la colusión pública privada en el sector de la construcción y ejemplos hay demasiados. Recordamos aquél en que el Minvu, para favorecer los intereses de Los Legionarios de Cristo, desobedeció un dictamen de la Contraloría y acto seguido recurrió en los tribunales de justicia en contra de ella porque había señalado que en el cerro isla Del Medio, comuna de Lo Barnechea, de propiedad del empresario Eleodoro Matte, tipificado como área verde en los instrumentos normativos urbanos, no se podía construir la Universidad FinisTerrae. <strong>Este caso llegó a la Corte Suprema la que ratificó lo informado por la Contraloría y así se respetó la ley. </strong></p>
<p>Otro, con distinto resultado final, es lo que aconteció con el Estadio Santa Rosa de Las Condes, extenso predio área verde ribereño del río Mapocho, comuna de Las Condes, el que <strong>siendo bien nacional de uso público le fue donado en el año 1970 por el Estado de Chile, con restrictivas cláusulas modales, a la Universidad Católica para que sus alumnos hicieran deportes</strong>. En la década de los ochenta dicha universidad privada transfiere el terreno al Club Deportivo de la Universidad Católica el que funcionó por años como campo de deportes con el nombre mencionado anteriormente.</p>
<p>Pero en el año 2007, tal club con la ambición de ganar plata vendiendo el terreno con fines inmobiliarios, inicia las gestiones para posibilitar ese negocio a pesar que, como está dicho, era y sigue siendo área verde. Para ello convenció al Minvu que cambiara la OGUC a fin de viabilizar la operación, lo que el servicio público hizo, pero la Contraloría dictaminó que ese terreno no admitía actividades inmobiliarias, lo que fue desoído por ese ministerio y obviamente por el privado.</p>
<p><strong>Cuento corto, el caso se resolvió en la Corte Suprema, la que falló con resquicios a favor de la interpretación legal que aducía el interesado en obtener la plusvalía conseguida con el regalo que recibió el año 1970.        </strong></p>
<p>Nos hemos referido a todo lo anterior porque el diario <em>El Mercurio</em> del domingo 27 de septiembre, alude a un documento elaborado por Enrique Rajevic, posible futuro Contralor, titulado <strong><em>“Contraloría y función de control :una necesaria revisión”</em></strong> en el cual su autor dice <strong>que no considera necesario el trámite de toma de razón por parte de la Contraloría, justificando plenamente (?) que la Corte Suprema, en algunos casos, ha limitado las potestades de control del servicio que él podría dirigir si el Senado convalida su nombre. </strong></p>
<p>Está claro entonces que Rajevic no desea que la Contraloría ejerza en plenitud sus atribuciones fiscalizadoras del fondo de los actos administrativos del gobierno y de las municipalidades, tal como lo ordena su Ley Orgánica Constitucional.</p>
<p>Ante esa explícita postura le contestamos a Rajevic que estamos en profundo desacuerdo con sus ideas porque la ciudadanía desea mayor control para contener el despelote en el cual estamos inmersos y ello pasa por empoderar aún más a la Contraloría.</p>
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		<title>Un estadio ciudadano para la comuna San Miguel</title>
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		<pubDate>Sun, 06 Sep 2015 11:44:38 +0000</pubDate>
		<dc:creator>manola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Ciudades]]></category>
		<category><![CDATA[Patricio Herman]]></category>

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		<description><![CDATA[La comuna de San Miguel es una de las más antiguas comunas de las 52 que forman la región metropolitana de Santiago. Colinda con las de San Joaquín, Pedro Aguirre Cerda, La Cisterna y Santiago. Ha sido muy famosa por &#8230;<span class="br01"></br></span><a href="http://blogs.cooperativa.cl/opinion/ciudades/20150906084438/un-estadio-ciudadano-para-la-comuna-san-miguel/">Sigue leyendo <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La comuna de San Miguel es una de las más antiguas comunas de las 52 que forman la región metropolitana de Santiago. Colinda con las de San Joaquín, Pedro Aguirre Cerda, La Cisterna y Santiago. <strong>Ha sido muy famosa por la familia Palestro, sobre todo por el combativo diputado Mario Palestro, quien con su característico humor la llamaba la República de San Miguel</strong>. Uno de sus sobrinos, Julio, es el actual alcalde por varios períodos. Los vecinos más antiguos tienen excelentes recuerdos de Tito Palestro quien también ejerció por muchos años como alcalde.</p>
<p>Entre las calles Quinta Avenida por el norte, Sexta Avenida por el sur, Segunda Transversal por el oriente y Tercera Transversal por el poniente, a dos cuadras de la Gran Avenida José Miguel Carrera, existe desde el año 1938 una cancha de fútbol, a la que, a través del tiempo, se le sumaron una de baby fútbol, varios camarines, sede social, un salón de eventos y  algunas galerías para el público, ocupando una hectárea, al costado del excelente Colegio Territorio Antártico, administrado por la Corporación de Educación Municipal de San Miguel.</p>
<p>El aludido equipamiento deportivo se denomina <strong>Club de Deportes Juventud Atacama,</strong> tomando este nombre de la ex Población Chacra Atacama Baeza y Compañía, cuyos propietarios lotearon en 1927 un extenso territorio rústico que en aquella época pertenecía al Departamento de San Bernardo, comuna de La Cisterna, según se lee en la escritura pública del 15 de enero de ese año firmada en la Notaría de Luis Lisboa.</p>
<p>Entre los socios fundadores del club figuran los residentes César Flores, Francisco Cruzat, Gustavo Tudela, Juan Leyton, Enrique Figueroa, Humberto Díaz, Francisco Díaz, Carlos Díaz, Avelino Díaz, José Palacios, Carlos Bahüirle, Juan Miranda, Carlos Venegas, Ramón Morán, Carlos Corbalán, Luis Domínguez y Leonidas Barrera, todos fallecidos, <strong>y cuyos descendientes viven hasta hoy en día en las inmediaciones del club comprometidos con las actividades de bien público que realizan sus actuales y activos directivos, quienes entre otras inversiones, construyeron un cierre perimetral y lo han forestando con exquisito gusto</strong>. El terreno, según el Ministerio de Bienes Nacionales, es un bien nacional de uso público y en el Plan Regulador Comunal está definido como área verde, lo cual significa que el Servicio de Impuestos Internos (SII) no le cobra contribuciones de bienes raíces.</p>
<p>El Club de  Deportes Juventud Atacama es una organización comunitaria funcional, a través de la Ley 19.418, hoy 20.500, y está reconocida por la propia municipalidad y por el ministerio del Deporte, siendo su objetivo primordial la entrega de condiciones óptimas para aprovechar el tiempo libre a través del deporte y la recreación, dirigido a los niños, jóvenes, adultos mayores y la comunidad en general, como medio para elevar el nivel participativo en las personas : así se conocen, se relacionan y por ende se sienten parte de la gran familia sanmiguelina.</p>
<p><strong>Durante la época de la dictadura militar existió la posibilidad cierta de que el club fuera utilizado como un reducto de Cema Chile de “propiedad” de doña Lucía y para tal efecto ese gobierno hizo lo necesario para que ello fuera una realidad. Obviamente, a pesar de las circunstancias extremas en que se actuaba en aquel entonces, esa acción fue resistida por el club y por la comunidad organizada, de tal forma que la esposa del dictador no pudo llevar a cabo su proyecto de despojo a los vecinos. </strong></p>
<p>Para evitar una repetición de tal intento, el 20 de Noviembre de 2014 esa institución deportiva ciudadana <strong>presentó ante la Seremi de Bienes Nacionales, una solicitud de concesión del terreno, con la correspondiente cláusula modal, ello con el propósito de administrar de mejor forma sus actividades, las que se han estado realizando ininterrumpidamente desde hace 74 años</strong>. La función pública del gobierno central envió los antecedentes al director de obras municipales para que éste se pronunciara al respecto.</p>
<p>Los directivos del club se han relacionado fluidamente, desde hace unos 10 meses, con los todos los concejales y con el propio alcalde Julio Palestro para tratar el tema de la futura concesión y en tal sentido estamos seguros de que prosperará tan loable idea que busca afianzar la limpia historia del club. Es interesante destacar que en las habituales actividades que allí se desarrollan no se toca el tema político contingente, a pesar de las legítimas diversidades de opiniones, asunto que, suponemos, ha sido constatado por las autoridades municipales.</p>
<p>Dado que esa comuna en el último tiempo ha tenido un fuerte crecimiento inmobiliario, 100% edificios habitacionales en altura, cero construcción de viviendas unifamiliares, lo que se traduce en mayor cantidad de residentes, <strong>al club le interesa que estos nuevos vecinos salgan de sus encerrados y pequeños departamentos, relacionándose directamente con las sanas actividades deportivas y recreacionales. Así se producirá en forma natural la interacción entre la tercera edad, la infancia y los jóvenes</strong>.</p>
<p>Finalmente, conforme a información recabada, en el año 1967 la Cámara de Diputados autorizó a la Municipalidad de San Miguel el traspaso de ese predio al fisco para facilitar las funciones del club, lo que, por diferentes razones, nunca se materializó.</p>
<p><strong>En cambio, hoy en día el escenario es propicio y como la última palabra la tendrá Víctor Osorio, ministro de Bienes Nacionales, miembro del Partido Izquierda Ciudadana, le hacemos un llamado para que la tramitación administrativa de la concesión sea lo más pronto posible</strong>.</p>
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		<title>Ahora las comunidades son escuchadas por el Estado</title>
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		<pubDate>Tue, 25 Aug 2015 11:53:00 +0000</pubDate>
		<dc:creator>manola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Ciudades]]></category>
		<category><![CDATA[Patricio Herman]]></category>

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		<description><![CDATA[El 20 de octubre de 2014 la Dirección de Obras de la Municipalidad (DOM) de Providencia aprobó a la Inmobiliaria Parque Tres S.A., filial del Fondo de Inversión Inmobiliaria Cimenta, fiscalizada ésta por la Superintendencia de Valores y Seguros, el &#8230;<span class="br01"></br></span><a href="http://blogs.cooperativa.cl/opinion/ciudades/20150825085300/ahora-las-comunidades-son-escuchadas-por-el-estado/">Sigue leyendo <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El 20 de octubre de 2014 la Dirección de Obras de la Municipalidad (DOM) de Providencia aprobó a la Inmobiliaria Parque Tres S.A., filial del Fondo de Inversión Inmobiliaria Cimenta, fiscalizada ésta por la Superintendencia de Valores y Seguros, el permiso de edificación Nº 44/14 para que se construyera en el predio de la vía local Constitución Nº 241, barrio Bellavista, un equipamiento de 20 locales comerciales, restaurantes y 149 estacionamientos (sic) cuyo propósito era arrendarlos, cifra aquella que por ser menor a 150 no hace necesario el Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano (EISTU).</p>
<p>Posteriormente, mientras ya se iniciaba la construcción, se modificó el proyecto y por arte de magia se aumentaron los estacionamientos a 317 unidades, guarismo que sí exigía un EISTU, el que fue oportunamente aprobado por el Seremi de Transportes. En razón a que el proyecto ya era más voluminoso, se le consideró equipamiento mediano, conforme lo dispone la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), motivo por el cual debía enfrentar obligatoriamente una vialidad de mayor jerarquía que la local Constitución. Pero como era de mal gusto que un funcionario del Estado contradijera a tan influyente actor inmobiliario, la oficina técnica municipal miró para el lado y cursó sin más trámites los permisos.</p>
<p>Los arquitectos del proyecto son de nacionalidad argentina y no sabemos si cuentan con las autorizaciones de rigor para firmar planos y documentos en nuestro país. Al ser extranjeros no tenían por qué conocer al dedillo los marcos regulatorios nacionales y esta podría ser la razón por la cual ellos creían que el lucrativo proyecto del Fondo de Inversión Cimenta se podía emplazar en una vía no idónea. En todo caso, quien sí tenía la obligación de hacer bien su pega fue la arquitecta revisora independiente, la que temerariamente convalidó toda la tramitación administrativa al interior de la DOM de Providencia.</p>
<p>Los vecinos del barrio Bellavista, afectados por las ilegalidades, liderados por la periodista Josefina Vial y por las arquitectas Bárbara Córdoba y María Inés Arribas, conjuntamente con la Fundación Defendamos la Ciudad, a sabiendas que todo el proceso era <em>trucho</em> se lo representaron por escrito al arquitecto titular de la DOM, sin que éste atinara a rectificar.</p>
<p>La experiencia nos indica que el arquitecto que lidera esa oficina técnica municipal se considera autónomo, posiblemente porque lleva infinidad de años ejerciendo el cargo “interpretando” la ley según su parecer. Así las cosas y como la edificación irregular no se paralizaba fue necesario entregar los antecedentes ante la Contraloría General de la República y ante el Seremi de Vivienda y Urbanismo para que éstos servicios públicos exigieran el cumplimiento de la ley.</p>
<p>En ORD. Nº 3641 del 6 de agosto de 2015 dicho Seremi se dirigió al Director de Obras con copia al Seremi de Transportes, a la Inmobiliaria Parque Tres S.A. filial del Fondo de Inversión Cimenta, a los despistados y cándidos arquitectos del proyecto, a la Fundación Defendamos la Ciudad, a los vecinos denunciantes y a la arquitecta revisora independiente, quien no supo ejercer su delicado rol. <strong>En ese oficio se describe una seguidilla de “errores” cometidos por los interesados y funcionarios públicos, concluyéndose que el proyecto inmobiliario que contemplaba una carga de ocupación para 1.944 personas se deberá reducir sustancialmente a uno que considere solo un máximo de 250 personas.</strong></p>
<p>Entre otras cosas, teniéndose en cuenta que los “revisores independientes”, según la legislación <em>ad hoc</em>, son profesionales competentes que verifican e informan a los Directores de Obras que en los proyectos en donde han sido contratados se han cumplido todas las disposiciones legales y reglamentarias, lo que no ocurrió en este caso, a la revisora que intervino en este episodio se le iniciará un procedimiento sancionatorio a la luz de la Ley Nº 20.071 sobre Registro Nacional de Revisores Independientes. Es posible que esta profesional no siga desempeñándose como tal pues también cometió el desaguisado de informar favorablemente un proyecto de equipamiento, conocido como mall en Copiapó, el que, por alta su carga de ocupación, tampoco enfrentaba el tipo de vía exigido en la OGUC.</p>
<p>Asimismo en el mencionado ORD. Nº 3641 se dejó en evidencia que los “equivocados” Certificados de Informaciones Previas necesarios para iniciar el negocio no se ajustaron a derecho, motivo por el cual los mismos no generan derechos adquiridos para el titular de la inversión.</p>
<p>Sobre este asunto, el Seremi le expresó al Director de Obras que “debía rectificarlos manteniendo la fecha de su emisión de manera que tales documentos informen correctamente la clasificación de la calle Constitución, vale decir, como vía local”. No compartimos esta resolución del Seremi porque si esos Certificados de Informaciones Previas se cursaron con “errores” fue para posibilitar la simulación que viabilizaba la operación de construir un equipamiento singular en una vía que no lo acepta. Quien firma esta columna sostiene que estamos ante documentos públicos con información falsa y ya sabemos lo que ello significa.</p>
<p><strong>Es más, el Seremi de Transporte aprobó el Estudio de Impacto Sobre el Transporte Urbano (EISTU) para tal proyecto con unos de esos Certificados “inexactos” y por ello él tendrá que explicar cuál es la razón que sustenta su negativa a invalidar dicho Estudio, atendida cuenta que tiene desde hace tiempo pleno conocimiento del deplorable hecho.</strong></p>
<p>Por otro lado, el Seremi de Vivienda y Urbanismo le expresó al Director de Obras que, como consecuencia de las tantas contravenciones detectadas, tal como lo dice el artículo 15º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), se vio en la necesidad de solicitarle a la Contraloría la instrucción de un sumario administrativo, cuyo resultado, decimos nosotros, se conocerá en unos cuantos años más, cuando las ilegalidades ya estén prescritas.</p>
<p>En resumen, el Seremi de Vivienda y Urbanismo acogió las responsables acusaciones ciudadanas ejerciendo adecuadamente su tarea de supervigilar y fiscalizar a la Dirección de Obras de Providencia, lo que significa la reducción del volumen del edificio y por ello constatamos con satisfacción que están produciendo efectos los llamados de la presidenta Bachelet en tal sentido, lo cual es un positivo avance que destacamos.</p>
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		<title>¡Alerta Contraloría!</title>
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		<pubDate>Sun, 26 Jul 2015 11:55:48 +0000</pubDate>
		<dc:creator>manola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Ciudades]]></category>
		<category><![CDATA[Patricio Herman]]></category>

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			<content:encoded><![CDATA[<p>La opinión pública informada que sigue y entiende los avatares de las malas prácticas en el ámbito de Vivienda y Urbanismo ya conoce los recientes y categóricos dictámenes de la Contraloría General de la República, mediante los cuales se evidenció la caducidad de dos antiguos permisos de edificación cursados a 1.- una inmobiliaria de propiedad, en partes iguales, de Cencosud, Parque Arauco y Ripley, para que construyera un voluminoso <em>mall e</em>n la comuna de Viña del Mar y 2.- otra inmobiliaria de Cencosud para que construyera también un <em>mall</em>, aunque bastante más invasivo, sobre la Av. Kennedy, comuna de Vitacura.</p>
<p><strong>En ambos casos los mencionados inversionistas inmobiliarios utilizaron la habitual práctica de comprar a terceros los sitios eriazos con los permisos incluidos, con la seguridad de que nadie se iba a percatar de que tales actos administrativos estaban caducados por el imperio de la ley.</strong></p>
<p>En efecto, tal como lo hemos dicho en ocasiones anteriores este tipo de permisos pierden su validez a los 3 años de concedidos si no se hubiesen iniciado las faenas descritas en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC). Este lucrativo negocio empleado por muchos actores del sector privado es recurrente porque, si no se detecta, como en el caso en comento, se mantienen vigentes las normas urbanísticas excesivamente permisivas contenidas en esos permisos cursados hace 15 años, los cuales fueron comprados por sus actuales poseedores hace pocos años atrás.</p>
<p>En estos dos casos, los actuales titulares intentaban aprovechar las disposiciones urbanísticas contenidas en los Planes Reguladores Comunales (PRC) de aquella época, pero les fallaron sus cálculos pues, a raíz de sendas denuncias presentadas en la Contraloría por la Fundación Defendamos la Ciudad, el ente fiscalizador obligó a las Direcciones de Obras de esos dos municipios que declararan las caducidades de los permisos pues se había incumplido la norma de la OGUC, <strong>con lo cual ahora estos dos negocios se deberán enmarcar en las reglas del juego vigentes en los respectivos PRC, las cuales, como se entenderá, son bastante más restrictivas.</strong></p>
<p>Ahora bien,  a pesar de que tales actores privados le hicieron notar oportunamente a la Contraloría sus particulares puntos de vista para mantener sus preciados permisos y como no están dispuestos a ceñirse a la ley y a su ordenanza, ya han anunciado por la prensa de que recurrirán a los tribunales de justicia con la vana esperanza de que los jueces los acogerán.</p>
<p>Como estamos ante el riesgo latente de que los privados recurrirán en contra de las municipalidades y no en contra de la Contraloría, pues es más fácil enfrentar a las primeras que a los competentes abogados del Consejo de Defensa del Estado (CDE), organismo que asume esta responsabilidad por cuenta del ente fiscalizador para salvaguardar el apego a le ley, en pocas palabras relataremos un burlesco episodio reciente en el cual una constructora, coludida con una municipalidad, debido a un rudimentario fallo de la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, dejaron sin efecto el categórico dictamen Nº 46139 del 24/06/14 de la Contraloría, que impedía la edificación de una torre comercial en un sector protegido patrimonialmente, pues ambas instancias, vía argucias interpretativas, se las arreglaron para que los magistrados solo se abocaran a lo que ellas querían.</p>
<p>¿Qué había sucedido?</p>
<p>La Inmobiliaria Monjitas S.A. había solicitado a la Dirección de Obras de la Municipalidad (DOM) de Santiago un permiso de edificación para construir una torre de oficinas de 13 pisos, con 107 estacionamientos, sobre un terreno de 2.034 m2 de propiedad de la Compañía de Seguros de Vida BICE S.A., predio que enfrenta las calles Monjitas y Miraflores, manzana en donde se localiza, por la calle Miraflores, el Monumento Histórico Colegio de Enfermeras de Chile. El 31 de enero de 2013 la DOM le formuló a diversas objeciones a dicha solicitud.</p>
<p>La más importante de las observaciones al proyecto dice relación con la vigencia del artículo 27º del PRC de Santiago que limita la altura de los nuevos edificios a construirse en esa manzana a la que tiene el mencionado monumento histórico. <strong>Esta edificación patrimonial tiene una altura de 8,81 metros, que equivalen a unos 3 pisos, y para que la inmobiliaria supiera a qué atenerse con respecto a su futura inversión, la DOM le dio a conocer el dictamen Nº 63.433 del 13/11/09 de la Contraloría, en el cual, contestando una consulta de la Cámara Chilena de la Construcción, se dejó establecida la validez de la restricción aludida.</strong></p>
<p>Pero, curiosidades aparte, la misma DOM, con fecha 05/06/13, aprueba a esa inmobiliaria el permiso Nº 15.346 “olvidándose” de la prohibición contemplada en su PRC y así se inician las faenas del edificio, ante lo cual los vecinos afectados denunciaron la ilegalidad en la Contraloría, la que fue prontamente acogida pues era inverosímil la práctica municipal. En su dictamen Nº 46139 dirigido a la alcaldesa se le anunció que se iba a instruir un procedimiento disciplinario en contra de los funcionarios que intervinieron en la tramitación del permiso trucho.</p>
<p><strong>Para evitarse el imperio del dictamen, se ideó la ingeniosa fórmula de paralizar las obras del proyecto lo que posibilitó judicializar la situación y con este motivo el sagaz abogado Samuel Donoso, defensor de Contesse de SQM en su intento ante el TC y quien apareció en el SII como abogado del Ministerio del Interior, interpuso un recurso de protección en contra de la municipalidad (?).</strong></p>
<p>En la tramitación de la causa se aludió tangencialmente al dictamen de la Contraloría, porque el municipio hacía valer una disposición de la OGUC para justificar la validez del permiso, la que en todo caso ya había sido desestimada por el ente fiscalizador. El tribunal, para salvar las apariencias, reconoció en el fallo del 15/09/14, rol 45.153-2014, que la municipalidad había solicitado una reconsideración a la Contraloría, pero sin indicar su resultado negativo y gracias a este ardid la sentencia favoreció a la inmobiliaria.</p>
<p><strong>Como era obvio, este buscado fallo no fue apelado por la municipalidad y por ello el edificio de la contenta inmobiliaria está en terminaciones.</strong> En una reunión que sostuviéramos con el contralor Ramiro Mendoza, días antes de que dejara su alta función, por otras situaciones pendientes, aprovechamos de expresarle cómo en el caso relatado se había burlado su dictamen, pero ya era demasiado tarde.</p>
<p>Por ello y para que no se repitan estas agudas “travesuras”, es fundamental que la Contraloría se ponga alerta, ya que en general los municipios del país no tienen los estándares de probidad y apego irrestricto a la ley que sí tiene el ente fiscalizador.</p>
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		<title>Bachelet tiene que estar feliz con la Contraloría</title>
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		<pubDate>Mon, 06 Jul 2015 12:52:00 +0000</pubDate>
		<dc:creator>manola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Ciudades]]></category>
		<category><![CDATA[Patricio Herman]]></category>

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		<description><![CDATA[Todo sabemos que la primera mandataria está sumamente fastidiada con la retahíla de prácticas deshonestas en las que han caído innumerables políticos de todos los partidos y otros tantos actores empresariales. Afortunadamente el Ministerio Público, con fiscales comprometidos con la &#8230;<span class="br01"></br></span><a href="http://blogs.cooperativa.cl/opinion/ciudades/20150706085200/bachelet-tiene-que-estar-feliz-con-la-contraloria/">Sigue leyendo <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Todo sabemos que la primera mandataria está sumamente fastidiada con la retahíla de prácticas deshonestas en las que han caído innumerables políticos de todos los partidos y otros tantos actores empresariales. Afortunadamente el Ministerio Público, con fiscales comprometidos con la verdad para escudriñar los delitos de cuello y corbata, está haciendo “bien la pega”, lo que debe tranquilizar a la ciudadanía.</p>
<p>Pero pensando en lo que viene el Consejo Asesor Presidencial liderado por Eduardo Engel ha elaborado un interesante documento que intenta hacer más difícil los malos manejos dentro del sistema de la economía de libre mercado existente. La colusión en el año 2004 dejó de ser delito, pero el Congreso Nacional se pondrá a la altura legislando para que esa repugnante asociación mercantil sea penada.</p>
<p>Ahora bien, en este medio y en otros digitales, nos hemos referido con acopio de antecedentes a la burlesca manera que algunos influyentes y, por lo tanto importantes actores del mercado inmobiliario, se las han arreglado para que los funcionarios del Estado -municipios y ministerio sectorial-  que tienen competencia en las materias de Vivienda y Urbanismo, no hayan ejercido sus atribuciones para declarar la caducidad de los permisos de edificación en los plazos perentorios  -3 años- contenidos en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC).</p>
<p>En Chile ha existido, cuando las normas de edificación de los Planes Reguladores Comunales (PRC) se han transformado en más restrictivas, la oportunista y lucrativa industria de comprar este tipo de permisos no vigentes para así aprovechar las permisivas normas ya derogadas por el imperio de la ley. Pero en el último tiempo, a raíz de denuncias formuladas por grupos ciudadanos informados ante la Contraloría General de la República, esa viciada forma de emprender negocios con “padrinos” en el aparato del Estado, se ha terminado porque la Contraloría ha dicho basta en tres millonarios casos determinados que sucintamente damos a conocer .</p>
<p>1.- Las sociedades anónimas Cencosud, Ripley y Parque Arauco, son dueñas en partes iguales  de la Inmobiliaria Mall Viña del Mar S.A., la que en el año 2012 le compró a la Sociedad Comercial de Tiendas Limitada un extenso terreno en la calle 14 Norte de Viña del Mar, incluyendo un permiso de edificación cursado a esta última en el año 2000, como vemos 15 años atrás, con normas urbanísticas sumamente excedidas. Las faenas se iniciaron a fines del 2013 y a esta fecha, según lo dicen algunos medios de prensa, la construcción ha alcanzado el 80% de lo proyectado.</p>
<p><strong>En diciembre de 2014 la Contraloría acogió la acusación de los vecinos del sector, en términos de que el proceso administrativo era ilegal debido a que ciertas ampliaciones de los plazos del permiso, decididos alegremente por funcionarios de la Seremi de Vivienda y Urbanismo de la V Región, eran incorrectos, razón por la cual quedó en evidencia que el Director de Obras de Viña del Mar debía declarar la caducidad del antiguo permiso, paralizando las faenas de la construcción. </strong></p>
<p>Pero la municipalidad y la inmobiliaria, unidos y renuentes a ceñirse a la ley, sibilinamente argumentaron que no podían entender el dictamen del ente fiscalizador y por ello le solicitaron uno nuevo. La Contraloría, con paciencia oriental, emitió el 22 de mayo de 2015 un contundente dictamen en el cual confirma en todos sus puntos el anterior.</p>
<p><strong>Ante esta reiteración, la alcaldesa Reginato se vio en la obligación de instruir a su subordinado Director de Obras para que declarara la caducidad del permiso y paralizara las faenas, lo que finalmente sucedió hace pocos días.  </strong></p>
<p>2.- A fines del año 1999 la Dirección de Obras de Las Condes cursó un anteproyecto a nombre de la empresa Interpetrol S.A. y enseguida, año 2000, la homónima  de Vitacura le cursa un permiso de edificación al mismo titular con las iguales y desorbitadas características del acto anterior. <strong>Se trataba de un megaproyecto, mall, sobre un terreno de un poco más de 2 hectáreas en la Avenida Kennedy Nº 8950 de esa selecta comuna, la misma cuyos residentes tienen tendencia a meter ruido con las cacerolas. Enseguida en el año 2005 se aprueba una modificación al proyecto, pero  ¡era qué no! manteniéndose las exageradas normas concebidas en la Municipalidad de Las Condes.</strong></p>
<p>Entre ambas fechas, se fijaron las razonables y más restrictivas normas en el PRC de Vitacura, las que naturalmente no afectaron al permisito de marras, ya que todo estaba calculado para mantenerlo vigente gracias a los “buenos oficios” de un sagaz arquitecto que se desempeñaba como gurú de los distintos ministros de Vivienda y Urbanismo. En febrero de 2010 Interpetrol S.A. le vende a Carlos Celle, dueño de esa empresa, el terreno con su venerado permiso y en abril del mismo año, es decir, 2 meses después, quien compra en un subido precio todo el paquete es Cencosud del conocido experto en <em>retail</em> Horst Paulmann, creyendo que tan magníficas normas se iban a mantener hasta que él iniciara las obras.</p>
<p><strong>Se hicieron las denuncias de rigor y la Contraloría, en el oficio Nº 51158 del 25 de junio de 2015, el que tiene fuerza obligatoria para los servicios públicos que ella fiscaliza, determinó que el permiso estaba caducado, agregando que la pretensión de Cencosud, en cuanto a que habría actuado de buena fe y que tendría supuestos derechos adquiridos, no eran válidos en sede administrativa. Sí estableció que Cencosud podía recurrir a otras instancias competentes, en este caso los tribunales de justicia. </strong></p>
<p>Si se llega a este escenario, recordemos que serán los abogados del Consejo de Defensa del Estado (CDE) quienes alegarán procurando el imperio del oficio de la Contraloría. En nuestra opinión, Cencosud no debería perder el tiempo y dinero interponiendo acciones judiciales porque los jueces fallarán en derecho, es decir, confirmando el dictamen de la Contraloría y por ello sostenemos que lo más sano para Paulmann es solicitar un nuevo permiso en Vitacura para construir lo que el PRC admite, luego un mall a escala más reducida</p>
<p>3.- En el mismo dictamen Nº 51158, la Contraloría no aceptó las rogativas de la Inmobiliaria El Ulmo S.A., de la Agrícola e Inmobiliaria Altoriente S.A. y de la Inmobiliaria Alto Portezuelo SpA, las que intentaban mantener vigente el permiso Nº 192 del año 1995, de 20 años atrás (?), para construir varios edificios en altura sobre la Av. Santa Teresita Nº 9.100, cerro isla Alvarado, el que alguna vez fue área verde.</p>
<p><strong>Posiblemente sus titulares creían que en pedir no hay engaño y lo más seguro es que los tres  actores inmobiliarios tenían la memoria frágil al desconocer el dictamen Nº 38.824 del año 2006 de la Contraloría , el que ya se había referido a ciertas ilegalidades de ese mismo permiso. </strong></p>
<p>Como vemos, la Contraloría está ejerciendo su rol de manera impecable, motivo por el cual, tal como está dicho en el título de esta columna, la presidenta Bachelet debe estar orgullosa de ese servicio público de excelencia.</p>
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